
En un lamentable incidente en Colombia, Gloria Cecilia Peña Herrera, de 62 años, falleció después de someterse a diversas operaciones estéticas a cargo del cirujano Alan Albeiro González Varela y las doctoras Ana Julieta Hernández Barrios y Valezca Adriana Mujica Rojas.
Los tres profesionales fueron acusados por la Fiscalía 51 seccional por el delito de homicidio culposo tras una serie de decisiones médicas cuestionables que, según alega la acusación, derivaron en el trágico deceso de Peña Herrera en abril de 2019.
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Residente en Estados Unidos, Peña Herrera viajó a Colombia con el objetivo de mejorar su aspecto físico mediante intervenciones quirúrgicas. Pese a que padecía condiciones que elevaban su riesgo de complicaciones médicas, como una enfermedad valvular, se le realizó la cirugía el 27 de febrero de 2019 sin esperar los resultados de un segundo examen cardíaco que podrían haber alertado de los peligros potenciales.
La Fiscalía sostiene que, aunque los doctores estaban al tanto de la delicada salud de la paciente, optaron por continuar con los procedimientos programados.
“La occisa tenía una enfermedad valvular y un reemplazo valvular que implicaba un alto riesgo de sufrir embolias sistémicas, ya que, sobre una válvula intervenida quirúrgicamente, la posibilidad de formación de trombos que puedan viajar por la circulación aumenta significativamente”, indica el escrito de acusación presentado por la Fiscalía el cual fue revelado por El Tiempo.

Las complicaciones postoperatorias comenzaron con una taquicardia intraoperatoria, lo que llevó a González a suspender parte de la cirugía planeada, pero solo entonces decidió esperar los resultados del segundo examen cardíaco previamente ignorado.
Sin embargo, la situación se agravó cuando Peña Herrera fue sometida a procedimientos estéticos adicionales sin haber iniciado un tratamiento anticoagulante esencial, desoyendo las recomendaciones médicas.
Según la Fiscalía, esta decisión incrementó significativamente el riesgo de la paciente, que finalmente falleció el 25 de abril debido a un trombo mesentérico y otras complicaciones que podrían haberse evitado con un manejo médico adecuado.
“Ante la posición de su médico cirujano, convencida de su profesionalismo, reconocimiento e idoneidad, ella se sometió sin duda a la práctica de los procedimientos quirúrgicos, por lo cual ese mismo 25 de febrero de 2019 le pagó al imputado, y este recibió la suma correspondiente a $24.400.000.00 como contraprestación por la realización de las tres cirugías mencionadas, esto es, lipcabdominoplastia, blefaroplastia y pexia de cola de cejas”, señaló el fiscal a cargo del caso.
Y agregó que: “El imputado hizo una cirugía sin tomar todas las precauciones necesarias para prevenir complicaciones durante y después de la cirugía”.
A pesar de la reputación de los acusados en el campo de la cirugía estética, la Fiscalía critica duramente el manejo del caso, enfatizando que el deseo de proceder con tratamientos no esenciales y el retraso en el inicio de la terapia anticoagulante condujo a una situación de riesgo prohibido, motivo por el cual se ha procedido a su acusación penal.
“No contentos con esta situación en la que se elevó el riesgo permitido en la actividad médica, al no acatar la sugerencia del cardiólogo en punto a iniciar cuanto antes la anticoagulación, este riesgo se mantuvo latente en el tiempo, tal como se evidencia por historia clínica”, fue lo relatado por la Fiscalía.
“La paciente recibió varias sesiones de este tipo de terapias los días 6 de marzo, 7 de marzo, 8 de marzo, 11 de marzo, 18, 20, y así progresivamente hasta el día 17 de abril. Por lo cual estuvo sin tratamiento anticoagulante (esencial para su vida) desde el 6 de marzo, que fue ordenado, hasta el 17 de abril; es decir, más de un mes y medio sin iniciar terapia de anticoagulación plena que requería, para salvaguardar su vida”, agregó el ente acusador.

La paciente murió el 25 de abril de 2019 por un trombo mesentérico y otras complicaciones, las cuales se pudieron prevenirse con un manejo médico adecuado.
”La Fiscalía General de la Nación no cuestiona la idoneidad ni trayectoria de los hoy acusados, lo que reprocha es el manejo dado a la paciente, al retardar el inicio del anticoagulante, al desatender las indicaciones dadas por el cardiólogo, solo con el fin de realizar procedimientos estéticos no vitales para la señora Gloria Cecilia Peña Herrera”, dijo la Fiscalía
Y concluyó diciendo que a “la postre conllevó a un aumento no permitido del riesgo inherente en la actividad médica, que lo convierte entonces en un riesgo prohibido, el cual hoy es penalmente reprochable a los acusados”.
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