La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) inició el proceso de designación de miembros de mesa para las Elecciones Generales 2026 en Perú. Este 29 de enero, más de 820.000 ciudadanos fueron seleccionados a través de un sorteo nacional con el objetivo de asegurar la instalación y funcionamiento de todas las mesas de sufragio en el país.
La labor del miembro de mesa será esencial en una jornada que incluirá la vuelta al Senado y la Cámara de Diputados, lo que implicará una cédula de votación más extensa y compleja. Para conocer si has sido designado, la ONPE habilitó una plataforma digital oficial: https://consultaelectoral.onpe.gob.pe/
Solo es necesario ingresar el número de DNI para verificar si se figura como titular o suplente. Además, los listados también estarán disponibles en las 126 oficinas descentralizadas de la ONPE y en lugares públicos de alta concurrencia en cada distrito.
Recuerda que la selección de miembros de mesa se realizó mediante un sorteo informático entre ciudadanos de 18 a 65 años, priorizando a quienes cuentan con mayor grado de instrucción y no hayan desempeñado la función en la elección anterior. El sorteo elige a nueve personas por mesa: tres titulares y seis suplentes.
Quedaron excluidos candidatos, personeros, integrantes de las Fuerzas Armadas activas, funcionarios del sistema electoral y quienes tengan impedimentos legales.
Vale mencionar que ser miembro de mesa es una obligación legal e irrenunciable para quienes resulten designados. Tanto titulares como suplentes deben presentarse en sus centros de votación asignados desde las 6:00. La puntualidad es fundamental, pues la jornada electoral inicia a las 7:00 y culmina a las 17:00.
El rol del miembro de mesa implica instalar la mesa, conducir la votación, orientar a los electores y asegurar la validez y legitimidad del proceso. Si una mesa no se instala antes del mediodía, los electores asignados a ella no podrán votar, ya que la normativa no permite trasladar el sufragio a otra mesa.
¿Cuál es el pago y beneficios que me dan si soy miembro de mesa?
Quienes cumplan con la función de miembro de mesa durante toda la jornada tendrán derecho a una compensación económica de S/ 165 y a un día de descanso laboral no compensable, aplicable tanto en el sector público como privado. Este beneficio debe ser coordinado con el empleador y podrá hacerse efectivo dentro de los 90 días posteriores a la elección. El pago se entregará a los titulares, suplentes o ciudadanos designados de la fila, siempre que permanezcan desde la instalación de la mesa hasta la entrega de actas.
Además, la ONPE ofrece campañas de capacitación presenciales y virtuales a través de la plataforma ONPEeduca, donde los miembros pueden acceder a contenidos, evaluaciones y obtener un certificado digital. La capacitación es requisito para acceder al día libre.
¿Qué pasa si tengo un viaje programado o no podré ir a votar?
La ley contempla la posibilidad de excusarse o justificar la inasistencia solo por motivos debidamente acreditados, como enfermedad, viajes impostergables o custodia de familiares dependientes.
El trámite de excusa debe realizarse ante la ONPE antes del día de la elección y tiene un costo de S/ 15,80. Después de la jornada, solo es posible presentar una dispensa ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), cumpliendo los requisitos y plazos establecidos.
¿De cuánto es la multa si no cumplo con ser miembro de mesa?
El incumplimiento de las obligaciones acarrea sanciones severas. Si un miembro de mesa —ya sea presidente, secretario, vocal o suplente— no firma la hoja de asistencia, se retira antes de tiempo o no cumple su función, se le impondrá una multa de S/ 275 por cada proceso electoral, tanto en la primera como en una eventual segunda vuelta. Esta sanción también aplica para suplentes que no se presenten.
Por otro lado, la multa por no votar varía según la clasificación socioeconómica del distrito de residencia de cada elector, conforme a lo dispuesto por las autoridades electorales.
El no pago de las multas electorales genera restricciones administrativas y civiles. Aquellos ciudadanos se verán impedidos de realizar trámites notariales, inscribirse en programas sociales, obtener brevete, salir del país, realizar actos relacionados con su estado civil o ser nombrados como funcionarios públicos.