10 postulados básicos en la Administración de Justicia

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Uno de los reclamos más trascendentes de la sociedad que tuvo recepcion favorable por el Consejo de la Magistratura de la Nación fue el control histórico y actual de la gestión de los jueces. Por ello resulta de utilidad señalar cuales son los principios referidos al modo en que debe proveerse el servicio de justicia. A saber:

1) Celeridad: respeto a los plazos procesales, evitación de demoras innecesarias, seguimiento de pedidos ante otros tribunales y el establecimiento de algunas prioridades según el caso en cuanto a la tramitación, teniéndose en cuenta las causas con mayor urgencia, en función de, entre otros aspectos, si hay personas detenidas, la posible prescripción de la acción penal, el derecho de la/s victima/s, la trascendencia institucional del caso, sin desatender desde ya, el universo total de expedientes que tramitan en el juzgado/tribunal .

2) Economía procesal: evitar la realización de medidas, requerimientos o actuaciones no exigidas legalmente ni innecesarias para la resolución de los recursos que vienen a estudio del tribunal, (conforme las “Reglas prácticas” elaboradas por la Cámara Federal de Casación Penal, Acordada Nº 1/12 de la CFCP, del 28/2/2012)

3) Transparencia: publicidad de las audiencias y comunicación de las sentencias adoptadas por el tribunal. Utilización de un lenguaje claro y sencillo. Difusión a través de los canales establecidos (Centro de Información Judicial) y demás medios de comunicación. En este sentido, la recopilación y puesta en conocimiento publica de datos estadísticos en cuanto al funcionamiento del tribunal es un instrumento que sirve para medir la gestión cuantitativa del juzgado/tribunal.

4) Oralidad en todas las etapas del proceso.

5) Igualdad de trato:Tanto en lo que respecta a las partes, a los distintos abogados que actúan ante el tribunal como a las personas no abogados (imputados, víctimas y familiares) que acuden al juzgado/tribunal en busca de información o asistencia. Asimismo, garantizar la perspectiva de género y respecto de las personas con algún nivel de discapacidad, tanto en las designaciones como en la consideración y distribución interna de tareas del tribunal .

6) Humanidad en el trato y respeto al prójimo: Detrás de cada expediente subyace un conflicto penal con imputados y víctimas, las cuales deben ser atendidas teniendo presente su situación física, social y emocional, para garantizar un trato humano.

7) Presentación de declaraciones juradas patrimoniales: Los jueces, fiscales, defensores oficiales y funcionarios (desde secretario o Prosecretario Letrado en adelante) –efectivo, interino o contratado-, y sus cónyuges, deben presentar la declaración jurada patrimonial ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación en forma anual, durante el mes de mayo de cada año conforme la ley de ética pública.

8) Protocolo de tareas del juzgado/tribunal: se pretende establecer un método de trabajo uniforme para la realización de todas las tareas referidas a la tramitación de expedientes en la secretaría del tribunal, mediante la elaboración de organigramas y reglamentos escritos que distribuyan de modo eficiente y justo las cargas y responsabilidades laborales entre el personal, y fijen parámetros claros para la realización de las tareas.

Se procura también garantizar que haya alternativas para el cumplimiento de cada función, de modo tal que la ausencia momentánea o prolongada de uno o varios empleados no comprometan la efectiva realización de sus labores o la disponibilidad de información para el resto del personal o para otras dependencias.

Se refuerza la noción de que todas las tareas que se realizan responden al proceso judicial, en cuyo marco no hay tareas más importantes que otras. Cualquier error que se comete repercute en el proceso y tiene consecuencias procesales. Los expedientes no son simplemente fojas sino que son, por un lado, el reflejo de la tarea que se realiza en el juzgado/Tribunal y por otro el reflejo de un conflicto penal que impacta sobre las personas.

En tal contexto, se alienta la reevaluación permanente de la eficiencia y eficacia de los procesos reglados, a fin de impulsar mejoras en los mismos. Así, especialmente en los supuestos en los que se producen errores o inconvenientes, se busca identificar si se originan en un incumplimiento puntual de los reglamentos internos o si se dio una situación no regulada, para de ese modo analizar si corresponde la introducción de salvaguardas adicionales para evitar que se vuelvan a producir en el futuro.

9) Control de gestión: Como parte de este seguimiento, se establecen distintos sistemas de seguimiento, dirigidos a evaluar el funcionamiento del tribunal y detectar retrasos o deficiencias.

10) Capacitación y especialización: Asimismo resulta un complemento fundamental a los principios que se vienen referenciando la capacitación y especialización de magistrados, funcionarios y empleados para mejorar permanentemente la función (en temas tales como narcotrafico, violencia de género, trata de personas, inseguridad, delitos económicos y contra la administración pública, entre otros).

De esta forma se pretende lograr la jerarquizacion de la administración de justicia como un servicio público fundamental para la sociedad.

El autor es Juez de la Cámara Federal de Casacion Penal, Presidente Comisión Reforma Código Penal, Doctor en Derecho Penal, Profesor Universitario UBA, UTDT, Austral, autor de las obras “Fraude fiscal” y “Gestión Judicial Pública”