El Ejecutivo publicó el Decreto Supremo N° 330-2025-EF, que dispone un reajuste para las pensiones del Sistema Nacional de Pensiones (SNP) regulado por el Decreto Ley N° 19990.
Con esta norma, el monto máximo de pensión para los jubilados bajo este régimen pasará de S/893 a S/1.000 mensuales a partir de enero de 2026, pero solo beneficiará a quienes cumplan con los requisitos de tener al menos 20 años de aportes y derecho a pensión definitiva al 31 de diciembre de 2025.
Los jubilados del SNP accederán a una pensión máxima de S/1.000 desde enero de 2026
El reajuste no aplica para todas las modalidades de pensión ni para quienes tienen menos de 20 años de aportes. Las pensiones proporcionales —aquellas que se otorgan con menos de 20 años de contribuciones— ya recibieron un incremento de S/50 en enero de 2025, y no se verán alcanzadas por este nuevo ajuste.
Asimismo, la pensión mínima ya se incrementó a S/600 en enero pasado, por lo que el reajuste aprobado ahora solo busca elevar las pensiones de jubilación e invalidez que actualmente sean inferiores a S/1.000, siempre que cumplan con los requisitos, según detalló la Oficina de Normalización Previsional (ONP) a Infobae Perú.
MEF oficializa aumento en la pensión máxima para el SNP
El sistema de reparto del SNP, administrado por la Oficina de Normalización Previsional, financia las pensiones de los jubilados con las contribuciones de los trabajadores activos bajo un esquema de solidaridad colectiva.
Según el decreto, el reajuste será de hasta S/100 para los beneficiarios que, al 31 de diciembre de 2025, tengan derecho a pensión definitiva y al menos 20 años de aportes (en el caso de jubilación). Los pensionistas de invalidez también están incluidos si cumplen con el derecho a pensión definitiva en la misma fecha.
Vale precisar que, si el pensionista ya recibió un incremento parcial este año, solo se aplicará el diferencial necesario para alcanzar el total de S/100 de aumento.
Las pensiones proporcionales quedan excluidas del nuevo reajuste aprobado: habrá reintegro
Según el nuevo decreto, la Oficina de Normalización Previsional está facultada a redondear el monto de la pensión al entero inmediato superior si el cálculo incluye céntimos.
El ajuste se aplicará a partir del pago correspondiente a enero de 2026 y, de ser necesario, el reintegro se abonará en febrero. Ninguna pensión reajustada puede superar el nuevo tope de S/1.000 mensuales.
El financiamiento del reajuste se realizará con cargo al presupuesto institucional de la ONP, conforme a las Leyes Anuales de Presupuesto. La norma, refrendada por la ministra de Economía y Finanzas, Denisse Miralles, fue publicada este 30 de diciembre de 2025 en el Diario Oficial El Peruano.
La ONP financiará con su presupuesto el incremento de la pensión máxima para jubilados
La Ley N° 32123, de Modernización del Sistema Previsional Peruano, facultó al Ministerio de Economía y Finanzas a reajustar las pensiones de quienes perciben menos de S/1.000, conforme a las previsiones presupuestarias y las posibilidades de la economía nacional.
Este dispositivo, oficializado en septiembre de 2024, creó el Sistema Integral Previsional Peruano (SIPP) para unificar y modernizar los sistemas de pensiones (AFP y ONP) bajo un modelo universal y multipilar, buscando garantizar una pensión mínima y una cobertura más amplia, prohibiendo los retiros totales de fondos y permitiendo traslados entre regímenes, con implementación progresiva.