Para muchos trabajadores que se han quedado sin empleo, el cobro del subsidio por paro supone un alivio económico que les permite hacer frente a sus gastos en periodos en los que no reciben una nómina. Por ello, los beneficiarios de esta prestación deben estar atentos a los requisitos que se deben cumplir para no sufrir una suspensión de la misma, ya que en algunas ocasiones decisiones como disfrutar de unas vacaciones en el extranjero pueden tener consecuencias inesperadas para el contribuyente.
Ignacio de la Calzada, abogado laboralista, ha publicado un video en sus redes sociales explicando cuáles son los casos en los que el beneficiario del paro debe tener cuidado y cómo debe proceder si no quiere perder el subsidio. En sus declaraciones, el letrado subrayó que el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) establece parámetros muy definidos que determinan si el beneficiario puede conservar la ayuda. “Sí, se puede viajar si cobras el paro ahora. Hay ciertos límites y cosas que tienes que cumplir con el SEPE porque te pueden pasar factura”, advirtió, destacando la importancia de informar correctamente cada desplazamiento.
Qué pasa con los viajes cortos
De la Calzada, conocido en TikTok y otras plataformas como Un Tío Legal (@laboral_tips) identifica cuatro escenarios principales según la duración del viaje. Para desplazamientos de menos de quince días, el abogado aclaró que “puedes salir de España, tienes que comunicárselo al SEPE y no se pierde la prestación, la continuarás cobrando”. Es decir, la actividad debe notificarse al organismo pertinente, pero no conlleva sanción alguna ni suspensión del cobro.
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La situación cambia cuando el periodo en el extranjero se extiende entre quince y noventa días. En este caso, “se suspende (la prestación). Tienes que comunicarlo al SEPE y pedir autorización. Durante ese tiempo, se paraliza la prestación y cuando vuelvas, vas a seguir cobrándola. Hay un parón”, explicó De la Calzada. Por lo tanto, el proceso implica una interrupción temporal de los pagos, que se reactivan al regresar y comunicar el retorno.
Cuándo se pierde la prestación
En el caso de estancias entre noventa días y un año, la prestación queda suspendida obligatoriamente y solo es posible su reanudación si la salida responde a motivos admitidos por el organismo. Según De la Calzada, esto se aplica únicamente si la ausencia responde a “formación, cooperación o búsqueda de empleo en el extranjero, que son programas reconocidos por el SEPE”. Finalmente, si el desplazamiento supera los doce meses, la legislación interpreta que el beneficiario “no va a residir en España y, por lo tanto, no tiene derecho” a seguir percibiendo la ayuda.
El abogado incidió en que el cumplimiento de los requisitos es estricto. En caso de no comunicar la salida o no ajustarse a los plazos y motivos estipulados, el SEPE podrá exigir la devolución de las cantidades indebidamente percibidas. “Puedes salir de España y si no cumples alguno de estos requisitos, lo que va a hacer el SEPE es, cuando se entere, porque se entera, te lo va a reclamar y vas a tener que devolvérselo. Así que más vale que cumplas con la ley y, sobre todo, que no te engañen”, concluyó Ignacio de la Calzada según sus declaraciones.
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