
El exgobernador del Valle del Cauca Juan Carlos Abadía Campo fue confirmado como culpable por la Corte Suprema de Justicia por los delitos de contrato sin cumplimiento de requisitos legales y peculado por apropiación en favor de terceros.
La sentencia, en segunda instancia, tramitada por el magistrado ponente Gerardo Barbosa Castillo, el 10 de junio de 2026 en Bogotá, dejó en firme la condena a 21 años y siete meses de cárcel y una multa de 187.94 salarios mínimos mensuales legales vigentes para la época de los hechos que se sumarán a los 817.482.400 de pesos por concepto del peculado.
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La sentencia corresponde a una serie de irregularidades en un contrato destinado a dotar bibliotecas escolares en varios municipios del departamento. Los hechos de corrupción ocurrieron tras la elección de Abadía como gobernador.
Estas fueron las irregularidades
Según el fallo, las irregularidades sucedieron desde el 29 de enero de 2010, cuando Juan Carlos Abadía Campo, gobernador electo del departamento del Valle del Cauca, su secretario de educación, Eiber Gustavo Navarro Piedrahita y Luz Delly Martínez Cárdenas, representante legal de la fundación sin ánimo de lucro Calimío, “suscribieron el convenio de cooperación de interés público 0110, cuyo objeto era aunar esfuerzos para la ejecución del proyecto ‘Dotación Bibliotecas Escolares’ consistente en la dotación de material bibliográfico de 40 bibliotecas escolares ubicadas en las instituciones educativas de los municipios de Andalucía, Bugalagrande, Riofrio, Trujillo, Bolívar, San Pedro, Yotoco, Vijes, La Victoria y Toro”, se lee en la sentencia.
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La gobernación comprometió 1.000.000.000 de pesos de presupuesto público, mientras que la Fundación Calimío, contratada como intermediaria, debía sumar 72.000.000 para logística y entrega.
Entonces, se presentó una estructura de sucesivas subcontrataciones. La Fundación Calimío firmó un contrato con Ediciones Alfa y Omega por el valor total de los libros. Esta editorial, a su vez, pagó a Ediciones La Clave del Saber un monto mucho menor, y finalmente, esta última compró los libros a las editoriales originales por apenas 182.517.600 de pesos. El resto del dinero, más del 75 % de lo pagado por el Estado, se diluyó entre intermediarios.
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Según el documento judicial, se utilizó la figura de un convenio de interés público para evitar el proceso de licitación, a pesar de que el monto superaba la menor cuantía y existía una clara contraprestación.
Además, no se realizaron estudios previos serios sobre las necesidades reales de las instituciones ni se sustentó el valor del convenio en un estudio de precios de mercado, lo que generó sobrecostos significativos. El proceso tampoco fue publicado en el sistema electrónico de contratación pública (Secop), y la fundación seleccionada no acreditó la experiencia ni la idoneidad exigidas por la normativa.
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Desde el máximo tribunal se ratificó que, bajo el mandato de Abadía Campo, el Estado colombiano perdió $817.482.400, casi ocho veces más que el valor real de los libros que recibieron las escuelas. La mayor parte de ese dinero terminó en manos de intermediarios privados y personas vinculadas por relaciones familiares.
El fallo también sacó a la luz un entramado de relaciones personales y familiares entre los representantes de las distintas editoriales oferentes y la fundación elegida.
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La apelación de Abadía Campo: “No hubo perjuicio”
Por su parte, el abogado Abadía Campo argumentó que los libros efectivamente llegaron a los colegios y que, según su interpretación, no existió perjuicio económico porque el precio estaba validado en registros oficiales y en la necesidad de fortalecer la educación.
La defensa también sostuvo que la Fundación Calimío no ganó nada, ya que usó la totalidad del dinero recibido para comprar el material. Además, alertaron que la logística y entrega estaban incluidas en el valor pactado, lo que justificaba la contratación externa.
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Por otro lado, la defensa sugirió que el gobernador confió en su equipo técnico y jurídico. Alegó que la sobrecarga de funciones le impedía examinar minuciosamente cada contrato.
No obstante, la Corte Suprema desestimó estos planteos. Explicó que el mecanismo elegido permitió eludir una licitación pública y evitó la selección objetiva de un prestador, lo que abrió la puerta a “la defraudación del erario”.
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La sentencia calificó como una simulación la apariencia de legalidad basada en cotizaciones hechas por empresas relacionadas familiarmente entre sí y con la propia Fundación Calimío. “Las propuestas claramente estaban direccionadas y preacordadas”, definió la Corte, en una afirmación clave para el caso.
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