La Moncloa de Macri puede volvernos a la Constitución de 1853

Restituirles a las Provincias argentinas el poder político de decisión que tenían para elegir al Presidente de la Nación a través del Colegio Electoral sería no sólo un acto de justicia, sino también una herramienta de reequilibrio y de gobernabilidad

El próximo 17 de octubre, fecha de gran significación política en la historia del país, el presidente Mauricio Macri tendrá la posibilidad de encontrarse una vez más en Roma con el Santo Padre y llevarle una respuesta a sus constantes llamados a la unidad y a la reconciliación nacional, por la vía de poner bajo su consideración y "bendición" un gran acuerdo político para sacar a la Argentina de la crisis que la aqueja.

Nada haría más feliz a Jorge Bergoglio que el hecho de que un compatriota suyo, hoy al frente de la Presidencia del país, haya comprendido que diálogo no es sinónimo de debilidad sino de disposición para contener la diversidad por vía de una nueva metodología de organización de la política que les dé un carácter concurrente a los intereses de los dirigentes, de la gente, del Estado y de la Nación.

Una iniciativa así indicaría que estamos bajo el aura de un Gobierno que ha comprendido que, para homologar económicamente a la Argentina con el mundo y simultáneamente evitar un alto nivel de conflictividad social, es condición sine qua non la unidad de todos los argentinos.

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Por ello es fundamental, como destacó Joaquín Morales Solá en su nota "La versión macrista de la Moncloa", del 31 de agosto, que los funcionarios que están estudiando el acuerdo español comprendan finalmente que éste no fue una mera sucesión de acuerdos sectoriales aislados sino un gran acuerdo nacional en el que convergieron todos los dirigentes del arco político de entonces: desde Santiago Carrillo, líder del Partido Comunista Español, hasta el franquista Manuel Fraga Iribarne, pasando por el socialista Felipe González y el centrista Adolfo Suárez. Todos ellos comprendieron que no había futuro sin unidad.

El uso del plural –"pactos"- no debe confundir. Los acuerdos segmentados por sector fueron posibles sólo porque estuvieron precedidos por un amplio consenso de todo el espectro político.

Los Pactos de la Moncloa, firmados en octubre de 1977, consagraron de este modo la supremacía del conjunto respecto de los intereses de las partes. El punto de partida fue la coincidencia en el diagnóstico respecto de la grave situación en que se encontraba España y en la necesidad de que los costos desiguales de la superación de la crisis fuesen soportados equitativamente por los distintos grupos sociales participantes.

No se trató sólo de un pacto financiero, sino que los acuerdos incluyeron muchas más políticas de mediano y largo plazo que determinaron el futuro político y económico de España. Sin embargo, lo más importante fue el grado de confianza que un consenso como éste inspiró a los ciudadanos españoles y la estabilidad política que ello supuso.

Los partidos políticos y los sindicatos fueron capaces de dejar de lado sus diferencias para lograr que imperase el interés común frente al particular. Esto concedió una gran credibilidad a los dirigentes políticos y creó las condiciones adecuadas para debatir, en un marco de tranquilidad social y de consenso, la futura Constitución de España.

Algo que nosotros también debemos considerar respecto de nuestra propia Constitución Nacional. Si asumimos que una de las funciones esenciales del líder político es "constituir la unión nacional", asegurando los beneficios de la libertad y la paz interior para todos los habitantes de la Argentina, debemos recordar que una de las herramientas de la conducción es repartir poder, como forma de garantizar esa armonía entre las partes.

Restituirles a las Provincias argentinas el poder político de decisión que tenían para elegir al Presidente de la Nación a través del Colegio Electoral -como sabiamente lo establecía la Constitución de 1853- sería no sólo un acto de justicia, sino también una herramienta de reequilibrio y de gobernabilidad.

Pues no hay posibilidad de federalismo económico alguno sin federalismo político. Y éste estaba más garantizado en la Constitución del 53 que en la del 94, pues compensaba la fuerte asimetría demográfica existente entre nuestras provincias con una fórmula para la elección de los electores para Presidente y Vice que era igual al doble de los legisladores nacionales –diputados y senadores- que se elegían en cada una de ellas. Al tener cada provincia dos senadores nacionales –ahora tres- independientemente del tamaño de su población, este mecanismo inclinaba un poco la balanza hacia los distritos más chicos, compensando el enorme peso relativo de la provincia y la ciudad de Buenos Aires.

El resultado virtuoso era una Argentina más armónica políticamente. Esto obligaba, a la vez, a los candidatos a la presidencia a recorrer del primero al último confín del país para convencer y sumar voluntades.

Nadie puede gobernar cabalmente un país que no conoce.

Del mismo modo, en la Constitución de 1853, el período de ejercicio de la presidencia de la Nación era de seis años, sin posibilidad de reelección para el período inmediato posterior. Algo fundamental para poner fin a la idea monárquica del ejercicio del poder y garantizar que los hombres pasen y las políticas queden.

Esta es la gran reforma política que le debemos al país.

Dirigente Justicialista. Presidente de la Peña Juan Bautista Alberdi. Ex Subsecretario general de la Presidencia (1995-1999). Ex vicepresidente de la Internacional Demócrata de Centro (IDC)

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