
Tenía 33 años en febrero del 2000, cuando entró a un quirófano para operarse por un cuadro renal. Dos horas y media después, un cirujano y un anestesista informaron a su esposa que el paciente estaba en coma profundo: ciego, sordo, mudo y sin control de esfínteres. Le dijeron que su marido había sufrido un paro cardiorespiratorio y como consecuencia de ello una “anoxia cerebral” (falta de oxígeno). Al día de hoy, la víctima de mala praxis sigue internada en una institución psiquiátrica con una incapacidad total por daño neurológico irreversible. No pudo seguir viviendo con su esposa y sus cuatro hijos pequeños.
La causa judicial en busca de un resarcimiento para él y su familia se abrió en el 2002 y llevó más de dos décadas de trámite. La Cámara Nacional en lo Civil confirmó ahora un fallo de primera instancia que ordenó el pago de indemnizaciones a la víctima, su esposa y a los cuatro hijos.
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En la sentencia, se remarcó que las obras sociales y prepagas son responsables a la hora de garantizar la calidad del servicio de sus prestadores y deben responder por sus incumplimientos. Esto se escribió en respuesta a uno de los argumentos de la obra social demandada y condenada junto a la empresa gerenciadora de la clínica donde ocurrió todo: que el trabajador afiliado decidió concurrir a la guardia de ese centro asistencial “por su exclusiva decisión y voluntad”.
En esa línea, la obra social esgrimió que “no le indicó ni le exigió al Sr. B que fuera a ese establecimiento, pudiendo haberlo hecho a un número significativo de otros lugares, con idénticas prestaciones y adelantos técnicos”.
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Pero la Justicia descartó este razonamiento. Las obras sociales y empresas de medicina prepaga tienen el deber de ejercer un rol de “contralor y vigilancia” sobre sus prestadores y “debe ser severo, pues sólo de ese modo cumplirá diligentemente con su obligación de prestar el debido amparo a los afiliados”, sostiene la sentencia.
“Garantizar significa afianzar un resultado concreto y no una actividad meramente diligente, por lo que el responsable sólo podrá excusarse acreditando la concurrencia de una causa extraña: culpa de la víctima o de un tercero por el que no deba responder”, recodaron los jueces al citar jurisprudencia al respecto. La obligación de reparar se genera cuando se viola el deber de “no dañar a otro” y esa noción abarca “todo perjuicio susceptible de apreciación pecuniaria que afecte en forma cierta a otro en su persona, en su patrimonio y/o en sus derechos o facultades”.
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“En el caso se ha acreditado que las gravísimas secuelas neurológicas que lamentablemente padece el actor en forma permanente a raíz de la mala praxis que motivó este juicio, lo han incapacitado de por vida para continuar trabajando”, advirtieron los jueces.
Qué pasó en el quirófano

Una pericia médica incorporada a la causa determinó que el paciente ingresó al quirófano en enero del 2000 “en pleno estado de salud mental” con un episodio de cólico renal en base al cual se había detectado una “litiasis renal derecha con uronefrosis” y una “litiasis vesicular”. Se le indicó la operación a cargo de dos cirujanos especialistas para efectuarle “en un solo tiempo, una nefrectomía y colecistectomía”
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“La intervención no pudo llevarse a cabo hasta el día de hoy” porque el paciente “sufrió en el quirófano dos paros cardiorrespiratorios con severas lesiones neurológicas que le ocasionaron un estado de coma profundo y motivaron su inmediato traslado a terapia intensiva”. Sufrió severas lesiones en su sistema nervioso central por falta de oxígeno. Con los años pudo recuperar de manera parcial la motricidad y algunas funciones neurológicas, pero no las cognitivas y permanece internado.
“El cerebro es extremadamente sensible a la falta de oxígeno. Si ésta es mayor a 5 minutos, las lesiones pueden considerarse irreversibles. Las células del SNC (neuronas) no se reproducen en otras nuevas. A mayor tiempo sin oxígeno, mayor el daño neurológico. Cuanto más precozmente se inician las maniobras de resucitación y el aporte de oxígeno, es proporcionalmente menor la instalación de las lesiones”, detalló el experto convocado por la Justicia.
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Al producirse el paro cardíaco, “la detección del mismo por parte del anestesiólogo y/o monitorista debería haber sido inmediata por los controles de alarmas que están bajo su supervisión”. Las secuelas neurológicas “son consecuencia de la anoxia cerebral sufrida por los PCR (paro cardiorrespiratorios) producidos en el quirófano”, concluyó esa pericia.
La familia denunció que el tratamiento del paro cardíaco dentro del quirófano “fue manual, con suministro de fármacos y desfibrilación, de lo cual se colige que no fue atendido por un cardiólogo y con los elementos adecuados, y que, además, no se hicieron los estudios electrocardiográficos previos al paro cardiaco, durante o después”. También afirmó “que no existió consentimiento informado sobre los riesgos de la operación”.
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En la sentencia, los jueces ratificaron que el sindicato al que pertenecía el paciente “debe velar por las condiciones de vida del trabajador o su familia” pero ello no implica " que quede incluida la necesidad de responder ante sus afiliados -o familiares cuando no son atendidos debidamente en centros médicos y/o asistenciales”. Por ello se lo excluyó de la condena, pese a que era el propietario del edificio donde funcionaba la clínica en la que ocurrió la mala praxis. La decisión fue de la Cámara Nacional en lo Civil, en una sentencia firmada por la jueza Gabriela Scolarici y el juez Claudio Ramos Feijoo, en la cual confirmaron los rubros y montos fijados para la indemnización.
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