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Causa Cuadernos: la Justicia avanzará con el análisis de las comunicaciones y computadoras del amigo de Centeno

El Tribunal Oral Federal 7, que tiene en sus manos el futuro juicio, le pidió el viernes a Martínez De Giorgi que se abstenga de investigar las irregularidades de los anotadores. Pero el juez dijo que es una causa distinta y ordenó saber con quién habló Bacigalupo entre 2017 y 2023

Oscar Centeno
Oscar Centeno
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El juez federal Marcelo Martínez De Giorgi decidió reafirmarse al frente de la investigación que analiza las irregularidades en la causa de los “cuadernos”, luego de que el tribunal oral que debe llevar adelante ese juicio oral le advirtió que debería abstenerse de seguir en ese expediente. En un escrito al que accedió Infobae, el juez repasó los términos de la denuncia del empresario Armando Loson, acusado en la causa principal y querellante en el expediente por las irregularidades, “tomó nota de las inquietudes” del TOF y ordenó avanzar el análisis de los teléfonos y computadoras de Jorge Bacigalupo, el amigo de Oscar Centeno que -según un peritaje- habría sido quien manipuló los anotadores.

El juez le ordenó al Departamento de Inteligencia Criminal Aeroportuaria (DICA) de la Policía de Seguridad Aeroportuaria que analice los celulares secuestrados en la casa de Bagigalupo y determine “todas las llamadas entrantes y salientes que surjan desde los aparatos celulares secuestrados en el domicilio de Jorge José Bacigalupo desde el 01/01/2017 hasta el día 10/03/2023 inclusive, con expresa indicación de los datos de las personas cuyos llamados fueron recibidos y los llamados que realizó, con indicación de las celdas donde impactó cada uno de ellos”. Además dispuso “realizar un entrecruzamiento de esos” llamados expresamente entre 2017 y 2018, y “determinar las vinculaciones que, en un plazo no mayor a lo 3 (tres) días, surjan entre cada una de ellas”.

Además, Martínez De Giorgi ordenó establecer si el contenido de los teléfonos y llamadas ”fueron borradas, o si fueron manipulados, ya sea de manera remota o presencial; en su caso” cuándo y cómo. También dispuso averiguar si en cualquiera de los dispositivos, correos o mensajería de redes o aplicaciones aparecen palabras como “cuadernos”, “Loson” “Armando”, “Centeno”, “Albanesi”, “correcciones”, “enmiendas”, “obra pública”, “gas”, “gasoil”, “transporte”, “gasoducto”, “Cammesa”, “energía”, “dinero”, “campaña”, “2013″, “2015″,”Marcelo”, “29 de agosto”, “29/08/2013″, “29/8/13″, “Central”, “Río Cuarto”, “Enargas”, “fideicomiso”, “cesión”, “Arceo”, “Planta Sorrento”, “Taselli”, “Nación Fideicomiso”, “Alem 855″ e “ing. Ferreyra”.

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Jorge Bacigalupo
Jorge Bacigalupo

Todo se enmarca en la polémica desatada entre el juez Martínez De Giorgi y el Tribunal Oral Federal 7, que tiene en sus manos la decisión de avanzar con el juicio oral de la causa que estalló mediáticamente en agosto de 2018, cuando el juez Claudio Bonadio y el fiscal Carlos Stornelli ordenaron una decena de detenciones a empresarios y ex funcionarios por las revelaciones de los cuadernos de Oscar Centeno, el remisero de Roberto Baratta, mano derecha del ex ministro de Planificación Julio De Vido. La causa comenzó cuando el periodista Diego Cabot acercó al fiscal Stornelli los anotadores de Centeno, que habían llegado a sus manos de parte de un amigo de éste, Jorge Bacigalupo. La investigación apuntó a una asociación ilícita que encabezó la entonces presidenta Cristina Kirchner para recaudar dinero entre empresarios que hacían negocios con el Estado. Una veintena de empresarios y funcionarios se convirtieron en arrepentidos.

Al comienzo de la causa, Loson, del grupo Albanesi, había sido uno de los primeros detenidos. También fue uno de los que selló un acuerdo de imputado-colaborador con la fiscalía. Cuando empezó esta causa por las irregularidades, el empresario no estaba entre los implicados que habían sido enviados a juicio. Su defensa planteaba que su caso debía ser enviado a la justicia electoral porque sus aportes habían sido para campañas políticas. El fiscal Stornelli intentó que la causa de Martínez De Giorgi fuera incluida en el expediente principal, pero fracasó en la jugada tanto ante el juez Julián Ercolini como ante la Cámara Federal. No obstante, el juez Julián Ercolini mandó a Loson a juicio oral por el megaexpediente. En el ínterin, esa denuncia de irregularidades siguió su curso.

