Dos personas de Jaén han sido condenadas a ocho meses de prisión y deberán indemnizar a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha con 26.800 euros, además de los intereses legales y las costas del proceso judicial. Esta pena se les impone tras ser consideradas responsables de un delito contra el patrimonio histórico, después de ser sorprendidas realizando excavaciones no autorizadas en un yacimiento arqueológico catalogado en la provincia de Ciudad Real.
Los implicados se trasladaban desde su lugar de residencia hasta una zona apartada de la provincia con la finalidad de localizar y extraer piezas de valor histórico. Para ello utilizaban detectores de metales y herramientas como azadas, removiendo la tierra en un enclave arqueológico protegido e inscrito en la Carta Arqueológica de la región.
Los hechos se produjeron cuando una patrulla del Seprona de la Guardia Civil que transitaba por la zona sorprendió a los dos individuos en el interior de parcelas agrícolas pertenecientes al entorno protegido del yacimiento.
Al ser descubiertos, los sospechosos trataron de ocultar las piezas arqueológicas que habían extraído ilegalmente, escondiéndolas debajo del vehículo con el que se habían desplazado hasta la zona. No obstante, la rápida actuación de los agentes permitió recuperar los objetos y proceder a la identificación de los responsables de este expolio.
Daño irreparable al patrimonio histórico
La resolución enfatiza que la gravedad del expolio no se limita a la apropiación de piezas arqueológicas o a la alteración del terreno. El daño más significativo es de carácter científico e irreparable, ya que la extracción descontrolada de los objetos destruye el contexto estratigráfico al perderse su ubicación original, lo que conlleva la pérdida de información clave para la investigación y la conservación del patrimonio.
En consecuencia, la justicia ha impuesto a cada uno de los implicados una pena de ocho meses de prisión e inhabilitación para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo que dure la condena. Asimismo, han sido condenados al pago de una indemnización de 26.800 euros a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha por los daños ocasionados, cifra a la que se añadirán los intereses legales correspondientes y las costas procesales derivadas del juicio.
“Extraer un objeto arqueológico sin metodología científica es como arrancar las hojas de un libro; se pierde para siempre la información sobre su origen, su posición y su relación con otros elementos, descontextualizando los objetos sustraídos e impidiendo que la sociedad pueda conocer su verdadera historia”, enfatizan la gravedad de este tipo de hechos desde la administración y los peritos arqueológicos.
Esta resolución judicial refuerza la vigilancia y el compromiso de las instituciones en la lucha contra el uso ilegal de detectores de metales y el expolio de bienes, protegiendo un legado que pertenece a toda la ciudadanía y que constituye un pilar fundamental de la identidad de Castilla-La Mancha. Además, los delitos contra el patrimonio histórico están tipificados y penados en el Código Penal, específicamente en el artículo 323, que establece las sanciones a quienes atenten contra bienes, aunque no estén catalogados.