Tras denunciar amenazas, le dieron prisión domiciliaria a Claudio Uberti, uno de los arrepentidos del caso Cuadernos

La Cámara Federal de Casación Penal revocó el rechazo previo del tribunal que lo había condenado por el caso de la valija de Antonini Wilson. El exfuncionario del kirchnerismo alegó problemas de salud y temor por su seguridad y la de su familia

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Claudio Uberti (der.), extitular del Órgano de Control de Concesiones Viales (OCCOVI), en los tribunales de Comodoro Py (Foto: Maximiliano Luna)

La Cámara Federal de Casación Penal le concedió la prisión domiciliaria a Claudio Uberti, extitular del Órgano de Control de Concesiones Viales (OCCOVI) durante el kirchnerismo y uno de los arrepentidos de la causa Cuadernos. El exfuncionario había denunciado haber recibido amenazas a partir de su rol como imputado colaborador en el debate donde juzgan a la expresidenta de la Nación, Cristina Fernández, junto a otras 85 personas.

Sin responder preguntas, en su indagatoria Uberti declaró: “No soy traidor, pero tampoco me considero un valiente. No soy indemne y estoy sometido a una gran angustia. Me interesa decir que un arrepentido no es un traidor”.

También se había comprometido a ampliar su declaración ante el Tribunal Oral Federal N° 7 una vez que le autoricen la prisión domiciliaria.

A partir de las amenazas a él y su familia y, además, por problemas de salud, Uberti terminará de cumplir su condena a cuatro años de prisión por el intento de contrabando de 800.000 dólares en la valija que trajo al país el venezolano Guido Antonini Wilson, en 2007. Lo trasladarán desde el Hospital Penitenciario de Ezeiza tan pronto como le asignen una tobillera electrónica.

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La decisión de la Sala II del máximo tribunal penal federal, firmada este martes, revirtió la resolución de la jueza de ejecución Sabrina Namer, del Tribunal Oral en lo Penal Económico N° 1, que en mayo de este año había rechazado el pedido de arresto domiciliario.

La jueza federal Sabrina Namer está a cargo de la ejecución de la pena de Uberti (Foto: Adrián Escandar)

Contra esa primera negativa, los abogados de Uberti, Silvana Stochetti y Guillermo Oscar Armani, presentaron un recurso de casación donde argumentaron que el encierro agravó de forma progresiva el estado de su defendido, que tiene 68 años.

El extitular del OCCOVI padece múltiples afecciones crónicas, como hipertensión arterial, cardiopatía hipertensiva, temblor esencial y lumbociatalgia. Asimismo, revelaron que durante el tiempo de detención desarrolló un cuadro de hiperglucemia compatible con parámetros de diabetes, enfermedad que no presentaba antes de ingresar a prisión. La defensa también acompañó informes médicos y psicológicos que dieron cuenta de un severo deterioro psíquico caracterizado por angustia, pesadillas, insomnio y un estado de terror constante, según se desprende del fallo al que accedió Infobae.

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Según los peritajes del Cuerpo Médico Forense, el rol de arrepentido que adoptó Uberti le generó un cuadro de estrés e hipervigilancia extrema debido al temor por su seguridad personal.

Los abogados argumentaron que las medidas de resguardo especial aplicadas por el Servicio Penitenciario Federal se tradujeron en un aislamiento casi absoluto durante las 24 horas del día, sin acceso a luz natural, salidas al aire libre ni actividades educativas o recreativas, lo que terminó por perjudicar aún más su salud.

El fiscal general ante la Cámara de Casación, Mario Villar, dictaminó a favor de otorgar la prisión domiciliaria con tobillera electrónica.

Villar remarcó que el TOPE N° 1 rechazó el beneficio a pesar de que todavía estaban pendientes estudios cardiológicos indispensables para evaluar la gravedad real de la condición de salud del condenado.

Claudio Uberti

Los jueces de la Sala II, Guillermo J. Yacobucci, Angela E. Ledesma y Alejandro W. Slokar, entendieron que, al existir un consenso entre la defensa y la fiscalía, el tribunal debe respetar ese límite y no puede decidir en contra de lo dictaminado por el fiscal, siempre que la postura no sea arbitraria o ilegal.

El voto mayoritario -Yacobucci y Ledesma- dispuso que la medida se haga efectiva una vez que la jueza Namer verifique la correcta colocación de la tobillera provista por la Dirección de Asistencia a Personas Bajo Vigilancia Electrónica. Slokar, en cambio, propuso remitir las actuaciones a su origen para que el TOPE N° 1 se pronunciara nuevamente.

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