María Fernanda Cabal ‘sacó pecho’ por derogación del Ministerio de la Igualdad: “Basura populista”

Recordó que en las discusiones que hubo en el Congreso no se tuvo en cuenta su viabilidad fiscal, argumento por el que la Corte Constitucional tumbó la creación de esa nueva cartera

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Senadora María Fernanda Cabal en la audiencia de paz total de la Corte Constitucional. Foto: Corte Constitucional
La senadora María Fernanda Cabal celebró la decisión de la Corte Constitucional de declarar que el Ministerio de la Igualdad no formará parte del ordenamiento jurídico colombiano. (Crédito: Corte Constitucional)

Luego de que la Corte Constitucional tumbara la creación del Ministerio de la Igualdad, decisión que se conoció en la noche del miércoles 8 de mayo, la senadora María Fernanda Cabal también “sacó pecho” por esa decisión ya que cuando se debatió en el Congreso el proyecto de ley con el que se creaba esa nueva cartera en el Ejecutivo, advirtió que este no contaba con una proyección del presupuesto para su puesta en funcionamiento.

“El Ministerio de la igualdad se cae porque ni siquiera tuvieron en cuenta el impacto fiscal lo que cuesta y dónde van a salir los recursos todo en este gobierno es improvisado”, afirmó en un video que publicó en su cuenta oficial de la red social X.

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En la misma red social aseguró que ese fue uno de las razones que llevó a que su colega Paloma Valencia iniciara una causa legal en contra de la creación de ese nuevo ministerio.

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“Como ponente que fui de la Ley que creaba el Ministerio de la Igualdad, solicité el archivo de la iniciativa por carecer de concepto favorable de impacto fiscal. Argumento que quedó consignado en la demanda de la senadora (sic)”, trinó.

Finalmente recordó que el impacto económico que tendría la nueva entidad del Gobierno Nacional era un requerimiento en las iniciativas de este tipo en el Legislativo.

“La ley 819 del 2003 obliga a tener en cuenta ese costo. Pero, además, aquí se inventa el Ministerio por populismo y por politiquería cuando lo que hay que darle a la gente es instrumentos para salir adelante, no basura populista (sic)”, afirmó.

Más temprano había calificado de acertada la decisión del tribunal constitucional precisamente porque en la creación de ese ministerio no se tuvo en la mencionada normativa.

(Crédito: @MariaFdaCabal / X)

La senadora Paloma Valencia también se había pronunciado por esa decisión que consideró como un triunfo de la oposición.

“Un ministerio que como les he contado era pura burocracia 1 billón 300.000 millones de los cuales 900.000 millones eran para repartir puestos y apenas 400.000 millones para la inversión que se necesita para los colombianos. Con una vergüenza adicional, y es que en todo lo que llevan tratando de implementarlo solo han logrado un 1,6% de ejecución de ese presupuesto”, celebró en un video que publicó en su cuenta de X.

La Corte Constitucional dictaminó que la mencionada entidad del Gobierno nacional finalizará sus funciones al concluir el periodo presidencial de Gustavo Petro, lo cual implica que, a partir del 20 de julio de 2026, después de dos legislaturas, el ministerio dejará de formar parte de la estructura estatal. Este hecho representa un revés significativo para el compromiso realizado por el jefe de estado durante su campaña, incluso hacia Márquez, respecto a la creación y fortalecimiento de esta cartera.

“Una vez culmine la legislatura 2025-2026, la Ley 2281 de 2023 (con la que se creó el nuevo ministerio) dejará de producir efectos definitivamente y no formará parte del ordenamiento jurídico”, señalaron en uno de los apartes del fallo.

La Sala Plena identificó que el proceso legislativo que dio origen al ministerio presentó diversas irregularidades procedimentales, resultando en que la discusión fuese declarada inconstitucional. Este resultado fue a favor de la demanda interpuesta por la senadora Paloma Valencia.

En detalle, la Corte observó que el Congreso cometió un error procesal grave, al omitir el análisis de impacto fiscal requerido para la creación del Ministerio de Igualdad y Equidad, tal como lo estipula el artículo 7º de la Ley 819 de 2003, la cual establece los principios de presupuesto, responsabilidad y transparencia fiscal.

Esta falta por parte del legislativo transgredió el artículo 151 de la Constitución Política, que aclara la necesidad de cumplir con los procedimientos exigidos por la Ley 819 de 2003 para la aprobación de leyes ordinarias.

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