
En 2022, el Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC) modificó los límites de embargabilidad de las pensiones, una medida reclamada por la Plataforma de Mayores y Pensionistas (PMP). Esta organización celebró este cambio como una solución justa a una situación que afectaba negativamente a los derechos de muchas personas mayores. Este ajuste tiene implicaciones importantes para los pensionistas que enfrentan embargos por deudas con Hacienda o la Seguridad Social, especialmente en los meses en los que reciben pagas extra.
Desde 2020, Hacienda consideraba inembargable el equivalente a un Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para los pensionistas con deudas, aplicando este límite tanto en la paga mensual ordinaria como en la paga extra. No obstante, los pensionistas reclamaban que, de acuerdo con el artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, la cantidad inembargable debía ser el doble del SMI.
En respuesta a esta demanda, el TEAC emitió la resolución 1975/2022 el 17 de mayo de 2022, estableciendo que la cantidad inembargable es, efectivamente, el doble del SMI. En 2024, el SMI se sitúa en 1.080 euros, por lo que la cantidad inembargable para los pensionistas es 2.160 euros cuando se cobre la paga extra. Este cambio significa que, durante los meses en que los pensionistas reciben una gratificación o paga extraordinaria junto a su mensualidad ordinaria, la cantidad inembargable se incrementa significativamente, protegiendo mejor sus ingresos.
Detalles de embargabilidad según la Ley de Enjuiciamiento Civil
La resolución del TEAC especifica que “el límite de inembargabilidad de sueldos, salarios o pensiones a que se refiere el artículo 607.1 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil en el mes en que se percibe junto a la mensualidad ordinaria una gratificación o paga extraordinaria está constituido por el doble del importe del SMI mensual”.
Para los casos en los que los ingresos excedan este límite, la ley establece una escala progresiva de embargos:
- Para la primera cuantía adicional hasta el doble del SMI (2.160 euros en 2024), se podrá embargar el 30%.
- Para la cuantía adicional hasta el importe equivalente a un tercer SMI (3.240 euros en 2024), se embargará el 50%.
- Para la cuantía adicional hasta el importe equivalente a un cuarto SMI (4.320 euros en 2024), el embargo será del 60%.
- Para la cuantía adicional hasta el importe equivalente a un quinto SMI (5.400 euros en 2024), el 75%.
- Finalmente, para cualquier cantidad que exceda el quinto SMI, el embargo será del 90%.
Impacto en los pensionistas
Este cambio legislativo ofrece una protección más robusta a los pensionistas, garantizando que una mayor parte de sus ingresos esté protegida de embargos en los meses en que reciben pagas extras. La resolución del TEAC y la interpretación del artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil reconocen la necesidad de ajustar los límites de embargabilidad para reflejar mejor las realidades económicas de los pensionistas, muchos de los cuales dependen exclusivamente de sus prestaciones para subsistir.
Para los pensionistas que enfrentan embargos, es crucial entender estos nuevos límites y cómo se aplican a sus ingresos. Si bien el aumento de la cantidad inembargable proporciona un alivio significativo, aquellos con ingresos superiores a los nuevos umbrales aún pueden ver una parte considerable de sus pensiones embargadas. Este conocimiento es vital para que los pensionistas puedan planificar adecuadamente sus finanzas y buscar asesoría legal si es necesario.
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