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Pico y placa regional en Bogotá: el lunes festivo del 13 de mayo habrá restricción en las entradas a la ciudad

Esto es todo lo que debe saber para volver a la capital colombiana después de haber viajado durante el puente festivo del Día de la Madre

Así funcionará el Pico y placa regional para el 31 de marzo en Bogotá - crédito Secretaría de Movilidad de Bogotá
Así funcionará el Pico y placa regional para el 31 de marzo en Bogotá - crédito Secretaría de Movilidad de Bogotá
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Este lunes festivo concluye el segundo feriado de mayo, que coincidió con el Día de Madre. Por eso, las autoridades encargadas de la movilidad en la capital colombiana prevén una entrada masiva de viajeros a la ciudad.

Una de las medidas para organizar el tránsito y evitar la alta congestión vehicular es el Pico y placa regional, que se aplica algunos domingos y todos los festivos. Por eso, para evitar una infracción, le contamos la restricción en las nueve entradas de la ciudad, para que no lo tome desprevenido el lunes 13 de mayo de 2024.

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El Pico y placa regional funcionará así para el segundo puente festivo de mayo:

  • Entre las 12:00 m. y las 4:00 p. m. solo podrán ingresar los vehículos con placas terminadas en número par.
  • Entre las 4:00 p. m. a 8:00 p. m. podrán ingresar vehículos con placas impares.
Pico y placa regional 13 de mayo de 2024
Pico y placa regional 13 de mayo de 2024 - crédito @BogotaTransito/X

Cabe recordar que fuera de los horarios mencionados, no habrá restricciones de ingreso. Es decir, antes del mediodía del domingo la entrada es libre. así como después de las 8:00 p. m.

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Estos son los nueve corredores clave en los que se aplica la restricción del Pico y placa regional:

  • Autopista Norte: del peaje Andes al Portal Norte de Transmilenio, para los vehículos que transitan por la calzada sentido norte a sur.
  • Autopista Sur: desde el vecino municipio de Soacha (Cundinamarca) hasta la avenida Boyacá, para los automotores que circulan en la calzada de sur a norte.
  • Calle 13 (avenida Centenario): a partir del río Bogotá y hasta la avenida Ciudad de Cali, o avenida carrera 86, en sentido occidente a oriente.
  • Calle 80: del puente de guadua al Portal 80 de Transmilenio, en la calzada sur, es decir para los conductores que se movilizan hacia el oriente.
  • Carrera Séptima: La restricción opera en el tramo que comprende desde la calle 245 hasta la calle 183, en sentido norte - sur.
  • Avenida Boyacá (vía al Llano): del túnel Argelino Durán Quintero a la antigua vía al Llano, en sentido sur - norte.
  • Vía Suba - Cota: desde el río Bogotá hasta la calle 170, hacia el sur.
  • Vía a La Calera: en el tramo comprendido entre el peaje Patios y la carrera Séptima, en la calzada que conduce sentido oriente - occidente.
  • Vía a Choachí: a partir de la vía a Monserrate y hasta la avenida Circunvalar, en el sentido que va de oriente a occidente.
La Secretaría de Movilidad informó los horarios en los que regirá el Pico y placa regional - crédito @SectorMovilidad/X

Algunas recomendaciones de la Secretaría de Movilidad para un ingreso seguro y efectivo a Bogotá

  • Planificar con anticipación el regreso a Bogotá.
  • Evitar generar filas de vehículos en las entradas de la ciudad.
  • Revisar el estado técnico-mecánico del vehículo y tener la documentación vigente.
  • Descansar adecuadamente antes de conducir.
  • Conducir sin consumir alcohol ni sustancias psicoactivas y respetar las normas de tránsito así como los límites de velocidad.

Intentar ingresar a Bogotá fuera del horario correspondiente del Pico y placa regional constituye una violación de tipo C14 del Código Nacional de Tránsito. Esto conlleva una multa equivalente a 15 salarios mínimos legales diarios vigentes, aproximadamente 650.000 pesos para 2024.

En Chapinero y en Usaquén se han hecho comparendos por mal parqueo y se han levantado operaciones de empresas de valet parking - crédito Secretaría de Movilidad
La infracción por no respetar el Pico y placa regional es de 650.000 pesos - crédito Secretaría de Movilidad

Además, si el vehículo se encuentra estacionado en la vía antes de ingresar a los segmentos donde se puede imponer una infracción, también podría ser objeto de sanción. De acuerdo con el artículo 127 del Código de Tránsito, la autoridad competente tiene la facultad de bloquear o retirar con grúa u otro medio idóneo los vehículos estacionados irregularmente en zonas prohibidas o que obstruyan vías públicas. Los costos de la grúa y el parqueadero serán responsabilidad del conductor o propietario del vehículo, además de la sanción correspondiente.

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Es importante destacar que no habrá excepción de Pico y placa solidario, aunque los vehículos híbridos sí estarán exentos de estas restricciones.

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