Todas las personas con una relación laboral formal en México tienen derecho al aguinaldo: trabajadores de base, de confianza, eventuales, comisionistas y agentes de comercio, entre otros.
El monto mínimo es de 15 días de salario y debe pagarse antes del 20 de diciembre, según el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo (LFT).
Incluso quien no completó el año recibe la parte proporcional al tiempo trabajado, aunque ya no labore en la empresa.
El monto mínimo de aguinaldo debe ser de 15 días de salario, según la LFT
El artículo 87 indica: “Los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día veinte de diciembre, equivalente a quince días de salario, por lo menos.”
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El cálculo parte del salario diario ordinario —no del salario diario integrado del IMSS, que incluye otras prestaciones y responde a un propósito distinto.
Por ejemplo, para un trabajador con sueldo mensual de 15 mil pesos, el salario diario es de 500 pesos y el aguinaldo mínimo asciende a 7 mil 500 pesos.
Los contratos colectivos o políticas internas de cada empresa pueden elevar ese número; reducirlo está prohibido.
Para quienes tienen salario variable, como los comisionistas, agentes de seguros o vendedores la base de cálculo es el promedio diario de los ingresos del último año o del tiempo laborado, según la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) en su portal oficial.
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Los trabajadores del Estado deben recibir 40 días de pago en el aguinaldo
El artículo 42 Bis de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado fija un piso distinto al del sector privado: 40 días de salario mínimo.
El pago se divide en dos partes: 20 días antes del 15 de diciembre y los 20 días restantes a más tardar el 15 de enero de 2027, con base en las remuneraciones autorizadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Aguinaldo para pensionados del IMSS e ISSSTE: meses de cobro y montos
Para los jubilados bajo la Ley del Seguro Social de 1973, el aguinaldo equivale a 30 días de pensión y se deposita automáticamente junto con la mensualidad ordinaria.
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El calendario oficial del IMSS fija esa fecha en el lunes 2 de noviembre de 2026. Los extrabajadores del propio instituto reciben el equivalente a dos meses de pensión.
El ISSSTE entrega el beneficio en dos exhibiciones: la primera durante la primera quincena de noviembre de 2026 y la segunda en enero de 2027. El total equivale a 40 días de pensión.
En ambos institutos el depósito es automático y no requiere trámite.
Quién sí paga impuestos por su aguinaldo y quién no, esto dice la LFT
El artículo 93, fracción XIV de la Ley del Impuesto sobre la Renta exenta del Impuesto Sobre la Renta (ISR) las gratificaciones anuales hasta el equivalente a 30 días del salario mínimo general.
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Con la UMA (Unidad de Medida y Actualización, referencia oficial para calcular obligaciones fiscales y laborales) diaria de 2026 equivalente a 117.31 pesos, el límite de exención es de 3 mil 519 pesos con 30 centavos.
Un aguinaldo igual o menor a esa cifra no genera impuestos. Si la supera, el ISR se calcula únicamente sobre el excedente mediante la tarifa del artículo 96 de la misma ley.
Patrones que no paguen aguinaldo enfrentan multas de más de 500 mil pesos
El artículo 1002 de la LFT establece sanciones para quienes incumplan con el pago, lo entreguen incompleto o fuera del plazo.
Las sanciones van entre 50 y 5 mil veces el valor de la UMA diaria, lo que en 2026 equivale a multas de entre 5 mil 865 y 586 mil 550 pesos.
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Los trabajadores tienen un año a partir del 20 de diciembre para presentar su reclamación ante la Profedet, sin costo.