
Un técnico y un exconcejal del Ayuntamiento de Calpe, en Alicante, han sido condenados por prevaricación administrativa por exhumar de forma ilegal a un difunto de un nicho del cementerio municipal para enterrar en él a la abuela del segundo de ellos. Así lo ha información en un comunicado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat (TSJCV).
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Alicante ha impuesto al técnico dos años, tres meses y un día de inhabilitación especial para empleo o cargo público como cómplice y nueve años la pena de inhabilitación para el exedil como autor del mismo delito. La sentencia todavía puede ser recurrida. Así mismo, el Tribunal ha absuelto de delitos de falsedad documental, contra el respeto de los difuntos, contra la integridad moral y coacciones.
Así ocurrieron los hechos
Los hechos ocurrieron entre finales de 2018 y enero de 2019, cuando la abuela del ahora técnico condenado, que para entonces era jefe de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Calpe, estaba enferma y su familia temía que falleciera. Por este motivo se interesaron por un nicho en el comentario de que estaba situado al lado de donde se encontraban los restos mortales de su marido.
Tras esto, se lo comunicaron al entonces concejal, quien pidió información a la responsable administrativa del cementerio. Sin embargo, se les indicó que ese nicho no podía ser adjudicado porque en él descansaban los restos de un ciudadano fallecido en 1973 y los herederos de éste tenían la concesión de su uso a perpetuidad, lo que equivalía a 99 años.
Los condenados redactaron una providencia con la orden de exhumación
En enero de 2019, a pesar de conocer la imposibilidad legal, el edil insistió a la administrativa para exhumar un cuerpo y enterrar a otra persona en su lugar, sabiendo que la abuela del técnico estaba por fallecer de manera inminente. Según la sentencia de la Audiencia alicantina, el edil presionó a la trabajadora diciendo que “había que hacerlo sí o sí”, que “diera una orden verbal a los sepultureros y mirara para otro lado”, y que “no había que ponerle puertas al campo”.
Pese a las presiones, la administrativa se mantuvo firme en su negativa a dar las instrucciones para vaciar el nicho y otorgarlo a la familia del otro acusado, resaltan los magistrados. Entre el 22 y el 23 de enero de 2019, ya fallecida la abuela del técnico, los condenados redactaron una providencia con la orden de exhumación, asignándole un número de registro de un expediente administrativo no relacionado con los hechos.
Esta providencia fue enviada por correo electrónico a la administrativa, quien la imprimió y la entregó a los sepultureros. Estos ejecutaron la orden, sin conocer la irregularidad del mandato, exhumando el féretro del hombre fallecido en 1973, trasladándolo a un nicho común del camposanto, e inhumando en el nicho vacío el cuerpo de la abuela del entonces jefe de Recursos Humanos.
* Con información de EFE
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