AFE celebra que el paro de futbolistas contra el partido de Miami no pueda ser calificado como "huelga ilegal"

Guardar
Imagen ZFA3ITZHGVA4FP5PG2HQ25LI3M

La Asociación de Futbolistas Españoles (AFE) celebró este martes que el paro secundado por los futbolistas y promovido por el sindicato no pueda ser calificado como "huelga ilegal", sino como "una manifestación de su derecho de libertad de expresión".

"AFE gana en la Audiencia Nacional el derecho a la libertad de expresión de los futbolistas", arrancó el comunicado del sindicato después de que la Audiencia Nacional desestimara la demanda de LaLiga frente a AFE al considerar que "el paro que secundaron los futbolistas en la novena jornada durante 10-15 segundos al inicio de los partidos no constituyó una huelga sino una manifestación de su derecho de libertad de expresión, ante el malestar por el hecho de trasladarse el partido entre el Villarreal y el Barcelona de la jornada 17ª a Miami".

Desde AFE defienden que "los futbolistas entendieron que hubo falta de transparencia por parte de la patronal". El sindicato celebró que la Audiencia Nacional afirme en sus conclusiones que el paro secundado por los futbolistas contra el partido a Miami no pueda "ser calificado como huelga" ni "calificada como ilegal".

Por otra parte, según explicó AFE, el fallo indicó que "la huelga no es la única medida de conflicto colectivo" y subrayó la conexión entre libertad de expresión y libertad sindical. "Por todo ello, no ha existido una alteración relevante de la relación laboral dada la escasa duración de la acción de los futbolistas y no hubo voluntad de parar la actividad empresarial, limitación temporal", rezó la sentencia.

Además, recordaron, como enfatizó la sentencia, que el Convenio Colectivo del fútbol profesional "reconoce expresamente los derechos sindicales de los futbolistas, incluyendo su capacidad para desarrollar actividad sindical, elegir representantes y constituir secciones sindicales en el seno de los clubes".

"Los futbolistas profesionales tendrán derecho a manifestar libremente su pensamiento sobre cualquier materia y, en especial sobre los temas relacionados con su profesión, sin más limitaciones que las que se deriven de la Ley y el respeto a los demás", relata el artículo 39 del Convenio Colectivo.