
La acción de tutela radicada por la defensa del expresidente de la República Álvaro Uribe Vélez ante el Tribunal Superior de Bogotá, en contra de la jueza 44 de conocimiento de la capital de la República, Sandra Liliana Heredia, debido a los señalamientos de que no estaría llevando el juicio en contra del exmandatario de manera “imparcial”, no será analizada por uno de los miembros del referido órgano judicial, según se conoció el lunes 17 de febrero de 2025.
El magistrado Ramiro Riaño, perteneciente al tribunal y que conoció por reparto la tutela, se apartará del estudio del recurso interpuesto por los abogados del ex jefe de Estado, Jaime Granados y Jaime Lombana, por considerar que existe un posible conflicto de intereses en el caso; con lo que, en términos más claros, se declaró impedido para pronunciarse en lo referente a esta tutela; pese a que él fue el que firmó el auto con el que se suspendió de manera momentánea el juicio contra el exgobernante.
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¿Por qué magistrado del Tribunal de Superior de Bogotá se declaró impedido para estudiar la acción de tutela radicada por Álvaro Uribe?
La razón del impedimento radica en que su esposa, Luz Adriana Gutiérrez, fue nombrada en el 2013 por el exfiscal Eduardo Montealegre Lynett, declarado como víctima en el proceso que involucra al expresidente, como fiscal en provisionalidad en Zipaquirá (Cundinamarca); por lo que alegó que podría verse inmerso en el hecho descrito y puso de manifiesto su incapacidad, según él, para participar en el proceso de deliberación de este mecanismo, previsto en el artículo 86 de la Constitución Política; que en este caso busca proteger el derecho a la defensa.
“Al advertir tal situación, debo acudir a lo expuesto en el art. 56.1 de la Ley 906 de 2004′ norma aplicable para el trámite de la tutela, según el artículo 39 del Decreto 2591 de 1991 y plantear mi impedimento para continuar con el conocimiento del presente asunto", precisó el magistrado Riaño, que agregó que al apartarse busca “evitar cualquier cuestionamiento sobre la no imparcialidad como juez que, es precisamente, el tema que se discute y origina la recusación, que motiva la tutela”.

De esta manera, el togado no participará en la decisión de este órgano, a al que llegó la acción de tutela que tuvo su origen en una recusación rechazada por Heredia: que, pese a los argumentos que expusieron los apoderados de Uribe, al acusar a la jueza de presuntamente vulnerar el debido proceso, no le dio trámite a la misma y la rechazó “de tajo”; lo que en su momento generó opiniones contrarias a su actuación.
Es válido destacar que la tutela, sobre la cual se entregaron medidas cautelares hasta que se tome una decisión de fondo, tiene suspendido el juicio oral al que está siendo sometido Uribe: imputado por la Fiscalía de la comisión de los delitos de soborno, fraude procesal y manipulación de testigos. Según explicó la defensa, estas acusaciones son injustas y se ha denunciado un presunto sesgo por parte de la jueza Heredia al desestimar solicitudes legítimas expuestas en las audiencias que se han efectuado en este juicio.
Uno de los que reaccionó a este anuncio fue el abogado de las víctimas Miguel Ángel del Río, que representa los intereses del exparamilitar Juan Guillermo Monsalve y su exesposa, Deyanira Gómez. El abogado lamentó este nuevo suceso, al considerar que “El tiempo jugando a favor del acusado”, teniendo en cuenta que el 8 de octubre de 2025 preescribirá el caso Uribe Vélez, acusado de intentar ‘torcer’ el testimonio de algunos exintegrantes de las autodefensas, que lo acusan de haber fundado el Bloque Metro.

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