La Cámara Federal de Casación confirmó la decisión que revocó el sobreseimiento de un comisario investigado por brindarle protección a una banda narcotraficante liderada por el empresario Juan Ignacio Suris, quien fue condenado el año pasado por comercializar estupefacientes en Bahía Blanca y sus alrededores.
Se trata del policía bonaerense Gustavo Cheppi, sospechado por el Ministerio Público Fiscal de haber brindado “cobertura policial” a la organización delictual que, según estableció la Justicia, vendió drogas entre el 2011 y diciembre del 2013 bajo el liderazgo de Suris, quien fuera el novio de la vedete Mónica Farro.
En rigor, el Juzgado Federal 1 de Bahía Blanca dispuso en mayo del año pasado el sobreseimiento del funcionario policial tras considerar que “transcurridos más de 10 años desde el plazo temporal en que se habrían producido los hechos” no había elementos para “turbar el estado de inocencia que reviste Gustavo Cheppi”.
Esa decisión fue apelada por la fiscalía para dar lugar a la intervención de la Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca, que en octubre consideró que la resolución del juez de primera instancia resultaba prematura e infundada. Además, determinó que los argumentos expuestos en su fallo “no resultan ajustados a derecho y a las constancias comprobadas de la causa”.
El imputado, que llegó a ocupar cargos de alta jerarquía en la fuerza policial, pasó a ser investigado en la causa por el delito de asociación ilícita en concurso ideal con el de violación a los deberes de funcionario público, ya que en la época donde la banda narcotráficante estuvo operativa él se desempeñaba como Jefe de calle de la Comisaría 4ta de Bahía Blanca y existen, según la fiscalía, conversaciones telefónicas mantenidas con Suris que darían cuenta de una connivencia ilícita.

Así las cosas, su defensa impugnó la revocación de su sobreseimiento por calificarla de arbitraria, lo que elevó el caso hasta la Sala IV del máximo tribunal penal del país, integrada por los camaristas Gustavo Hornos, Javier Carbajo y Mariano Borinsky.
Al emitir el primer voto del fallo, el juez Borinsky expresó: “se observa que la decisión de la Cámara a quo que revocó el sobreseimiento dispuesto en favor de Cheppi resulta ajustada a derecho y a las constancias del caso. Ello, en tanto aquel temperamento adoptado por el magistrado de grado del 18/05/23 -que desvinculó definitivamente del proceso al nombrado- luce infundado”.
Y añadió: “Se advierte que el juez de grado no analizó de forma suficiente extremos del cuadro fáctico probatorio invocado por la fiscalía que resultan esenciales tanto para el examen del caso como para alcanzar, tal como afirma el Fiscal General, la certeza negativa que requiere un temperamento de carácter desvinculante como aquel oportunamente resuelto el fecha 18 de mayo de 2023″.
A su vez, al evaluar los efectos de un sobreseimiento en un proceso penal, dijo: “No puede soslayarse que el art. 335 del C.P.P.N. dispone que, en caso de adquirir firmeza, el sobreseimiento ‘cierra definitiva e irrevocablemente el proceso con relación al imputado a cuyo favor se dicta’, lo que reafirma la necesidad de que exista certeza para su dictado. No corresponde adoptar dicha solución si, tal como se verifica en el caso, está ausente ‘la certeza que requiere el ordenamiento procesal para sobreseer’”.
“Por lo expuesto, se advierte que la defensa de Gustavo David Cheppi no ha logrado demostrar los vicios jurídicos invocados en sustento de su recurso, los que a su vez, manifiestan una discrepancia con la decisión del caso, que resulta insuficiente para descalificar el fallo recurrido como acto judicial válido”, concluyó Borinsky al rechazar el recurso de casación del comisario con la adhesión de sus colegas Hornos y Carbajo.
Según las actuaciones del caso, la banda liderada Suris comercializó estupefacientes entre el 2011 y diciembre del 2013 especialmente en la ciudad de Bahía Blanca y sus alrededores. En el marco de la causa por narcotráfico, otras siete personas ya fueron condenadas a penas de entre 3 y 6 años de prisión a través de un juicio abreviado.
Suris, por su parte, como el resto de los acusados en el marco de esa causa, había sido absuelto en 2015 durante un juicio oral que fue luego anulado por la Cámara Federal de Casación Penal, que ordenó que se lleve a cabo un debate nuevo, al que finalmente se arribó en un acuerdo por 6 años de prisión. También recibió una condena a cinco años de cárcel por ser considerado jefe de una asociación ilícita que estafó a la AFIP con facturas truchas.
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