El reparto de utilidades es un derecho constitucional que obliga a los empleadores en México a entregar a sus trabajadores una parte de las ganancias obtenidas por la empresa cada año.
Este mecanismo está previsto en el artículo 123 de la Constitución y el artículo 120 de la Ley Federal del Trabajo.
Por medio del reparto de utilidades, se reconoce la aportación de cada trabajador al crecimiento de la empresa, además de ser una obligación legal para los empleadores.
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¿Cómo se calcula el monto que corresponde a cada empleado?
El monto que recibirás se determina a partir del 10% de las utilidades netas que reportó la empresa en el año fiscal anterior.
Esta cantidad se reparte en dos partes iguales: la primera se distribuye según los días trabajados en 2025; la segunda, de forma proporcional al salario cobrado durante el año.
Solo se consideran los salarios base, es decir, lo que se recibe por cuota diaria, sin contar horas extras, primas ni gratificaciones. Si el salario es variable, se utiliza el promedio anual.
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Para trabajadores de confianza, existe un tope: su participación no puede superar el salario base anual más alto de los empleados sindicalizados o de base, más un 20%.
Además, el SAT establece que la cantidad máxima que se puede recibir por utilidades es de tres meses de salario o el promedio de las utilidades recibidas en los últimos tres años, el que resulte más favorable.
La institución indica que el empleador debe entregar a los representantes de los trabajadores una copia de la declaración fiscal anual, donde se señala el monto que corresponde a la participación de utilidades.
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Esta información debe estar disponible para consulta dentro de los diez días siguientes a la presentación de la declaración.
¿Cuándo y cómo se pagan las utilidades?
De acuerdo con el SAT, el pago de utilidades debe realizarse en tiempo y forma, dentro de los 60 días naturales posteriores a la fecha de pago del impuesto anual: entre el 1 de abril y el 30 de mayo de 2026 en el caso de empresas, y del 1 de mayo al 29 de junio si se labora para una persona física.
Las empresas tienen hasta el 30 de mayo de 2026 para realizar el pago. Si trabajas para una persona física, el límite es el 29 de junio.
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El pago debe realizarse en moneda nacional, directamente al trabajador. No es válido compensar este monto contra otras deudas ni cederlo al patrón o terceros.
Qué hacer si no se reciben utilidades o no se está de acuerdo con el pago
Si no se recibe el pago o la cantidad es menor a la que corresponde o tienes dudas sobre el cálculo, puedes presentar una objeción ante el SAT.
El procedimiento inicia con la entrega de la declaración fiscal anual por parte del patrón al sindicato o mayoría de trabajadores, junto con los anexos necesarios.
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Se tienen 30 días hábiles para presentar el escrito de objeciones, contados a partir del fin del periodo para revisar las declaraciones fiscales entregadas por el patrón que debe contener las razones, los rubros objetados, domicilio para notificaciones y documentos que respalden la petición.
El SAT dispone de 30 días hábiles para admitir o descartar el escrito y puede requerir información adicional. Si la objeción determina un pago adicional, el patrón debe cubrirlo.
Para el caso individual, se cuenta con un plazo de un año para la reclamación, este proceso no lo lleva a cabo el SAT, se hace a través de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET).
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Obligaciones del empleador y protección de tu derecho
El empleador debe realizar el pago de utilidades, presentar la declaración anual y entregar copia a los representantes de los trabajadores.
También debe poner a disposición de la Comisión Mixta de utilidades la lista de asistencia y otros elementos para elaborar el proyecto de reparto, fijándolo en un lugar visible del centro de trabajo.
La PROFEDET y el SAT son las instancias pertinentes para vigilar el cumplimiento, dependiendo del caso particular.
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