A partir de la próxima semana, la justicia federal quedará en condiciones de resolver si el decreto de necesidad y urgencia (DNU) 70 del gobierno nacional de Javier Milei sobre la desregulación de la economía es constitucional o no, ya que se habrán cumplido todos los pasos del proceso para que el juez en lo contencioso administrativo federal, Enrique Lavié Pico, pueda dar un fallo.
Así surge de las constancias de la causa a las que accedió Infobae. El caso es el primer amparo que se presentó contra el DNU, y lo hizo el Observatorio del Derecho a la Ciudad. El gobierno nacional presentó ayer al mediodía el informe para contestar el amparo y pidió que sea rechazado. Con eso, el juez Lavié Pico le dio dos días al fiscal Miguel Ángel Gilligan para que dictamine en la causa sobre el amparo. La opinión del fiscal no es vinculante para el magistrado, y el plazo vence el martes a las 9:30 horas. Desde allí, Lavié Pico quedará en condiciones de resolver la constitucionalidad o no del DNU. Será el primer expediente en tener una resolución de fondo.
PUBLICIDAD
Pero lo mismo ocurre con el amparo que presentó el abogado y ex presidente del Colegio Público de Abogados Jorge Rizzo. El gobierno contestó su amparo, pidió que se rechace y el juez le pidió opinión al fiscal.
El magistrado sí ya puede resolver una medida cautelar que el Observatorio y Rizzo pidieron para suspender los efectos del DNU mientras analiza la constitucionalidad. El gobierno también contestó ese planteo y pidió que sea rechazada. Una posibilidad es que el juez resuelva cautelar y constitucionalidad todo junto.
PUBLICIDAD
El amparo objeta la totalidad del DNU porque fue dictado en violación al inciso tres del artículo 99 de la Constitución Nacional que regula los decretos de necesidad y urgencia. Pero el gobierno defendió su decisión. Los abogados de la Procuración del Tesoro de la Nación, a cargo de Rodolfo Barra, pidieron que el amparo se rechace y se confirme el DNU.
En la presentación de noventa y tres carillas, el gobierno señaló que dictó el DNU “en ejercicio de atribuciones que le confiere expresamente la Constitución Nacional en un marco de severa crisis económica” y agregó que “las razones de urgencia y necesidad constituyen cuestiones políticas no justiciables”. También que la justicia no debe intervenir en el caso porque el decreto actualmente está bajo revisión del Congreso: “por lo que, la intervención de la Justicia en esta instancia sería al menos prematura además de transgredirse el principio de división de poderes”.
PUBLICIDAD
En esa línea, también se resaltó que a criterio del gobierno “la necesidad y urgencia constituyen una verdadera cuestión política (institucional) que debe ser considerada como no justiciable”.
“Se corre el riesgo de que al admitirse la acción promovida por la actora (Nota del autor: el Observatorio del Derecho a la Ciudad) se encuentren vulneradas las políticas públicas trazadas por el Poder Ejecutivo Nacional y de la gestión política que obtuvo la confianza de la mayoría del pueblo argentino para ejercer la administración nacional por los próximos cuatro años”, agregaron los abogados. El gobierno también señaló que el Observatorio no tiene legitimación para presentarse ante la justicia, que no presentó un caso concreto en el que el DNU lo afecte y que en la causa no se cumplen los requisitos que la ley establece para aceptar el amparo.
PUBLICIDAD

En su informe, el Poder Ejecutivo también defendió la constitucionalidad del DNU por la situación de emergencia que vive el país: “Es que el conjunto de medidas implementadas por el DNU N° 70/2023 está motivado en la urgencia causada por la crisis económica que atraviesa el país que, como tal, resulta incompatible con los plazos normales para la sanción de una ley que, en atención a la diversidad de las materias de que se trata, necesitaría amplio tiempo de debate y discusión parlamentaria”.
“Es que las políticas que fueron implementadas en los últimos años –con especial énfasis en aquellas adoptadas en el último período, previo y simultáneo a las elecciones presidenciales–, generaron un escenario económico al borde de la hiperinflación que, de ocurrir, generaría un enorme perjuicio económico, social a toda la población –así como político e institucional–, con catastróficas consecuencias de público conocimiento, tal como ha sucedido en nuestro país durante los años 1989 y 1990″, añadieron los abogados.
PUBLICIDAD
Este no es el único expediente iniciado contra el DNU. Son muchos y tramitan en distintos tribunales del país. Inclusive la justicia del Trabajo dictó medidas cautelares que suspendieron los efectos de las reformas laborales del decreto. Hasta ahora, han sido cinco resoluciones en ese sentido ante las presentaciones que hicieron la Confederación General del Trabajo (CGT), la Central de Trabajadores Argentinos (CTA), la Federación Única de Viajantes de Comercio de Argentina, la Asociación del Personal Aeronáutico y el Centro de Capitanes de Ultramar y Oficiales de la Marina Mercante. Muchas causas buscan la inconstitucionalidad completa del DNU, mientras que otras van a aspectos puntuales de los trescientos sesenta y seis artículos que desde el 29 de diciembre están en vigencia.
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
Últimas Noticias
Generación Zoe: unificaron en Comodoro Py las causas por lavado y estafas a un millar de inversores
Se trata de dos investigaciones contra Leonardo Cositorto que ahora quedarán a cargo del juez federal Ariel Lijo

El podcast de Ricardo Lorenzetti: tus derechos frente a la inteligencia artificial
¿Qué puede hacer una persona cuando su imagen es manipulada, sus datos son utilizados sin control o un algoritmo genera situaciones discriminatorias? El episodio recorre las principales herramientas legales disponibles para proteger la identidad digital, reclamar daños y garantizar derechos en una sociedad cada vez más atravesada por la IA

Cayó por una baldosa rota en la estación Caballito y la Justicia ordenó una indemnización de $15 millones
Una pasajera sufrió graves lesiones físicas y psíquicas tras un accidente dentro de la estación. La empresa ferroviaria intentó eludir la responsabilidad alegando una supuesta negligencia de la propia usuaria, pero la Cámara Civil rechazó ese planteo, confirmó la condena y elevó el monto del resarcimiento económico

La colocación de un DIU a una joven de 22 años terminó en cirugía de urgencia y condena por mala praxis
El procedimiento, que debía ser de rutina, derivó en una intervención quirúrgica de emergencia. Un tribunal acreditó la responsabilidad profesional en el hecho y las secuelas físicas y psíquicas sufridas por la paciente

Dos hombres pagaron un tratamiento de depilación definitiva, no funcionó y la Justicia ordenó indemnizarlos
La demanda fue presentada contra dos empresas tras completar un tratamiento que prometía resultados permanentes, pero no arrojó los resultados esperados. Aunque en primera instancia habían perdido el caso, la Cámara Comercial revocó el fallo y ordenó una reparación integral a los afectados




