En una decisión dictada por mayoría, la Cámara Federal de Casación Penal anuló el rechazo al pedido de prisión domiciliaria de Fabián Virgilio Rossi, ex apoderado de la financiera SGI, conocida como “La Rosadita”, y ordenó que el Tribunal Oral Federal N° 4 vuelva a resolver el planteo después de revisar de manera integral su estado de salud. Rossi cumple una condena de cuatro años y seis meses de prisión por lavado de activos agravado en la causa conocida como Ruta del Dinero K.
Su nombre quedó asociado a ese expediente por su intervención en la estructura financiera utilizada para canalizar fondos vinculados con Lázaro Báez. Como administrador de SGI, Rossi fue uno de los condenados por las maniobras de lavado investigadas en una causa que también alcanzó, entre otros, a Martín Báez, Jorge Chueco, Rodolfo Pérez Gadín y Leonardo Fariña. La condena quedó firme y, desde el 2 de junio de 2025, el exmarido de Iliana Calabró cumple la pena en el Complejo Penitenciario Federal II de Marcos Paz.
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A partir de su ingreso a prisión, la defensa promovió distintos planteos vinculados con su estado de salud. El más reciente buscó que la pena continuara bajo arresto domiciliario, con fundamento en una serie de patologías preexistentes y en otras dolencias que, según sostuvo, se agravaron durante el encierro. El juez de ejecución del TOF 4 rechazó inicialmente la solicitud y, el 8 de julio pasado, mantuvo esa decisión después de incorporar nuevos estudios e informes médicos.
La defensa llevó entonces el caso nuevamente a Casación. En su recurso enumeró, entre otras afecciones, diabetes tipo II, hipertensión, antecedentes de cáncer de piel, esofagitis erosiva, úlceras gástricas, diverticulosis, hernia hiatal, problemas traumatológicos, una lesión en el tendón de Aquiles, dificultades oftalmológicas y trastornos de ansiedad y depresión. También puso el foco en la pérdida de más de 20 kilos, las dificultades para mantener una dieta compatible con sus indicaciones médicas y los obstáculos para sostener la rehabilitación física dentro del penal.
Ese conjunto de elementos fue el centro de la revisión de la Sala IV, integrada por Javier Carbajo, Mariano Borinsky y Gustavo Hornos. El juez Carbajo, primero en emitir su voto, consideró que la resolución anterior había examinado por separado distintos aspectos del cuadro médico, pero no había realizado una valoración suficiente de todos ellos en conjunto.
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En ese punto indicó: “Faltó, entonces, un análisis conglobado de la situación manifestada insistentemente por la defensa de Rossi, habiéndose puesto de resalto elementos vinculados al aludido desmejoramiento de su cuadro de salud que no han sido correctamente valorados y armónicamente analizados en la resolución recurrida”.
La crítica no se limitó a la existencia de múltiples diagnósticos. El camarista también reparó en la forma en que esos problemas podían relacionarse entre sí: la baja de peso, la pérdida de masa muscular, las dificultades de marcha, la alimentación, los trastornos gastroenterológicos y la rehabilitación de la pierna operada. Uno de los informes incorporados describió una “marcha dificultosa y renguera unilateral” y recomendó una evaluación o internación extramuros para un abordaje multidisciplinario.
A partir de esa lectura, Carbajo entendió que la resolución del juez de ejecución no estaba suficientemente fundada. “La omisión de ponderar cuestiones dirimentes para la solución del caso, permite sostener que nos encontramos ante un déficit de motivación, lo cual descalifica el resolutorio impugnado como un acto jurisdiccional válido”, señaló.
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Borinsky coincidió en que la decisión debía ser revisada, aunque fue más lejos en su valoración. Para él, las condiciones clínicas ya justificaban conceder la prisión domiciliaria. En su voto consideró que Rossi requiere controles médicos especializados, dieta adecuada, medicación e infraestructura para continuar la rehabilitación y consideró que esos extremos no estaban suficientemente garantizados dentro del establecimiento penitenciario. De todos modos, adhirió a la propuesta de su colega Carbajo para formar mayoría.
Hornos, en cambio, votó por rechazar el recurso de casación. Entendió que los informes médicos permitían concluir que las dolencias podían ser tratadas en Marcos Paz y que, cuando fuera necesario, podían complementarse con atención extramuros. También remarcó que el tribunal de ejecución había dispuesto controles específicos en materia psicológica, gastroenterológica, oftalmológica y kinesiológica.
Con esa composición, la Sala IV resolvió hacer lugar al planteo de la defensa, anular la decisión que había rechazado la prisión domiciliaria y reenviar el expediente al TOF 4 para que dicte un nuevo pronunciamiento.
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