Cómo es el proyecto de ley para proteger el patrimonio ante una eventual incapacidad

Desde el Colegio de Escribanos porteño aseguran que durante la pandemia crecieron la consultas de personas que quieren tomar decisiones por anticipado sobre su salud y patrimonio

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(Foto: Pixabay)
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Este miércoles se presentará oficialmente en el Congreso un proyecto de ley que otorgará a las personas la posibilidad de tomar decisiones en forma anticipada sobre su salud y su patrimonio en caso de incapacidad y dejarlas asentadas ante un escribano. La autoría del proyecto es del senador riojano Ricardo Antonio Guerra y cuenta con el apoyo de los distintos colegios de escribanos.

“Durante la pandemia, vimos crecer la demanda de personas que querían tomar decisiones por anticipado ante una posible situación de incapacidad. No solo para disponer de los temas médicos y tratamientos que se está dispuesto a aceptar sino también de efectos patrimoniales”, explicó Jorge De Bártolo, presidente del Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires.

En este caso, no es lo mismo que un poder, que pierde efecto cuando la persona fallece o está incapaz. Son mandatos especiales para situaciones de incapacidad (De Bártolo)

Estas directivas se conocen legalmente como actos de autoprotección. “Cuando alguien queda incapacitado, hay situaciones patrimoniales como plazos fijos por cobrar, mantenimiento de propiedades, cuotas alimentarias que queda todo en un limbo. El proyecto prevé que se pueda dejar un mandato. En este caso, no es lo mismo que un poder, que pierde efecto cuando la persona fallece o está incapaz. Son mandatos especiales para situaciones de incapacidad”, agregó el escribano.

El proyecto se fundamenta, en primer lugar, en el derecho de cada persona de poder decidir sobre su salud y su patrimonio frente a una eventual pérdida de sus aptitudes de autogobierno. “Comprende la facultad para dejar plasmada su voluntad (cuentan con el discernimiento necesario) en este campo de manera fehaciente para que sea respetada en el futuro”, se explica en los fundamentos del proyecto del senador Guerra.

El senador riojano Ricardo Antonio Guerra, autor del proyecto
El senador riojano Ricardo Antonio Guerra, autor del proyecto

Hasta ahora, la denominación de “directivas anticipadas” se utiliza para temas relacionados con la salud, pero el proyecto abarca también otras cuestiones, como las patrimoniales. La denominación “actos de autoprotección” se comenzó a usar en 1998 y es la más generalizada en la Argentina dentro del ámbito notarial.

También se conocen como “testamento para la vida” (traducción literal de “living will”, como se lo denomina en el derecho anglosajón), “disposiciones y estipulaciones para la propia incompetencia”, “previsiones para la eventual pérdida del discernimiento”, entre otras.

La denominación “actos de autoprotección” se comenzó a usar en 1998 y es la más generalizada en la Argentina dentro del ámbito notarial

El proyecto contempla los poderes preventivos, donde la persona puede designar a otra persona de confianza para que actúe en su nombre y representación, ante una eventual pérdida de su discernimiento, apreciada según él mismo disponga. “Ante la pérdida de autonomía del otorgante, se agiliza así la realización de las gestiones y diligencias necesarias a su subsistencia, sin necesidad de esperar los tiempos y trámites que implica una sentencia judicial”, se detalló en los fundamentos.

Estas formalidades evitarán la demora, burocratización y judicialización de decisiones trascendentes sobre la vida, especialmente cuando no hay acuerdo entre familiares, médicos o allegados, se aclaró en el proyecto.

“El proyecto permite que mientras alguien está incapaz, otra persona pueda seguir a cargo de la parte patrimonial. Aunque tiende a la administración y conservación del patrimonio mientras hay una situación de incapacidad, puede abarcar cuestiones como la venta de propiedades, no hay restricciones en ese caso”, advirtió De Bártolo.

El Colegio de Escribanos impulsa el uso de herramientas digitales para certificar firmas
El Colegio de Escribanos impulsa el uso de herramientas digitales para certificar firmas

“Se enmarca en el concepto de derecho de la vejez. Hoy recibimos muchas consultas sobre este tema pero no contamos con una herramienta para instrumentarla. Como producto de esta pandemia se pensaron a plantear más estas cuestiones. Las donaciones, por ejemplo, aumentaron exponencialmente en el último año. Más personas buscan dejar todo clarificado”, agregó.

Como la legislación vigente prohíbe las prácticas eutanásicas, esta prohibición se reitera en el artículo 6 del proyecto para evitar las interpretaciones equívocas.

Donaciones y firma certificada digital

Desde el Colegio de Escribanos porteño están trabajando, además, en varias innovaciones en sus trámites más frecuentes. Para principios de junio, por ejemplo, esperan tener vigente un sistema de certificación de firma digital, que podrá realizarse a través de una app, sin necesidad de tener que acercarse en forma presencial hasta una escribanía.

Esta firma digital tiene validez para procesos como trámites que se realizan ante la AFIP o para la certificación de contratos de alquiler, entre otros. El proceso se realiza en forma online, siempre con la intervención de un escribano, y luego tiene un proceso de validación.

Por otro lado, los escribanos destacaron que uno de los trámites que más creció durante la pandemia fue el de la donación de propiedades, luego de los cambios que se realizaron al Código Civil y que permitieron que los títulos que provienen de donaciones ya no sean observables jurídicamente, lo que complicada la venta o su uso como garantía. De un promedio de 7.000 donaciones por año se pasó a más de 11.000 en 2021 y en el primer trimestre de este año ya crecieron un 10% con respecto al mismo período del año anterior.

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