Madrid, 13 jul (EFE).- Las personas trans migrantes que residen en España podrán modificar el sexo y el nombre en sus documentos cuando se acredite la imposibilidad de cambio registral en sus países de origen, según el protocolo policial que aprobó el Ministerio del Interior español.
De esta forma las personas extranjeras podrán solicitar desde este martes la rectificación de sexo y nombre en los documentos expedidos por la Policía Nacional.
Cuando la persona extranjera ya ha efectuado el cambio en su país de origen bastará con la presentación del pasaporte o título de viaje en vigor que lo acredite junto con el documento del que se solicita la actualización.
La ley para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI recoge el derecho a que los documentos contengan la rectificación del sexo y de nombre tanto cuando las personas extranjeras hayan efectuado la modificación en su país de origen como cuando quede acreditado la imposibilidad por sus autoridades.
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El ministro español del Interior, Fernando Grande-Marlaska, reconoció las limitaciones del procedimiento cuando la persona trans migrante no podía llevar a cabo el cambio de nombre y sexo en su país de origen y se había comprometido a impulsar "con carácter urgente" un nuevo mecanismo que resolviera las dificultades y facilitara la tramitación "tanto para las personas solicitantes como para las distintas instancias administrativas implicadas". EFE
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