El escenario incierto si un buque o un avión europeo son atacados en Ormuz por la indecisa interpretación de la defensa mutua: “Estrictamente, no son territorio”

Los líderes de la UE discutieron sobre el artículo 42.7 en uno de sus últimos encuentros, debido a que no está claro su alcance

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Portaviones Charles de Gaulle de Francia. (Reuters/Jean-Paul Pelissier)

Europa mueve ficha en el pulso militar del estrecho de Ormuz. Varios países, como Francia y Alemania, han desplazado buques y aviones para “estar preparados” en caso de tener que intervenir de manera defensiva. Por el momento, una misión europea parece lejana por el riesgo que supondría y la dificultad de acordarla con todos los aliados. Sin ir más lejos, el Gobierno de España la ha descartado “completamente”. Sin embargo, si uno de los medios de Europa desplegados en las aguas cercanas sufriese un ataque directo, el escenario podría cambiar.

Al principio del conflicto, a finales de febrero, Irán lanzó un ataque sobre las bases militares de Reino Unido en Chipre. Esto tuvo una respuesta inmediata de Europa, que recolocó un despliegue, formado por buques como el portaviones francés Charles de Gaulle o la fragata española Cristóbal Colón, en la costa de la isla, en un refuerzo únicamente de índole defensiva.

Pero, ¿los buques y aviones son, a todos los efectos, territorios del país al que pertenecen? Esta cuestión puede ser determinante. En una de las últimas reuniones de líderes europeos, el encuentro informal de Chipre el 23 de abril, uno de los temas centrales fue el desarrollo del artículo 42.7. Se trata de la “cláusula de defensa mutua”, que obliga a asistir a un miembro de la UE que sufra un ataque en su terreno. Los propios europeos desconocen cómo tendrían que actuar, según su legislación, en caso de que un ejército aliado fuese atacado fuera de su país.

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"Creo que las alianzas como la OTAN son valiosas por lo que no se dice, es decir, la confianza que las sustenta", defiende el presidente de Francia.

Buques o aviones “estrictamente, no son territorio”

En este debate sobre si los países europeos deberían defender a un aliado atacado fuera de su territorio nacional, surgen interpretaciones jurídicas y políticas diversas. Iván Esteve, experto externo en defensa de la Comisión Europea, sostiene que la aplicación de la cláusula de defensa mutua “depende de la interpretación del Consejo y de los Estados miembros”, y que esta está todavía fraguándose, pues “no está desarrollado el 42.7 en su totalidad”. Esto deja margen para interpretaciones flexibles.

Esteve afirma que, en principio, “con buena voluntad sí que se podría invocar el artículo”, pero que “se debe desarrollar más”, ya que también podría interpretarse que, al no ser su terreno nacional como tal, no puede aplicarse. Por su parte, Miguel Acosta, catedrático de la Universidad de Cádiz, señala que tanto el artículo 5 del Tratado de Washington de la OTAN como el 42.7 del Tratado de la UE “hacen referencia a un ataque terrestre sobre el territorio”. Acosta explica que, aunque el derecho internacional reconoce que los buques y aeronaves militares son propiedades estatales con soberanía y jurisdicción, “estrictamente, no son territorio”.

El primer ministro británico, Keir Starmer, ha anunciado este miércoles una cumbre a finales de esta semana con aliados para estudiar "medidas diplomáticas y políticas" que contribuyan a reabrir el estrecho de Ormuz. (Fuente: 10 Downing Street)

Por eso, en su opinión, “estos dos artículos no se pueden aplicar en el caso de un ataque fuera de lo que es el territorio terrestre o el territorio de un país miembro”. Acosta matiza que, si la operación militar se desarrolla en el contexto de una coalición internacional y uno de los buques resulta atacado, “se podría alegar legítima defensa colectiva, pero su base jurídica sería el artículo 51 de la Carta de las Naciones Unidas”.

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Es importante recalcar la diferencia entre que tengan o no que intervenir según el tratado, y la decisión que tomen llegado el momento. Si un país europeo sufriese un ataque en Ormuz, se produciría una reunión urgente de líderes, donde podrían aprobar algún tipo de apoyo o misión si llegan a un acuerdo de forma unánime. Por otro lado, también se podrían dar ayudas unilaterales entre países aliados.