
El 24 de marzo, La Titular reveló que hay una denuncia en contra del jugador de Atlético Nacional Nicolás Rodríguez, que está siendo acusado por una joven de haberla abusado sexualmente.
El medio citado informó que la denuncia fue radicada el 19 de marzo ante la Fiscalía General de la Nación y habría ocurrido en la madrugada del 15 de marzo en Rionegro, después de una salida nocturna con consumo de alcohol y presunta desorientación de la denunciante.
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Sin que exista ningún tipo de comunicado por parte de la Fiscalía, se confirmó que la investigación continúa en etapa de indagación, sin que hasta el momento exista imputación formal contra el futbolista.
Penalista analizó el caso

En diálogo con Infobae Colombia, el abogado penalista Rogelio Roldán explicó que “no se trata solo de un rumor o de una situación que haya surgido sin ningún fundamento”, resaltando que en la denuncia se mencionan hechos concretos y fuentes verificables, por lo que la investigación apunta a determinar si existió un delito de acceso carnal o acto sexual en persona puesta en incapacidad de resistir.
“En dicha denuncia se habla de consumo de alcohol, desorientación y pérdida de control”, resaltó el abogado, que agregó que estos elementos pueden configurar circunstancias agravantes como lo es la inferioridad de la víctima.
Según Roldán, la etapa actual corresponde a la indagación previa, en la que se recogen pruebas para establecer si hay mérito para una audiencia de imputación. “Con la mera denuncia no se puede hablar propiamente de que ya haya un proceso, de que ya exista un juicio oral o que ya exista por lo menos una imputación”.
El abogado remarcó que la presunción de inocencia del jugador permanece intacta hasta que un juez determine su responsabilidad: “Ese principio de presunción de inocencia se encuentra incólume, no se encuentra permeado ni siquiera por la imputación”.
Al hablar de la investigación penal, el jurista indicó que se involucra el análisis de exámenes médicos, sexológicos, toxicológicos, registros de cámaras y comunicaciones electrónicas, además del testimonio de la denunciante y posibles testigos.
Roldán describió que la calificación jurídica dependerá del grado de consentimiento y la capacidad de la víctima para manifestar su voluntad. “El punto controversial es si hubo consentimiento y si había capacidad para hacer la manifestación de voluntad. Es decir, si tenía esa capacidad para consentir el acto”.
El penalista aclaró que, si la prueba determina que existió penetración sin consentimiento por incapacidad de la víctima, el proceso podría encuadrarse como acceso carnal violento. En Colombia, este delito puede acarrear penas de entre 12 y 20 años de prisión, de acuerdo con el Código Penal, y la sanción puede aumentar en función de agravantes como el estado de indefensión, la incapacidad para resistir o el aprovechamiento de una situación de vulnerabilidad.

El abogado advirtió sobre la importancia del debido proceso y la necesidad de que la defensa analice si existieron motivaciones espurias en la denuncia. Según sus declaraciones, en estos casos la defensa debe demostrar con argumentos que existió interacción voluntaria y capacidad de consentimiento, lo que podría excluir de la conducta punible. En contraste, si se demuestra la ausencia de consentimiento por incapacidad de voluntad, el proceso avanzaría hacia la imputación y eventual juicio oral.
El abogado enfatizó el papel de la Fiscalía en la recolección de pruebas que permitan acreditar la existencia del hecho, la oportunidad y la ausencia de consentimiento. “La defensa debe atacar lo que se conoce como corroboración periférica, en el entendido de que en estos delitos por lo general no hay testigos y debe hacerse unos juicios lógicos a partir de los indicios”.
Por último, el abogado anticipó que, en caso de que se lleve a cabo un juicio, la clave estará en los resultados periciales. Mientras el caso avanza en la etapa preliminar, Nicolás Rodríguez permanece vinculado al plantel de Atlético Nacional, donde ha disputado 12 partidos en la actual temporada.
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