El Consejo de Estado colombiano suspende de forma provisional la subida del salario mínimo del 23%

Tras la decisión judicial, la administración de Gustavo Petro tiene ocho días para establecer un ajuste salarial temporal conforme a criterios legales y económicos, mientras el alto tribunal evalúa la legalidad definitiva del polémico decreto aprobado recientemente

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El Consejo de Estado colombiano exigió que el Ejecutivo, bajo la presidencia de Gustavo Petro, emita en un plazo máximo de ocho días un nuevo decreto transitorio que determine el porcentaje de ajuste del salario mínimo para 2026, integrando fundamentos técnicos y jurídicos según criterios establecidos en la legislación vigente. Según lo difundido por el propio tribunal en un comunicado oficial, el Gobierno debe justificar económicamente el cálculo efectuado, detallando el peso de factores clave como la meta de inflación del Banco de la República, la productividad certificada, la inflación anual realizada, el crecimiento del Producto Interno Bruto y la proporción de los salarios en el ingreso nacional, entre otros. El nuevo decreto tendrá vigencia hasta que la máxima instancia administrativa se pronuncie sobre la legalidad del aumento previamente decretado.

El medio El País detalló que esta decisión se da luego de intensas críticas y discusiones en torno al incremento del 23,78% para el salario mínimo anunciado por el mandatario colombiano el 30 de diciembre para el año 2026. Se trata de uno de los aumentos más significativos autorizados en la historia reciente del país, que fue oficializado mediante el decreto 1469 de 2025. A raíz de la controversia generada y tras el análisis del expediente, el alto tribunal resolvió frenar temporalmente la aplicación del decreto, aunque aclaró que este fallo tiene carácter provisional y no antecipa una conclusión definitiva sobre la validez de la medida.

Según reportó El País, el Consejo de Estado especificó que la suspensión del decreto de aumento salarial solo operará cuando el Gobierno emita y publique la nueva normativa temporal. Hasta entonces, el valor correspondiente al salario mínimo continuado en el decreto anterior seguirá vigente en el país. El consejo ordenó que la fundamentación del nuevo ajuste incluya una valoración explicativa acerca de cómo se aplicaron, ponderaron y cuantificaron los criterios legales y constitucionales, acompañada de documentación y certificaciones oficiales que respalden las cifras.

Como antecedentes a esta decisión judicial, diversos sectores manifestaron preocupación respecto al impacto económico de un incremento tan alto en el salario mínimo. Entre los principales críticos se encuentra el Consejo Gremial Nacional, al igual que Fitch Ratings. De acuerdo con declaraciones recogidas por El País, la agencia internacional de calificación advirtió que una subida de tal magnitud puede incidir en el aumento de la tasa de política monetaria, lo que, a su vez, puede condicionar negativamente el ritmo de crecimiento económico.

El procedimiento ordenado por el Consejo de Estado exige que el decreto de ajuste temporal no solo cumpla los requisitos legales, sino que haga explícito el razonamiento detrás de cada decisión, asegurando así transparencia y trazabilidad sobre el modo en que se arriba a la cifra del nuevo salario mínimo. El texto oficial subraya que esta disposición pretende garantizar que toda modificación relativa al ingreso mínimo obedezca tanto a parámetros económicos como al marco constitucional vigente.

La resolución del Consejo de Estado configura un hito en el debate sobre la política salarial en Colombia, cuyas implicaciones se proyectan sobre la economía nacional y sobre la situación de millones de trabajadores. El alcance definitivo de la legalidad del aumento solo quedará claro una vez que el tribunal emita una sentencia firme sobre el fondo del asunto, según remarcó el propio tribunal en el comunicado reproducido por El País. Mientras tanto, el proceso queda abierto a nuevos análisis y desarrollos conforme avances el estudio detallado del caso.