Muchos ciudadanos se enfrentan a una misma duda a la hora de planificar su herencia: si es mejor hacer un testamento o donar los bienes en vida. Aunque ambas opciones son legales y habituales, sus efectos son muy distintos y pueden marcar una gran diferencia tanto en el bolsillo como en la relación entre herederos.
La elección no es menor. Optar por una u otra vía influye en los impuestos que se pagan, en cómo se reparte el patrimonio y, sobre todo, en la posibilidad de que surjan conflictos familiares en el futuro. Por ello, los expertos recomiendan analizar cada caso antes de tomar una decisión.
Además, no se trata solo de una cuestión económica. Organizar correctamente una herencia es también una forma de garantizar que los bienes se distribuyan conforme a los deseos del propietario.
Testamento: control total hasta el final
El testamento es un documento legal que permite decidir cómo se repartirán los bienes tras el fallecimiento. El más habitual es el notarial, que se firma ante notario, es económico y puede modificarse en cualquier momento.
Una de sus principales ventajas es que permite mantener el control del patrimonio mientras se vive. Es decir, no tiene efectos inmediatos, por lo que el titular puede cambiar de opinión tantas veces como quiera sin perder la propiedad de sus bienes.
Sin embargo, existen límites legales: “El Código Civil establece la llamada “legítima”, que es una parte de la herencia reservada obligatoriamente a determinados herederos, normalmente los hijos. Esto es que, aunque hagas testamento, no puedes dejar a tus hijos sin herencia salvo en casos muy concretos”, indica Manuel Hernández García, director y Socio del Bufete Vilches Abogados.
Dentro de los límites de la legítima, sí permite tomar decisiones importantes como mejorar a un hijo frente a otros, dejar bienes concretos a una persona, nombrar herederos y designar tutores para menores. “Además, tiene la ventaja de que no tiene efectos hasta el fallecimiento, es decir, puedes cambiar de opinión todas las veces que quieras”, señala Hernández García.
Donación: efectos inmediatos y pérdida de propiedad
Por su parte, la donación consiste en entregar bienes en vida de forma gratuita a otra persona. A diferencia del testamento, el cambio de titularidad es inmediato: el bien pasa a ser del beneficiario en el mismo momento en que se formaliza.
Este mecanismo se utiliza con frecuencia para ayudar a familiares, por ejemplo, para la compra de una vivienda o para iniciar un negocio, o bien como una forma de adelantar la herencia. No obstante, tiene una implicación clave: quien dona pierde el control sobre el bien. Si, por ejemplo, se dona una vivienda, deja de pertenecer al donante desde ese instante, lo que obliga a valorar muy bien si se necesitará en el futuro.
Las donaciones también están reguladas en el Código Civil y, por lo general, “requieren formalizarse en escritura pública ante notario, sobre todo si se trata de bienes inmuebles”, subraya el abogado.
Límites legales que pueden generar conflictos
Tanto el testamento como la donación están sujetos a restricciones legales. En ambos casos, es obligatorio respetar la legítima, lo que limita la libertad de decisión sobre el patrimonio.
En cuanto a la donación, es inmediata; desde que se realiza, el bien ya pertenece al beneficiario. “Este detalle tan simple tiene consecuencias muy importantes porque, al donar, estás perdiendo el control sobre ese bien, mientras que con el testamento lo mantienes hasta el final. Por eso, antes de donar, siempre aconsejamos valorar bien si necesitas seguir utilizando ese patrimonio o si puedes prescindir de él”, indica Manuel Hernández.
En el caso de las donaciones, existe además la figura de la “colación”. Esto significa que se tienen en cuenta para calcular si se ha respetado la legítima. Si se ha perjudicado a algún heredero, surgen reclamaciones y conflictos legales entre los herederos.
Por ello, “aunque donar puede parecer una forma sencilla de repartir bienes, no siempre evita problemas. En algunos casos, incluso puede complicar más la situación", argumenta Manuel Hernández.
La fiscalidad, el factor decisivo
Uno de los aspectos más determinantes a la hora de elegir entre testamento o donación es el impacto fiscal. En el caso del testamento, los herederos pagan el Impuesto sobre Sucesiones al recibir la herencia, cuya cuantía varía según la comunidad autónoma.
En cambio, las donaciones tributan en el momento en que se realizan, a través del Impuesto sobre Donaciones, que en algunos territorios puede ser más elevado.
Pero hay un detalle clave que muchos desconocen: “Cuando se dona un bien, el donante debe pagar impuestos. Por ejemplo, si se dona un inmueble, se genera una ganancia patrimonial en el IRPF, como si se hubiera vendido. Además, en algunos casos hay que pagar la plusvalía municipal”, explica el abogado. Incide en que esto hace que, desde el punto de vista fiscal, “la donación no siempre sea la opción más ventajosa”.
Qué opción elegir en cada caso
No existe una respuesta única. La mejor opción depende de la situación personal, familiar y económica de cada persona. El testamento suele ser más recomendable para quienes quieren organizar su herencia sin renunciar al control de sus bienes. “Es flexible, económico y permite adaptarse a cambios con el tiempo”, indica el abogado.
La donación, por su parte, puede ser útil cuando se busca ayudar a un familiar en vida o adelantar parte de la herencia, aunque implica asumir costes fiscales y perder la propiedad del bien. En muchos casos, ambas fórmulas se combinan. Se pueden realizar donaciones puntuales y, al mismo tiempo, dejar el resto del patrimonio organizado mediante un testamento.