Casación rechazó que el sobreseimiento de Macri por el espionaje a familiares del ARA San Juan llegue a la Corte Suprema

Las querellas querían recurrir al máximo tribunal para que revise el caso. La Cámara de Casación, que el año pasado confirmó el sobreseimiento, no aceptó los planteos

Mauricio Macri (EFE)
Mauricio Macri (EFE)
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La Cámara Federal de Casación Penal rechazó hoy las apelaciones que familiares de las víctimas del hundimiento del submarino ARA San Juan presentaron para que la Corte Suprema de Justicia de la Nación revise el sobreseimiento el tribunal dictó el año pasado por presunto espionaje ilegal del ex presidente de la Nación Mauricio Macri, de los ex jefes de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI) Gustavo Héctor Arribas y Silvia Majdalani y de otros agentes de la AFI.

Las dos querellas que representan a los familiares apelaron la decisión para que intervenga el máximo tribunal. Las hicieron por un lado el abogado Luis Alberto Tagliapietra y por otro Valeria Carreras y Mariano Bergés. En el primero caso por unanimidad y en el segundo por mayoría los jueces de la Sala II de Casación, Guillermo Yacobucci, Angela Ledesma y Mariano Hernán Borinsky, rechazaron los planteos, informaron a Infobae fuentes judiciales. A las partes les queda la instancia de ir con un recurso de queja a la Corte Suprema.

En la causa se investigó si los familiares de los submarinistas habían sufrido espionaje ilegal. En primera instancia Macri y los ex jefes de la AFI habían sido procesados y luego sobreseídos por la Cámara Federal y ratificado en noviembre del año pasado por Casación.

Casación respaldó que las actividades realizadas por la AFI formaban parte de las tareas que hacían a la seguridad del presidente y descartó la hipótesis de espionaje. “Aún cuando el magistrado de la instancia haya dejado entrever que la información sobre preguntas o reclamos habría sido alcanzada mediante infiltraciones, lo cierto es que las declaraciones testimoniales de los familiares que constan en la misma resolución echan por tierra esa inferencia. Los mismos admiten que sus expectativas y reclamos eran comunicados también por medios de información o incluso la publicación de videos en redes sociales. Queda descartado cualquier tipo de ‘secretismo’ entre los familiares respecto de esos datos y su obtención exclusivamente a través de medios considerados ilegales”, sostuvo el tribunal.

“Ninguna de las actividades explícitamente atendidas en el fallo bajo revisión implicó una extralimitación de las facultades de inteligencia. Por el contrario, la información recogida se desenvolvió en el marco que admiten las expectativas de privacidad e intimidad en las circunstancias en que se desarrollaron, aun ante una interpretación amplia de dichos derechos. De ningún modo se podrían erigir como injerencias arbitrarias o abusivas en la vida privada de los sujetos involucrados”, se sostuvo.

Es más, el fallo advirtió sobre “los graves riesgos que podría acarrear fallas u omisiones en la seguridad o en el control del entorno de altos mandatarios, máxime en sus apariciones en espacios abiertos o cuando se congrega un número significativo de personas en sus actividades en la vía pública”.

Captura de la docuserie ARA San Juan: el submarino que desapareció
Familiares de los submarinistas (Netflix)

Ante eso los familiares apelaron para que el fallo sea revisado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación. La apelación de la querella de Tagliapietra fue rechazada por unanimidad porque se presentó fuera de plazo.

Respecto de la segunda presentación, los jueces Yacobucci y Borinsky señalaron que “no han cumplido con los recaudos para la interposición del recurso extraordinario federal establecidos en la Acordada Nº 4/2007 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación”. “Además, los recurrentes no lograron caracterizar la arbitrariedad invocada, ni la existencia de cuestión federal suficiente que autorice la habilitación de la vía extraordinaria contemplada en el artículo 14 de la ley 48, en tanto que sus argumentaciones sólo evidencian una opinión diversa sobre la cuestión debatida y resuelta”, señalaron y resolvieron declarar “inadmisibles” las apelaciones.

En disidencia, la jueza Ledesma señaló que “los recursos intentados contienen un relato de los hechos relevantes de la causa, e identifican las cuestiones de índole federal que pretenden llevar a conocimiento del más alto Tribunal” y que “están dirigidos contra una sentencia emanada del Tribunal superior de la causa que, según alegan fundadamente los impugnantes, resulta equiparable a una sentencia definitiva en tanto le ocasionaría a sus representados un perjuicio de imposible o tardía reparación ulterior”.

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