Agregar Infobae enGoogle

El Estado deberá indemnizar a un pasajero que cayó de un tren en movimiento

El hecho ocurrió en 2007 en la estación Constitución. La víctima denunció que había sido asaltado y luego arrojado de la formación en marcha. El tribunal consideró que el Estado fue responsable por no haber garantizado la seguridad

El incidente sucedió la noche del 26 de julio de 2007, en el andén 10 (Luciano González)

Un pasajero deberá recibir una indemnización del Estado nacional tras haber sido asaltado y arrojado de un tren en movimiento en la estación Constitución en 2007, de acuerdo con un fallo de la Cámara Nacional en lo Civil. La sentencia responsabilizó al Estado por no garantizar la protección de los usuarios del servicio ferroviario y determinó una reparación económica por daño físico, secuelas psicológicas y morales.

El incidente sucedió la noche del 26 de julio de 2007, en el andén 10 de Constitución. El pasajero, de 29 años, abordó una formación con destino a Berazategui, donde —según denunció— fue interceptado por desconocidos, quienes lo asaltaron y lo empujaron fuera del tren en marcha. La víctima cayó a las vías y sufrió politraumatismos graves a raíz del impacto y las lesiones provocadas por la formación.

PUBLICIDAD

El tribunal consideró probado que al momento del hecho no había vigilancia ni presencia de seguridad ni de la Policía Federal Argentina en la estación o en la formación ferroviaria. Las puertas del tren permanecían abiertas durante el trayecto, lo que facilitó la caída, según consta en la sentencia. El damnificado fue asistido por el SAME y trasladado al Hospital Cosme Argerich, donde recibió atención médica y quirúrgica.

La víctima denunció que había sido asaltado y luego arrojado de la formación en marcha (Maximiliano Luna)

Las consecuencias físicas y psicológicas fueron extensas. Amputaciones, artrodesis y lesiones traumatológicas de relevancia. El informe psicológico consignó síntomas de ansiedad y un trastorno adaptativo. La sentencia tuvo en cuenta el impacto laboral y social: antes del episodio, la víctima trabajaba y se capacitaba en actividades técnicas.

La Cámara ordenó al Estado nacional y a UGOFE SA pagar como reparación integral: $10 millones por incapacidad sobreviniente, $6 millones por daño moral, $1,1 millón para tratamiento psicológico, $100.000 para gastos médicos y $60.000 para traslados.

PUBLICIDAD

La sentencia analizó el hecho de que las puertas del tren permanecían abiertas durante la marcha y remarcó la falta de personal de seguridad

Responsabilidad del Estado

En el caso, la Cámara fundamentó la responsabilidad del Estado nacional en el deber de garantizar la seguridad e integridad de los pasajeros durante el servicio de transporte público. Para los jueces, la ausencia de medidas efectivas de control y prevención en la estación y en la formación ferroviaria constituyó una omisión relevante dentro del marco de las obligaciones legales y contractuales asumidas por el Estado en el funcionamiento del servicio. Los magistrados señalaron que el contrato de transporte genera una “obligación de resultado”, en la que no solo debe llevarse al pasajero a destino sino hacerlo en condiciones seguras, y que la delegación de la explotación a una empresa privada no exime al Estado de su deber de supervisión y resguardo.

La sentencia analizó el hecho de que las puertas del tren permanecían abiertas durante la marcha y remarcó la falta de personal de seguridad como ejemplos de incumplimiento de los estándares mínimos exigidos para el resguardo de los usuarios. El tribunal sostuvo que, aun en ausencia de pruebas directas que confirmaran la mecánica del asalto (ni en este juicio ni en la causa penal se acreditó la existencia de personas que habrían intentado robar a la víctima y que, al resistirse, lo habrían empujado fuera del tren en movimiento), quedó demostrado que la empresa y el Estado no adoptaron medidas suficientes para evitar situaciones predecibles de peligro, lo que agravó la vulnerabilidad de la víctima. Esa omisión fue considerada determinante para el reconocimiento de la responsabilidad estatal en la producción del daño.

Los jueces indicaron que el Estado nacional mantiene una responsabilidad objetiva en la gestión de los servicios públicos y que esa obligación no puede ser ignorada aunque existan concesionarios privados. Según los fundamentos del fallo, la ausencia de políticas suficientes de prevención y la falta de cumplimiento de los protocolos necesarios colocan al Estado en una posición de garante ante los daños sufridos por los pasajeros. Por este motivo, el tribunal ratificó que la obligación de reparar comprende tanto a la empresa operadora como al Estado nacional, en línea con precedentes jurisprudenciales y normas de derecho constitucional y de defensa del consumidor.

PUBLICIDAD

Más Noticias

Aseguró que se cayó por una vereda rota y demandó al municipio: la Justicia desestimó el reclamo y la obligó a pagar los gastos del juicio

Una mujer reclamó una indemnización tras denunciar lesiones sufridas por el mal estado de una acera en 2012. Sin embargo, la Cámara de Apelaciones ratificó el rechazo de la demanda al considerar imprecisos los testimonios, insuficientes las fotografías sin certificar y ausente toda prueba que vinculara las lesiones con el estado de la vereda

Compraron un 0 km, nunca les funcionó el aire acondicionado y tras cuatro años de taller la Justicia ordenó que les entreguen un auto nuevo

Una pareja acudió a los tribunales tras sufrir fallas persistentes en el sistema de climatización de un vehículo recién comprado. Un juzgado de San Isidro ordenó a la automotriz y al vendedor reemplazar la unidad, sin costos de transferencia, y pagar una indemnización adicional por los trastornos ocasionados

Buscó ayuda por un problema con Netflix, cayó en una estafa telefónica y le vaciaron la cuenta: el banco deberá devolverle parte del dinero

Una jubilada se comunicó con un falso número de soporte encontrado en internet y sufrió el robo de $11,5 millones mediante transferencias relámpago. La Justicia atribuyó el 80% de la responsabilidad al banco por no activar las alertas frente a un patrón de movimientos inusual y el 20% restante a la clienta, por haber caído en la maniobra

Los dos juicios por Los Sauces y Hotesur contra Cristina Kirchner, Máximo y Lázaro Báez abren una nueva disputa

La fiscalia cuestiona la división de las causas. Todas las partes tienen tiempo hasta el martes para presentar sus objeciones. Ambos expedientes investigan el presunto lavado de activos mediante negocios hoteleros e inmobiliarios vinculados a la familia Kirchner

Presupuesto 2027 para la Justicia: el Poder Judicial tendrá $3,017 billones y el 92% irá a personal

La partida crecerá 21,7% frente a 2026, aunque perderá levemente participación dentro del gasto nacional. El proyecto también detalla recursos para la Corte Suprema, el Consejo de la Magistratura, Casación y los tribunales federales y nacionales