
Bogotá ofrece una amplia gama de subsidios y programas habitacionales para facilitar el acceso a vivienda propia. Bajo el Plan de Vivienda ‘Mi Casa en Bogotá’, liderado por la Secretaría Distrital del Hábitat, la Administración distrital puso a disposición de las familias varias rutas para superar las barreras financieras y legales de la adquisición.
El Plan de Vivienda ‘Mi Casa en Bogotá’ ofrece diversas alternativas para atender las necesidades de la población de la ciudad. Su objetivo es facilitar el acceso, el mejoramiento y la sostenibilidad de la vivienda, además de aportar a la equidad social y al desarrollo del sector habitacional. Estas son algunas de las soluciones propuestas:
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Uno de los ejes centrales del plan es el curso ‘Educación e Inclusión Financiera’, orientado a quienes enfrentan dificultades por falta de bancarización, reportes negativos en centrales de riesgo o desconocimiento sobre los procesos de compra y cierre financiero.

Este programa puede cursarse de manera virtual, a través de ferias de vivienda y la Escuela del Hábitat, o presencialmente en los Centros de Desarrollo Comunitario (CDC) de cada localidad. La inscripción está abierta a toda persona interesada en obtener vivienda y se realiza mediante convocatorias publicadas en el portal web de la entidad.
El programa Oferta Preferente permite que la Secretaría del Hábitat separe unidades de vivienda de interés prioritario (VIP) y vivienda de interés social (VIS), asignando subsidios que en 2026 oscilan entre $17.509.050 y $52.527.150, dependiendo del proyecto y las condiciones del hogar.
Para aplicar, los ingresos familiares no deben superar los $7.003.620, y ninguno de los integrantes debe ser propietario de otra vivienda ni haber sido beneficiario de otro subsidio aplicado. El subsidio solo se otorga en proyectos previamente definidos por la entidad y la información sobre las convocatorias se publica en los canales oficiales.

A través de Reactiva tu Compra, la dependencia busca beneficiar hogares de menores ingresos que tienen dificultades para el cierre financiero en viviendas próximas a escrituración y entrega. El subsidio de $17.509.050 para 2026 puede sumarse a otros apoyos del Sistema Nacional de Vivienda de Interés Social, facilitando la concurrencia de beneficios.
Para aplicar, el proyecto debe estar inscrito en la secretaría, el jefe de hogar debe ser mayor de edad y los ingresos no deben superar los $7.003.620. El proceso inicia en la sala de ventas del proyecto elegido, donde el vendedor orienta la inscripción y validación de requisitos.
El programa Reduce tu Cuota está diseñado para quienes ya cuentan con un crédito hipotecario o leasing habitacional para VIS o VIP en Bogotá. Otorga un subsidio de $21.010.860 en 2026, distribuido en 48 cuotas mensuales que la Secretaría paga directamente a la entidad financiera, aliviando el pago mensual del beneficiario.
Los requisitos incluyen acreditar ingresos familiares de hasta $7.003.620, no ser propietario de otra vivienda y no haber recibido beneficios de cobertura de tasa de interés nacional, salvo para el cierre financiero de la misma vivienda.

El programa Ahorro para mi Casa entrega hasta $13.026.733 en 2026, pagados en 12 cuotas mensuales, para cubrir total o parcialmente el canon de arrendamiento de una vivienda. El apoyo está condicionado a que los hogares, con ingresos de hasta $3.501.810, mantengan un ahorro mensual. La priorización favorece a familias en riesgo de violencia, víctimas del conflicto, personas con discapacidad, cuidadores, jóvenes, minorías étnicas y adultos mayores, entre otros grupos.
El Arrendamiento Temporal Solidario es un subsidio de hasta $1.085.000 mensuales durante máximo seis meses, dirigido a hogares con ingresos de hasta $1.750.000 y en condición de especial protección. Para acceder, el jefe de hogar debe ser mayor de edad, no poseer vivienda y acreditar pertenencia a algún grupo poblacional priorizado. Se requiere presentar la documentación exigida en formato digital.
Finalmente, el programa Mejora tu Casa ofrece subsidios de hasta quince salarios mínimos legales vigentes para obras en baños, cocinas, habitaciones y áreas comunes, sin exigir licencias de construcción. Los hogares deben acreditar ingresos de hasta $7.003.620, ser propietarios o poseedores de la vivienda a intervenir y no haber recibido subsidios de mejoramiento en los últimos diez años.
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