Gobierno peruano apela la sentencia sobre la supervisión del Puerto de Chancay, controlado por CK Hutchison

Ositrán defiende su facultad reguladora ante la reciente resolución judicial que limita su control sobre una terminal estratégica, argumentando que la supervisión responde al uso público de la infraestructura y no a la propiedad ni a contratos de concesión

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Ositrán fundó la base de su defensa en la atribución de competencias reguladoras derivadas del uso público de la infraestructura del Puerto de Chancay, subrayando que esta potestad regulatoria no depende de la titularidad ni de la existencia de un contrato de concesión. El organismo, adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros de Perú, presentó un recurso de apelación ante la reciente resolución judicial que había restringido su control sobre este puerto, cuya gestión está bajo la empresa china CK Hutchison. Según informó el medio, esta acción busca restablecer la capacidad de supervisión sobre una terminal considerada estratégica para el país.

De acuerdo con lo reportado, el Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público (Ositrán) argumentó que toda infraestructura de transportes que presta servicios al público en el ámbito nacional debe quedar bajo su supervisión, sin distinción entre propiedad privada o pública. En un comunicado, la entidad señaló: “Los argumentos de la resolución demuestran inconsistencias y no se ajustan al marco jurídico nacional”. Para apoyar su apelación, Ositrán elaboró un análisis técnico y legal que detalla la normativa vigente donde se le confiere la responsabilidad de regular, supervisar, fiscalizar y resolver controversias y reclamos en relación con infraestructuras de transporte de uso público.

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Según publicó la fuente, el Primer Juzgado Especializado en lo Constitucional de Lima había declarado fundado un recurso de amparo impuesto en 2024 por Cosco Shipping Lines, la cual cuestionó la supervisión ejercida por Ositrán sobre el Megapuerto de Chancay. El fallo judicial consideró que la intervención del organismo peruano representó una vulneración a los derechos de control de la compañía demandante. La terminal portuaria de Chancay tiene como principales actores a la empresa china CK Hutchison, que controla el 60% de participación en la infraestructura, y a la firma local Volcan Compañía Minera, que mantiene el resto de la propiedad.

Tal como detalló el medio, la respuesta de Ositrán no solo subraya la función supervisora basada en el carácter de uso público de la infraestructura, sino que además remarca que este marco normativo integra tanto a infraestructuras estatales como privadas, siempre que operen a nivel nacional y brinden servicios al público. Esto se presenta como un argumento central en la apelación relanzada por el Estado peruano ante los tribunales para buscar revertir la decisión inicial del juzgado de Lima.

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Entre las repercusiones internacionales, la Oficina de Asuntos del Hemisferio Occidental de Estados Unidos manifestó su “preocupación” respecto a la potencial pérdida de capacidad por parte del Estado peruano para mantener la supervisión sobre el Puerto de Chancay. Esta entidad expresó que el puerto podría estar “bajo la jurisdicción de propietarios depredadores chinos” y señaló que la situación representa un llamado de atención para otros países. “Que esto sirva de advertencia para la región y el mundo: el dinero chino barato cuesta soberanía”, indicó la Oficina en su mensaje divulgado a través de la red social X.

El medio consignó que la controversia sobre la supervisión de una infraestructura estratégica como el Puerto de Chancay forma parte de un debate sobre la autonomía reguladora del Estado en servicios públicos y el ingreso de inversiones extranjeras en sectores clave. La posición de Ositrán gira en torno a la defensa de los intereses de los usuarios de infraestructuras de transporte de uso público, un principio que, según la entidad, guía la asignación y ejercicio de sus competencias regulatorias y fiscalizadoras. La decisión que tome la justicia peruana tras la apelación presentada determinará el alcance de la supervisión estatal en megainfraestructuras desarrolladas bajo participación extranjera y privada, un aspecto que también involucra la percepción internacional y la política exterior del país.