
El fiscal y las dos acusaciones particulares en el 'caso ataúdes' han coincidido al sostener que existe "prueba bastante, suficiente, contundente y aplastante" para solicitar una sentencia condenatoria para las veintitrés personas ocupantes del banquillo a las que se responsabilizan de la operativa puesta en marcha en el grupo El Salvador-Funeraria Castellana, en el periodo entre 1995 y 2015, para dar el 'cambiazo' a los féretros antes de la cremación, para luego revenderlos a otras familias, así como la reutilización de motivos florales para posteriores sepelios.
Aunque las peticiones de condena en su conjunto, una vez modificadas, se aproximan a los 170 años de cárcel, con penas, las más duras, de 20 para dos de los hijos del magnate del féretro ya fallecido, Ignacio y Laura M.V, junto con otras de entre nueve y dos años para el resto de empleados, el acusador público aplica una sustancial rebaja para la viuda del empresario, María del Rosario V.L, y su hija del mismo nombre ('Rosi'), a razón de doce años de solicitud ahora para cada una, al eximirles de los delitos de estafa agravada, apropiación indebida y contra el respeto a los difuntos y mantener contra ellas los de blanqueo de capitales y pertenencia a grupo criminal.
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En el caso de las dos acusadoras particulares, ambas discrepan respecto del fiscal en que si bien imputan únicamente ahora por grupo criminal a la viuda, mantienen sin embargo todos los cargos contra 'Rosi'. Justifican la rebaja de pena a la primera en que a pesar de que figura como administradora de las sociedades investigadas, tras el fallecimiento de su marido, "su intervención fue mínima por cuanto había dejado en manos de sus hijos dichas funciones y éstos las ejercían de forma operativa y plena".
En cualquier caso, la viuda, de forma conjunta y solidaria con el resto, sigue incluida en el capítulo de la responsabilidad civil directa del pago de las indemnizaciones, de las que tendrían que hacerse cargo, con carácter subsidiario, las empresas Agencia Funeraria Castellana S.A. y Parque El Salvador S.L.
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En sus conclusiones, el fiscal y las otras dos acusaciones mantienen que a lo largo del juicio ha quedado probado, sin ningún género de dudas, que la operativa investigada partió inicialmente bajo el mandato del empresario Ignacio Morchón Alonso y el mismo fue cumplido por sus hijos y resto de trabajadores, una práctica que era del dominio y absoluto conocimiento de la plantilla del grupo, y ello a pesar de que las diez defensas que representan a la totalidad de los acusados--han pedido la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas--sigan pidiendo un fallo absolutorio.
PREGUNTA SIN RESPUESTA
En un extenso y prolijo informe, el fiscal del caso, en declaraciones recogidas por Europa Press, ha validado, en primer lugar, el auto de previas y el que autorizó el examen de los pendrive intervenidos al extrabajador Justo M.G, cuyo material constituye la principal prueba de cargo en la causa, así como los que permitieron las distintas entradas y registros y los 'pinchazos' telefónicos a los investigados, "prueba toda ella sin la cual no se podría celebrar hoy en el presente juicio", al tiempo que ha advertido de que ocho años después de que se incoara este procedimiento y siete después de las declaraciones de los encausados, "cómo es posible que aún no se haya dado explicación a la gran pregunta".
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El acusador público se refería así a "cómo es posible que las familias vieran a sus difuntos entrar en el horno del tanatorio nuevo, en Valladolid capital, y luego consten fotografías en las que se acredita que la cremación se hizo en el cementerio de Santovenia, a cinco kilómetros de distancia", incineración que se efectuaba sobre tapas, maderas o féretros que no eran los que habían pagado los afectados, tal y como atestiguan las fotografías y anotaciones recogidas en las 26 libretas, tres archivadores, catorce carretes sin revelar, dos sobres con más instantáneas y tres pendrive que a lo largo de dos décadas fue reuniendo el entonces trabajador Justo M.G, encargado de la recepción de los difuntos y su cremación entre 1995 y febrero de 2015, fecha de su jubilación. "Justo es el único que da respuesta a esa pregunta a través de este extenso material", advierte el fiscal.
En ese material incriminatorio se recogen 5.308 ataúdes "robados", como así atestiguan la anotación C.Sí (caja sí robada), pero también la reutilización de ornamentos florales, actividad en la que Justo M, ya fallecido, apunta al dueño de la empresa también hoy fallecido, Ignacio Morchón Alonso, a su hijo Ignacio M.V. y a otro trabajador como quienes participan inicialmente pero a la que se sumaron más tarde otros trabajadores, actuación que, sumados también los beneficios por el 'reciclaje' de flores, habrían reportado a la empresa emolumentos por más de 4 millones en el periodo investigado.
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"IMPOSIBLE" LA PARTICIPACIÓN ÚNICA DE JUSTO
Precisamente, el acusador ha utilizado buena parte de su intervención para rechazar la tesis de las defensas de que el único artífice de ese "cambiazo" de cajas fuera Justo M.G, algo que considera "materialmente imposible", y mucho menos que a lo largo de veinte años dicho empleado hubiera ido reuniendo toda esta prueba para preparar una "extorsión" al objeto de lograr que su hijo fuera contratado en el grupo mucho tiempo después. "Con ese material recogido a lo largo de dos décadas estaba dando fe de lo que estaba ocurriendo en la empresa", un material cuya veracidad, según apunta el fiscal, ha sido corroborada por la prueba practicada y los informes presentados por la policía.
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En este sentido, recuerda que dichas periciales confirman que en las libretas y dietarios de Justo se observa una "evolución gráfica" de la letra, lo que rebate la tesis de los defensores de que dicho material fue elaborado "del tirón", a partir de 2014, pero también que se aprecia una evolución respecto de las fotografías, inicialmente tan sólo de los féretros pero más tarde igualmente de los fallecidos y distintas partes de las instalaciones del cementerio.
Las prácticas ilícitas, a juicio del fiscal y de las acusaciones particulares, se prolongaron incluso con la entrada en funcionamiento, en 2013, del nuevo tanatorio de Valladolid provisto de horno, tal y como certifica otro informe en el que se indica que el consumo de gas en el cementerio de Santovenia apenas sufrió variación alguna ya que la mayoría de las cremaciones se siguieron efectuando en este último escenario, a escondidas de las familias.
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"A los familiares no se les permitía ver la cremación, así lo han asegurado 170 testigos, pero además otros 150 han corroborado en fotos que los féretros que ellos contrataron no eran los mismos en los que se quemó a sus seres queridos", ha añadido el fiscal para cimentar la prueba de cargo existente.
SENOVILLA Y LAS "FACTURAS FALSAS"
En esa operativa supuestamente delictiva, el fiscal y las acusaciones coinciden al señalar que para tratar de evitar un descuadre entre el número de féretros comprados y vendidos por el grupo--partiendo de la tesis de que se reutilizó buena parte de las cajas--, los dueños de la empresa acudieron a la emisión de facturas falsas con proveedores, entre ellos el también encausado Victorio Senovilla, para fingir la provisión de ataúdes.
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A este respecto, las acusaciones sostienen que si se dieran por válidas las facturas intervenidas, se aprecia un descuadre de 1.300 féretros, si bien elevan la cifra a un total de 4.504 al no dar por válida dicha facturación. "Si no ha habido féretros suficientes, es porque se han reutilizado los existentes", ha manifestado categórico el fiscal, de ahí su petición de condena, junto a las otras dos partes acusadoras, para los veintitrés acusados.
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