Bienes Personales: el Gobierno detalló en qué podrán invertirse los fondos repatriados para eludir la alícuota máxima de 2,25%

El Decreto publicado este jueves en el Boletín Oficial busca generar más interés entre los contribuyentes que dudan en traer el 5% de sus activos en el exterior para pagar menos por este impuesto

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Además del presidente Alberto Fernández, el ministro de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas, y el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, firmaron el nuevo Decreto (NA/DANIEL VIDES).

El Gobierno amplió los beneficios para los contribuyentes que decidan traer sus fondos del exterior para no tener que pagar la alícuota máxima del 2,25% en el impuesto a los Bienes Personales, en el contexto de la sancionada “Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el marco de la Emergencia Pública”. Así, a través del Decreto 116/2020 publicado este jueves en el Boletín Oficial, intentó incentivar a quienes estaban dudando sobre la conveniencia de repatriar sus activos, brindándoles opciones para invertirlos.

La medida modificó el Decreto 99/2019, que se había publicado durante los últimos días del año pasado. Dicha norma estableció que quienes trajeran al menos un 5% de sus fondos al país (hasta el 31 de marzo de cada año) y los mantuvieran en una cuenta a nombre del titular hasta el 31 de diciembre, afrontarán alícuotas menores. De mantener esas tenencias íntegramente en el exterior, quedan sujetos al pago del impuesto a una alícuota del 0,70% para activos menores a $ 3 millones; 1,20% entre $ 3 y $ 6,5 millones; y 1,80%, entre $ 6,5 y $ 18 millones; mientras que tributarán 2,25% de $ 18 millones en adelante.

Los bienes en el exterior incluidos van desde divisas depositadas en bancos, participaciones societarias o acciones, hasta bonos soberanos y corporativos y fondos comunes de inversión.

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Con el nuevo Decreto, firmado por el presidente Alberto Fernández, el jefe de Gabinete Santiago Cafiero y el ministro de Desarrrollo Productivo Matías Kulfas, se abrió la posibilidad de que, además, los contribuyentes lleven a cabo inversiones para “permitir el desarrollo del mercado financiero y la reactivación de la economía real”. De esta forma, el Gobierno “estima oportuno admitir que los fondos puedan ser afectados, con posterioridad a la repatriación, a determinados destinos”, que concretamente son tres:

- Su venta en el mercado único y libre de cambios, “a través de la entidad financiera que recibió la transferencia original desde el exterior”.

- La adquisición de “certificados de participación y/o títulos de deuda de fideicomisos de inversión productiva que constituya el Banco de Inversión y Comercio Exterior”. En este caso, la inversión deberá mantenerse bajo la titularidad del contribuyente hasta el 31 de diciembre y los fondos deben provenir de la misma cuenta que recibió la transferencia original desde el exterior.

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- La suscripción o adquisición de “cuotapartes de fondos comunes de inversión”, respetando las dos condiciones señaladas para los fideicomisos.

Asimismo, se aclaró que cuando los fondos se destinaran de manera parcial a alguna de estas tres operaciones, el remanente deberá continuar depositado en la cuenta original -"cajas de ahorro, cuentas corrientes o depósitos en plazos fijos"-, siempre hasta el 31 de diciembre.

Por otra parte, el Decreto determinó que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) sea la entidad encargada de “controlar la acreditación del ingreso al país de los fondos provenientes del exterior, como así también del cumplimiento de los requisitos previstos en la norma”.

En 2019 el impuesto a los Bienes Personales recaudó alrededor de $ 30.000 millones, por lo que se trata de uno de los tributos con menos peso específico dentro de la recaudación de impuestos nacionales. De hecho, con el blanqueo 2016-2017 la administración de Mauricio Macri había contemplado una reducción de sus alícuotas, que luego se revirtió.

Hasta ahora, la posibilidad de repatriar fondos había generado escaso interés, ya que los contribuyentes de alto poder adquisitivo prefieren pagar una alícuota mayor antes que dejar sus dólares en una cuenta nacional, dada la larga historia de confiscaciones de las últimas décadas.

Los tributaristas consultados por Infobae habían adelantado que una innovación de este tipo podría ser positiva, aunque admitieron que el dinero que reingrese al país será mucho más difícil de controlar.

César Litvin consideró "una buena idea" que se puedan utilizar los fondos en inversión "en la economía real, mercado de capitales o inmuebles”.

“Es una buena idea que se puedan utilizar los fondos en inversión en la economía real, mercado de capitales o inmuebles”, sostuvo César Litvin. Por otro lado, un colega que prefirió mantener su identidad reservada afirmó que “la propuesta puede torcer el fuerte escepticismo de la gente a traer los fondos del exterior si quedan inmovilizados en un banco”. Sin embargo, admitió que “permitir que este dinero se invierta fuera del sistema financiero hará muy difícil su control: ¿quién asegura que la gente no trae la plata, la invierte en un fideicomiso y luego la saca del sistema?”. Este desvío, recordó el especialista, ya se dio en el blanqueo del 2009.

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