Un allanamiento a la casa de Bacigalupo y los resultados del peritaje determinaron que el amigo de Centeno habría intervenido en algunas de las adulteraciones que denunció Loson. Eso generó que la propia Cristina Kirchner, señalada como jefa de la asociación ilícita que recaudaba coimas entre empresarios, le pidió al TOF que adjunte los resultados de esos análisis. También le pidió a la Corte Suprema que lo sume al pedido de nulidad de la causa entera.

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El juez Martínez De Giorgi
El juez Martínez De Giorgi

Frente a esto, el TOF 7 decidió intervenir el viernes pasado. Los jueces Enrique Méndez Signori y Fernando Canero resolvieron librar oficio a Martínez De Giorgi para “ponerlo en conocimiento” de los cuestionamientos de la fiscal Fabiana León a la existencia de su investigación. “Se observa con absoluta claridad que el magistrado de grado avanza sobre la realización de medidas de prueba que conforman el objeto de este juicio y que -en definitiva- deben rendirse ante este Tribunal”, dijeron. “Lo contrario -a más del innecesario y costoso dispendio jurisdiccional- podría correrse el riego del escándalo que podría importar el dictado de sentencias eventualmente discordantes”, agregó el TOF 7. Méndez Signori y Canero advirtieron que el “escrutinio y control” de la prueba se hará en el juicio oral. En disidencia y minoría, el tercer integrante del TOF7 Germán Castelli se pronunció por reclamar al juez de instrucción de Comodoro Py que se inhiba para seguir interviniendo en esa causa y remita las actuaciones al Tribunal.

A esto le contestó este lunes, a última hora, el juez Martínez De Giorgi. “A la luz de las consideraciones expuestas por los jueces de esa judicatura, corresponde señalar que, las presentes actuaciones, se iniciaron con motivo de una denuncia formulada por Armando Roberto Loson. Concretamente, a través de ella, pretende conocer si instrumentos que fueron utilizados en otro proceso (en la causa n° 9608/18 que actualmente tramita allí), resultaron materia de adulteración, quiénes fueron sus autores, y con qué fines lo hicieron. Ese es el objeto de este proceso”. El juez repasó que su causa tuvo “el debido impulso del representante del Ministerio Público” y que los peritajes oficiales corroboraron “varias irregularidades”. También subrayó las decisiones de Ercolini y la Cámara Federal resolviendo tramitar esta causa por afuera del caso cuadernos. “Esto, se encuentra en conocimiento del Tribunal Oral”.

“Dos veces se sometió a discusión la posibilidad para que ambos expedientes tramiten en forma conjunta, y dos veces fue negada. El fundamento de tales pronunciamientos, radica en que, en ellas, se investigan cuestiones distintas. Lo que denunció Loson, ya fue dicho. A su vez, lo que es materia de evaluación por parte del Tribunal Oral, es su eventual responsabilidad (la de Loson) en los hechos que se le atribuyen. Lo que hace a su culpabilidad o inocencia, y las pruebas que resultan útiles a ese fin, así como el sentido que corresponde atribuirles (se hayan realizado en ese proceso o de forma complementaria), es materia exclusiva de los jueces que intervienen en el trámite de la mencionada causa n° 9608/18. Es decir, su valoración resulta una decisión de los jueces del Tribunal Oral en lo Criminal Federal n° 7. Sobre ese punto, no cabe la posibilidad de interpretaciones contradictorias, ni de intromisión en competencias ajenas”, afirmó Martínez De Giorgi.

“Por otra parte -añadió-, las distintas etapas en las que transitan ambos procesos impiden, por el momento, su tramitación conjunta, a menos que se decidiera retrotraer, de algún modo, aquella causa a una instancia anterior, o en su caso, de lo que pudiera ocurrir en el futuro, con el posible y eventual avance de estas actuaciones a otra etapa. Así, no se observa que la preocupación puesta de manifiesto por sus integrantes, o por la representante del Ministerio Público en ese expediente, pudiera tener asidero. Sin perjuicio de lo cual, se toma nota de sus inquietudes”.

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