
El pasado viernes, por la tarde, Doña Carlota “N”, así como sus dos hijos, Eduardo “N” y Mariana “N”, fueron llevados al Penal de Chalco, ubicado en los límites del municipio de Chalco, en el Estado de México (Edomex), y la alcaldía Tláhuac, en la Ciudad de México (CDMX), tras disparar contra miembros de una familia que presuntamente invadieron una propiedad que les pertenecía, y asesinar a dos de ellos.
Posteriormente, en punto de las 18:30, horas comenzó la audiencia inicial para Carlota “N” y sus hijos, quienes estuvieron presentesen el área de seguridad de la sala número 4 de los juzgados de control de juicios orales con sede en el penal de Chalco.
Ahí, una jueza dictó prisión preventiva justificada contra Carlota “N” y sus dos hijos, sin embargo, la mujer de la tercera edad, quien tiene 74 años, podrá llevar su proceso en libertad.
Al dar inicia a la audiencia, la juez calificó de legal su detención, pues aseguró que se realizó bajo el cumplimiento de una orden de aprehensión. De manera inmediata, el agente del Ministerio Público formuló la imputación en su contra, haciéndoles saber sobre la investigación que se realizaba en su contra.
Dijo que Mariana “N”, el día de los hechos, habría increpado a los supuestos invasores, diciéndoles que “si no se salieron por las buenas será por las malas, hijos de su puta madre”. Tras decir esto, volvió al vehículo en el que llegó y del que descendieron Carlota y Eduardo con un arma de fuego.

Señaló que Mariana fue quien ordenó a Carlota asesinar a las víctimas, diciéndoles: “mátalos mamá, párteles su madre”, y le ordenó también a Eduardo dispararle al menor de edad, motivo por el que los tres están siendo investigados por el delito de homicidio en contra de un joven de 19 años de edad y un adulto de 51 años de edad.
Eduardo y Mariana también son investigados, por el delito de homicidio calificado en grado de tentativa en contra de un menor de edad.
Al hacerles saber la investigación en su contra, se solicitó la vinculación a proceso, pero su abogado particular solicitó la duplicidad del término constitucional.
Carlota N podrá llevar su proceso en libertad
El agente del Ministerio Público solicitó como medida cautelar la prisión preventiva justificada al asegurar que en caso de llevar su proceso en libertad podrían estar en riesgo los testigos y familiares de las víctimas, además de correr el riesgo de sustraerse de la acción penal.
Sin embargo, la defensa particular solicitó la libertad condicional a través de firmas periódicas, exhibición de garantía económica y uso de brazalete, por lo que pidió el arraigo domiciliario de Carlota “N”, al comprobar que era mayor de 70 años de edad y que necesita insulina cada 4 horas, al ser diabética.

Solicitó la misma medida para Mariana “N”, al asegurar que padece episodios psicóticos, bipolaridad comprobada y ataques epilépticos, por lo que ofreció también llevar la prisión preventiva en un centro psiquiátrico.
Finalmente, la juez fijó la prisión preventiva con la excepción de Carlota, quien podrá llevar su proceso en libertad una vez que la defensa compruebe su lugar de arraigo.
En cuanto a Mariana, solicitó que sean peritos de la Fiscalía quienes determinen su estado psicológico para determinar si es inimputable o existe la posibilidad de que sea internada en un hospital psiquiátrico.
Antes de concluir, los hijos de Carlota “N” tomaron la palabra para únicamente pedir su medicamento.
La audiencia fue suspendida y será el próximo 9 de abril, a las 9 de la mañana cuando se reanude y se defina si serán vinculados a proceso o no.
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