Casación Penal confirmó condenas y anuló absoluciones en una causa por lavado de activos provenientes de la corrupción

En el caso fue juzgada una organización que habría operado desde las altas esferas del gobierno de Chaco mediante la creación de una matriz de corrupción

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El edificio de Comodoro Py (Adrián Escandar)
El edificio de Comodoro Py (Adrián Escandar)

La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal confirmó este lunes las condenas de dos personas y anuló las absoluciones de otras doce acusadas por el delito de lavado de activos. El fallo fue firmado por los jueces Gustavo Hornos, Javier Carbajo y Mariano Hernán Borinsky, en la causa fue juzgada una organización que habría operado desde las altas esferas del gobierno de la Provincia del Chaco, mediante la creación de una matriz de corrupción, para la comisión de delitos contra la administración pública provincial.

Esa maniobra habría generado enormes ganancias ilícitas, las cuales fueron luego presuntamente aplicadas a la adquisición de diversos bienes, pagos de servicios y capitalización de empresas, indicaron fuentes judiciales. Según la acusación, de allí se registraron incrementos patrimoniales en los funcionarios involucrados y en las personas físicas y jurídicas creadas a ese fin, incompatibles con su capacidad económica e ingresos lícitos registrados.

La fiscalía sostuvo que Horacio Rey (ex secretario general del gobierno del Chaco) y Roberto Lugo (ex ministro de desarrollo social del Chaco) se valieron de su jerarquía e influencia como funcionarios públicos del gobierno provincial y pergeñaron una estructura funcional que permitió dotar de apariencia lícita a dinero proveniente de hechos de corrupción cometidos entre los años 2011 y 2018.

También fueron sometidos a juicio otras personas acusadas de intervenir en las maniobras ilícitas imputadas, a saber, Mónica Viviana Yaczuk (esposa de Lugo), Ricardo Ariel Retamozo (funcionario del gabinete del Ministerio de Desarrollo Social del Chaco), Claudia Soledad Varela (pareja de Retamozo), Ismael Ángel Fernández (personal de gabinete del poder ejecutivo provincial), Cristina Mariel Dellamea (sobrina de Fernández), Ramón Alejandro Chávez, Carlos Rubén David Osuna, Miguel Ángel Vilte, María Laura Aguirre, Iván Alejandro Bilcich, Patricia Noemí Vázquez (prima de Lugo) y Carlos Manuel Amarilla.

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Resistencia condenó a Claudia Soledad Varela y a Carlos Manuel Amarilla a las penas de tres años de prisión en suspenso y multa de dos veces el monto de las operaciones atribuidas por considerarlos autores penalmente responsables del delito de lavado de activos. A su vez, ese mismo tribunal absolvió a Horacio Rey, Roberto Lugo, Mónica Viviana Yaczuk, Ricardo Ariel Retamozo, Ismael Ángel Fernández, Cristina Mariel Dellamea, Ramón Alejandro Chávez, Carlos Rubén David Osuna, Miguel Ángel Vilte, María Laura Aguirre, Iván Alejandro Bilcich y Patricia Noemí Vázquez.

La defensa de Varela y Amarilla impugnó la condena y el Ministerio Público Fiscal hizo lo propio en relación a las absoluciones. Ahora, la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, con el voto liderante del juez Borinsky, confirmó las condenas y las penas impuestas a Varela y Amarilla, sin perjuicio de precisar el alcance de la imputación recaída sobre este último. Para así decidir, los jueces de casación consideraron -en lo esencial- que la sentencia condenatoria resultaba ajustada a derecho y las constancias de la causa en todo cuanto concierne a la prueba de los hechos, su calificación legal y la participación penal de los condenados.

El tribunal de alzada hizo lugar a la impugnación de la fiscalía y anuló las absoluciones por estimar que, en este aspecto, el fallo presentaba una motivación aparente que lo descalificaba como acto jurisdiccional válido. En particular, la sala de casación advirtió un puntual déficit en el temperamento del tribunal de juicio a la hora de acreditar los hechos de corrupción precedentes de los que provendrían los activos presuntamente lavados, que fueron juzgados por la justicia provincial y que motivaron -según el caso- el dictado de diversas sentencias de condenatorias recaídas sobre funcionarios imputados en la causa federal por lavado.

De este modo, la Sala IV ordenó remitir las actuaciones al tribunal de oral para que, por quien corresponda y previa sustanciación, analice nuevamente la situación de las personas absueltas y dicte un nuevo fallo con arreglo a derecho y a las circunstancias del caso.

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