Cuánto cobran los trabajadores metalúrgicos de la UOM en agosto tras la homologación de las paritarias

Los nuevos haberes incluyen ajustes mensuales, sumas fijas y un ingreso mínimo de referencia para el mes actual

Las sumas fijas no remunerativas en agosto alcanzan los $ 25.000 y se suman al salario mensual (Foto: Movant Connection)

La Unión Obrera Metalúrgica (UOM) firmó un acuerdo salarial con las cámaras empresariales del sector que fijó los montos para los sueldos de agosto de 2025. El convenio, que obtuvo la homologación oficial, estableció incrementos remunerativos escalonados y la continuidad del pago de sumas no remunerativas, además de un valor de referencia para el ingreso mínimo.

El convenio involucró a las cámaras ADIMRA, AFARTE, AFAC, FEDEHOGAR y CAIAMA. Se trató de una actualización que rigió por el trimestre abril-agosto de 2025 y que definió una estructura de aumentos consecutivos y bonificaciones extraordinarias, con impacto tanto en los haberes básicos como en el monto bruto mensual recibido por los trabajadores.

Aumentos remunerativos mensuales (sobre el básico):

  • Abril: 3,3 %
  • Mayo: 1,2 %
  • Junio: 1,1 %
  • Julio: 1,0 %
  • Agosto: 1,0 %

En conjunto, los aumentos acumulados en carácter remunerativo alcanzaron el 7,6 % en el período.

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Bonos no remunerativos mensuales:

  • Abril: $ 30.000
  • Mayo: $ 25.000
  • Junio: $ 25.000
  • Julio: $ 25.000
  • Agosto: $ 25.000

La combinación de aumentos remunerativos y sumas fijas no remunerativas generó un ajuste acumulado del 11,2 % total entre abril y agosto. La estructura salarial impactó directamente en todas las categorías comprendidas por el convenio colectivo de trabajo 260/75.

Ingreso Mínimo Global de Referencia (IMGR):

  • Agosto 2025: $ 909.114

Ese monto funcionó como parámetro para evitar remuneraciones por debajo del mínimo y se actualizó mensualmente de forma proporcional al esquema de aumentos vigente.

Dentro del esquema de escalas, el salario básico para la categoría de operario ingresante —rama 17, correspondiente a la actividad metalmecánica— se fijó en $ 3.668,50 por hora para agosto. Ese valor surgió de la progresión establecida desde abril, mes en que el valor hora para la misma categoría era de $ 3.514,91.

Los haberes mensuales para un trabajador ingresante, calculados sobre una jornada legal de 200 horas al mes, ascendieron así a $ 733.700 brutos, sin considerar adicionales, horas extras ni las sumas fijas no remunerativas.

Escalas salariales por categoría (valor hora en agosto):

  • Operario ingresante: $ 3.668,50
  • Medio oficial: $ 3.964,08
  • Oficial especializado: $ 4.232,93
  • Oficial múltiple: $ 4.551,92
  • Técnico especializado: $ 4.766,06
  • Administrativo calificado: $ 4.272,11
  • Supervisor: $ 5.314,14
El ingreso mínimo global de referencia fijado para este mes es de $ 909.114 brutos (Foto: Shutterstock)

Las sumas fijas no remunerativas se abonaron por fuera de la escala salarial, sin impacto en el cálculo de aportes ni en el aguinaldo. Tampoco formaron parte del salario básico, aunque se sumaron al monto total percibido cada mes. Por su carácter no remunerativo, esas bonificaciones tampoco modificaron la base de cálculo de otros ítems como horas extras o licencias.

La aplicación del aumento del 1,0 % en agosto se realizó sobre el salario vigente en julio, lo que implicó un incremento lineal. El mismo criterio se utilizó para los aumentos previos, de modo que el incremento fue acumulativo mes a mes.

En cuanto al IMGR, el valor de $ 909.114 representó el ingreso bruto de referencia que debía alcanzar un trabajador metalúrgico a jornada completa, incluyendo el salario básico y los adicionales, pero sin contar las sumas fijas no remunerativas. Esa cifra funcionó como piso para evitar que los haberes quedaran por debajo del umbral establecido en el convenio.

La escala salarial también contempló adicionales por presentismo, antigüedad y cumplimiento de tareas específicas. Esos conceptos, no incluidos en el salario básico, se calcularon sobre la base acordada y se aplicaron según la normativa vigente.

El acuerdo entre la UOM y las cámaras empresarias fue negociado en el marco de las discusiones paritarias del primer semestre del año. La homologación formal por parte de la Secretaría de Trabajo permitió su implementación en las empresas del sector, aunque algunos puntos del convenio quedaron pendientes de revisión por parte del Estado, según el acta firmada.

Las ramas involucradas en el convenio incluyeron la producción metalmecánica, autopartista, electrodomésticos, artículos del hogar, aluminio y afines. La mayoría de las empresas aplicaron el esquema salarial acordado, en tanto que los sindicatos se mantuvieron en estado de alerta para asegurar su cumplimiento pleno.

Además del ingreso mínimo y los aumentos mensuales, el acuerdo preveía el seguimiento periódico del impacto inflacionario y la reapertura de la negociación en septiembre. Ese punto buscó garantizar una actualización salarial acorde a la evolución de los precios y la situación macroeconómica.

Las cámaras empresariales se comprometieron a respetar las condiciones salariales pactadas, mientras que la representación gremial dejó abierta la posibilidad de adoptar medidas si alguna parte del acuerdo no se aplicaba correctamente. En particular, el cumplimiento de las sumas fijas no remunerativas fue uno de los ejes de vigilancia sindical.

La estructura salarial resultante para agosto contempló los elementos básicos de la negociación colectiva, con actualización progresiva y monitoreo sectorial. Los montos definidos funcionaron como base de referencia para futuras negociaciones y también como piso para eventuales reclamos por diferencias salariales.

La UOM difundió internamente los cuadros con las escalas actualizadas y recomendó a sus seccionales verificar que los valores aplicados en cada empresa coincidieran con lo establecido en el acuerdo. Asimismo, solicitó a los trabajadores revisar sus recibos de sueldo para detectar posibles errores u omisiones.

En términos operativos, las empresas comenzaron a liquidar los sueldos de agosto con los nuevos valores desde la primera semana del mes. Las sumas fijas se abonaron en fechas acordadas con cada representación local, sin interferencias en los plazos del salario habitual.

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