
El juez federal Sebastián Casanello defendió la potestad de los tribunales de Comodoro Py para intervenir en la presentación que impulsó la Izquierda contra el protocolo antipiquete que puso en vigencia la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, indicaron a Infobae fuentes judiciales. Con esta decisión, el magistrado ratificó la convocatoria para el próximo miércoles en una nueva audiencia entre los accionantes y las autoridades del Gobierno para definir sobre la legalidad de esta reglamentación.
Precisamente, el pronunciamiento es consecuencia del fallo que dictó el jueves la Cámara Federal porteña en donde, por dos votos a uno, hizo caer la cautelar en donde se había buscaba poner límites al accionar de las fuerzas de seguridad, pero también instaba al juez a pronunciarse sobre la competencia del caso, luego de que pasara por distintos tribunales.
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El fallo de la Cámara Federal, dictado por mayoría, derivó en que el propio Ministerio de Seguridad le pidiera al juez que se declarara incompetente para seguir interviniendo. Para el Subsecretario de Asuntos Legales del Ministerio, la Directora de Asuntos Judiciales y el letrado patrocinante, el caso debe enviarse a la Justicia Nacional en lo Criminal y Correccional de la Ciudad de Buenos Aires. También destacaron que el caso no había sido impulsado como un hábeas corpus.
Fue una decisión de la Cámara en lo Contencioso Administrativo, al rechazar su intervención y mandarlo a los tribunales penales. En el fuero penal ordinario ya se había rechazado un planteo del ex premio nobel Adolfo Pérez Esquivel contra el protocolo.
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La causa había sido impulsada a mediados de diciembre por la legisladora porteña de izquierda y anduvo dando vueltas en distintos tribunales. Los accionantes lo llevaron a justicia electoral, pero de ahí pasó a la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal. Allí un juez de ese fuero se declaró incompetente y ordenó enviarla a la justicia criminal nacional, pero ese juez también lo rechazó. Pulseada mediante, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal resolvió que el caso era de Comodoro Py, donde por sorteo le tocó al juez Casanello.

Al recibir la presentación del Ministerio de Seguridad, el juez le preguntó la opinión al Ministerio Público y a Celeste Fierro, la legisladora porteña de la izquierda que había presentado la demanda. La fiscal Paloma Ocha dijo que “la cuestión de competencia estaba precluida. Recordaron el larguísimo derrotero atravesado por la pretensión hasta ser acogida en este fuero bajo las reglas de la ley 23.098″ y que “la actual radicación de la causa satisfacía la jurisdicción material y territorial de la acción impetrada, que planteaba una litis de materia federal con efectos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”.
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En tanto, Fierro sostuvo que el planteo de incompetencia resultaba inoportuno y dilatorio, y que ponía en riesgo el derecho a la tutela judicial efectiva. Agregaron que el Ministerio de Seguridad conocía hacía tiempo la presentación de acciones judiciales en contra de la Res. 943/23 (iniciadas hacía casi dos meses), y que la incompetencia deducida resultaba intempestiva y extemporánea.
El juez resolvió que el caso debía quedar en Comodoro Py. “Si bien la autoridad de donde emana el acto administrativo denunciado entiende que no están dados los requisitos de procedencia de un habeas corpus, particularmente porque no hay una persona detenida, debe aclararse que la acción puede ser reparadora, si se refiere a una lesión ya consumada, pero también se admite su modalidad preventiva, si pretende impedir una lesión a producirse, como es el caso de la pretensión de las accionantes”, afirmó en la resolución a la que accedió Infobae.
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Y resaltó que “las decisiones jurisdiccionales apuntadas reconocen esta situación y refieren a una amenaza que derivaría de una fuerte tensión entre la Resolución 943 /23 y el ejercicio de las libertades de expresión, asociación y reunión, peticionar a las autoridades y el derecho de protesta”.
“De allí que pueda explicarse -como, en efecto, lo hizo la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal- el encuadre de la acción en el procedimiento de habeas corpus, por denunciar una amenaza al ejercicio de derechos constitucionales fundamentales, que hacen al nervio de nuestro sistema democrático”, afirmó tras resaltar la resolución del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N° 28 cuando le tocó la causa y la remitió a Comodoro Py: “la resolución 943/23 emana de una decisión del Ministerio de Seguridad de la Nación dirigida a las fuerzas federales y afecta a un colectivo de personas, circunstancia que se acredita con la acción original y con las presentaciones de numerosas organizaciones civiles en carácter de amicus curiae. Además, la aplicación del “protocolo” excede el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires”, señaló.
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“Bajo estos presupuestos, y considerando el deber de asegurar una tutela judicial efectiva (Fallos 321:2021), que no puede ser desconocido bajo pretextos formales, es que he aceptado la competencia, criterio que vuelvo a ratificar a través de este interlocutorio”, dijo el juez. El Ministerio de Seguridad podría apelar ahora.
Pero, por lo pronto, el juez federal tiene previsto continuar el próximo miércoles la audiencia por el habeas corpus entre los representantes de la izquierda y las autoridades de la cartera de seguridad. En la reunión de esta semana, que duró dos horas y media, estuvo presente la ministra Bullrich que defendió la legalidad del protocolo.
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