La Justicia rechazó un recurso de la defensa de Cristina Kirchner para ampliar el ingreso de personal doméstico

El Tribunal Oral Federal 2 ratificó las condiciones del régimen de prisión domiciliaria y dejó sin efecto un planteo presentado mientras el tema es analizado por la Cámara Federal de Casación Penal

Google icon
Cristina Fernández de Kirchner en el balcón de su domicilio de San José 1111, donde cumple prisión domiciliaria con tobillera electrónica en el marco de la causa Vialidad

Cristina Fernández de Kirchner cerró 2025 con un nuevo revés judicial por las visitas durante la ejecución de su condena a seis años de prisión en la causa Vialidad. El Tribunal Oral en lo Criminal Federal 2 rechazó un recurso de su defensa, vinculado a un pedido para que revise una decisión sobre la ampliación de permisos para el ingreso de personal doméstico.

Se trató de un recurso de “reposición” rechazado “in limine” en el cual se ratificó que las restricciones al régimen de visitas y al ingreso de personas al domicilio donde cumple prisión domiciliaria siguen vigentes mientras el tema es revisado por la Cámara Federal de Casación.

El planteo había sido formulado por los abogados Carlos Beraldi y Ary Llernovoy, quienes solicitaron que se reconsiderara una decisión y se ampliaran las autorizaciones de ingreso respecto de una persona para tareas domésticas. El Tribunal autorizó el tema pero desde el momento en que la ex presidenta reciba el alta médica tras ser internada por apendicitis y vuelva al domicilio de San José 1111, donde cumple prisión domiciliaria con tobillera electrónica. El juez de ejecución de la condena, Jorge Gorini, sostuvo que los argumentos de la defensa no lograron demostrar arbitrariedad ni rigor excesivo.

PUBLICIDAD

El tribunal recordó que ya había contemplado la necesidad de garantizar el aseo y mantenimiento de la vivienda, autorizando el reemplazo de otras dos personas por este nuevo ingreso. No obstante, aclaró que sólo podrá efectivizarse una vez que la ex presidenta sea externada del sanatorio Otamendi y regrese a su domicilio. Se descartó que exista una restricción irrazonable. “No se advierte arbitrariedad ni rigor excesivo alguno, sino una razonable ponderación de las circunstancias del caso y de los fines propios del régimen de ejecución de la pena bajo modalidad domiciliaria”, sostuvo el magistrado.

Todo en Casación

Este conflicto se enmarcó en uno más amplio por las visitas y al régimen impuesto a la ex presidenta en su prisión domiciliaria. Al respecto el Tribunal recordó que todo está ya apelado ante la Cámara Federal de Casación Penal pero sin efecto suspensivo, por lo que las restricciones continúan plenamente vigentes.

Cristina Kirchner y su abogado, Carlos Beraldi, en la audiencia virtual por la causa Cuadernos.

Ese régimen fija un máximo de tres personas por día, visitas que no pueden extenderse más de dos horas, autorizaciones solo en dos oportunidades semanales, salvo circunstancias excepcionalísimas, y la obligación de requerir autorización judicial previa para toda persona que no esté incluida en una nómina habilitada. A ello se suma la limitación para el uso de espacios comunes: la ex presidenta solo puede acceder a la terraza del edificio una vez por día, en horario diurno —entre las 6 y las 20— y por un lapso máximo de dos horas.

PUBLICIDAD

La discusión de fondo quedó ahora en manos de la Cámara Federal de Casación Penal, que deberá definir si esas reglas constituyen un control razonable de la ejecución de la pena o si implican, como sostiene la defensa, un agravamiento ilegítimo del castigo, contrario a los principios de legalidad y a los estándares de derechos humanos.

Un dato clave es que, si se habilita la feria judicial de enero, la definición podría quedar en manos de la Sala de Feria de la Cámara Federal de Casación Penal, que tendría competencia para intervenir de manera excepcional durante el receso.

En la revisión de las decisiones vinculadas a la causa Vialidad interviene de manera habitual la sala IV del máximo tribunal penal federal del país integrada por los jueces Mariano Borinsky, Diego Barroetaveña y Gustavo Hornos. Pero durante enero quedó a cargo la sala de feria con los camaristas Borinsky, Ángela Ledesma y Guillermo Yacobucci.

El 29 de diciembre el Tribunal Oral Federal 2 concedió el recurso de Casación contra la decisión de limitar las visitas y dejar fuera del listado irrestricto a otras personas, como su cuñada Alicia Kirchner y las hijas de esta última Romina y Natalia.

Más Noticias

Causa ANDIS: Spagnuolo se niega a que graben su voz para compararla con los audios que destaparon el caso de corrupción

Así lo ordenó el juez Ariel Lijo, a pedido del fiscal Franco Picardi, en el marco del peritaje que hará la Gendarmería para esclarecer el origen y la veracidad de las grabaciones

Desde 2008, la Oficina de Violencia Doméstica evaluó 107.417 denuncias de mujeres en la Ciudad de Buenos Aires

El organismo, que depende de la Corte Suprema, analiza la situación de riesgo y elabora informes que son remitidos a la autoridad judicial y, de ser necesario, al sistema de salud

Implantes torcidos, dolor y llanto: la condena de $23 millones a una odontóloga por mala praxis

Una paciente atravesó una intervención de cuatro horas y terminó perdiendo los implantes, además de necesitar injertos óseos. La Justicia tuvo por acreditada la negligencia profesional y la falta de registros médicos básicos. Por qué el tribunal consideró clave la ausencia de la historia clínica y cómo calculó la indemnización por el daño psicológico

Le robaron el celular, el seguro alegó falta de pago, pero la Justicia ordenó indemnizarlo con $15 millones

La aseguradora alegó que la cobertura estaba suspendida, pero no pudo probarlo ante la Justicia. El fallo no solo ordenó pagar el valor del teléfono, sino que también reconoció daño moral y aplicó una multa por el “ardid desplegado por la demandada”

Aprovechó un descuento en un aire acondicionado, pero anularon la compra por un “error en el precio”: la Justicia respaldó al cliente

Un tribunal civil falló contra las empresas que cancelaron la entrega del equipo alegando una falla en el sistema. La sentencia subraya que el comprador fue privado indebidamente del producto adquirido y castiga a las compañías con una multa civil por el “destrato” al consumidor