Condenado a 20 años y un día por asesinato con agravante la pareja de la reportera gráfica

El tribunal de Huelva determinó que M.Q.S mató deliberadamente a Alicia Rodríguez, utilizando su vehículo como arma y sin ofrecerle posibilidad de defensa, según las pruebas forenses, técnicas y el testimonio de los peritos en el juicio

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El texto judicial recogido en la sentencia destaca que la capacidad de la víctima para defenderse quedó totalmente anulada por la posición en la que se encontraba al sufrir el atropello, según la reconstrucción técnica y el dictamen de los peritos. Este punto fue clave para que el jurado concluyera que el acusado, M.Q.S, ejecutó la acción mortal de manera intencional. Tal determinación condujo a la imposición de una condena de 20 años y un día de prisión por asesinato agravado por parentesco, sumando la inhabilitación absoluta durante toda la pena y una orden de alejamiento sobre la familia de Alicia Rodríguez por un periodo de diez años, con la obligación de mantener una distancia mínima de 300 metros en cualquier circunstancia. Según informó Europa Press, la Audiencia Provincial de Huelva dictó la sentencia tras el veredicto emitido por el jurado popular, que resolvió de forma unánime sobre la intencionalidad del acto.

De acuerdo con la información publicada por Europa Press, los hechos ocurrieron la madrugada del 12 de junio de 2021 en Marmolejo, Jaén. Alicia Rodríguez, reportera gráfica y pareja sentimental del condenado, había viajado desde Huelva el día anterior para pasar el fin de semana en compañía de M.Q.S. Ambos compartieron una velada junto a amigos en zonas de ocio del municipio y, tras la cena y la ingesta de diversas bebidas, se trasladaron hasta un olivar propiedad del acusado. El desplazamiento se realizó en el vehículo del propio M.Q.S, que en ese momento era conducido por Rodríguez. La llegada al lugar se produjo pasadas las 03:06 horas.

Según consta en la sentencia, disponibilidad de la cual informó Europa Press, Rodríguez y M.Q.S descendieron del automóvil por separado, cada uno con la intención de orinar. Alicia Rodríguez se situó en la parte trasera del coche y después comenzó a vomitar, colocándose frente al neumático derecho delantero del vehículo. En este contexto, el acusado se subió al automóvil “con conocimiento y conciencia de la presencia” de la víctima y, “con intención de causar su muerte”, aceleró el coche en varias ocasiones hasta atropellarla, según la reconstrucción expuesta en el juicio. El tribunal subrayó que las condiciones de visibilidad existentes en el lugar permitían al acusado advertir claramente que la víctima se encontraba delante del coche, imposibilitada de escapar o defenderse.

La autopsia practicada confirmó que el fallecimiento de Rodríguez se produjo entre las 03:30 y las 04:15 horas, consecuencia de politraumatismos generados por el impacto del vehículo, lo que derivó en un shock traumático irreversible. Entre las lesiones identificadas durante la exploración forense se hallaron afectaciones importantes en la caja torácica, la pelvis, la columna lumbar y tanto en miembros superiores como inferiores. Los datos técnicos de la reconstrucción de accidentes, aportados por el Equipo de Reconstrucción de Accidentes de Tráfico (ERAT), mostraron que el sistema de luces y la tecnología de detección del coche funcionaban correctamente y que el campo de visión delantero era suficiente para evitar cualquier confusión respecto a la ubicación de la víctima. Estas conclusiones reforzaron la valoración del jurado respecto a la intencionalidad del atropello, señaló Europa Press.

Europa Press detalló además que el dictamen pericial ratificó que la posición adoptada por Rodríguez en el momento del suceso le impidió reaccionar o protegerse, reforzando la tesis de que el acusado tenía plena capacidad para percatarse de su presencia y tomar la decisión de avanzar con el coche. El análisis de los daños corporales evidenció que las lesiones encontrados eran compatibles con impactos sufridos por la parte frontal del vehículo, corroborando la versión presentada durante el juicio.

Durante el proceso judicial, diferentes acusaciones presentaron valoraciones jurídicamente distintas sobre la tipificación del delito. Enrique Arroyo, abogado de la familia de la víctima, mantuvo que existían circunstancias para calificar el hecho como asesinato agravado, una interpretación que fue finalmente asumida por el jurado en su dictamen. Por su parte, la Junta de Andalucía planteó que se trataba de un homicidio doloso y solicitó una pena de 15 años de prisión. El Ayuntamiento de Huelva respaldó la consideración de asesinato agravado. El Ministerio Fiscal, en sus conclusiones provisionales, solicitó una condena por homicidio imprudente con una petición de dos años de cárcel, aunque tras la decisión del jurado modificó su postura y se adhirió a la petición de 20 años y un día de prisión. La defensa por parte del acusado abogó durante toda la instrucción por la absolución y alternativamente coincidió con la calificación penal propuesta por el Ministerio Fiscal tras el veredicto popular.

El jurado popular concluyó que M.Q.S, mayor de edad y sin antecedentes penales, fue responsable directo de la muerte de Alicia Rodríguez, estimando probado el carácter intencional de la acción por las evidencias testimoniales, técnicas y periciales aportadas en la vista oral, según recogió Europa Press. No se apreciaron elementos que justificasen la agravación por ensañamiento, pero sí se estableció que la muerte fue provocada mediante el uso de un medio (el vehículo) que imposibilitó cualquier reacción defensiva de la víctima.

Según la documentación a la que accedió Europa Press, la sentencia incluye una orden de alejamiento a favor de los familiares de la víctima por una década, con la obligación del penado de mantenerse a una distancia de al menos 300 metros de ellos en cualquier lugar. Este fallo también implica la inhabilitación absoluta del condenado, por lo que le queda vetado el acceso a cargos o beneficios de carácter público mientras dure la condena.

La víctima era natural de Huelva y el caso alcanzó notable repercusión en la provincia, tanto por la conmoción social como por la intervención de varias administraciones a lo largo del proceso judicial. El veredicto definitivo se adoptó el 25 de noviembre, tras varias jornadas en las que el tribunal analizó todos los informes técnicos, forenses y el testimonio de expertos convocados al juicio oral.

En el análisis de las pruebas, el jurado valoró el funcionamiento adecuado de todos los sistemas del vehículo, la evidencia de la posición exacta de la víctima al momento del hecho y la coincidencia en los relatos de los peritos y especialistas en reconstrucción de accidentes, según publicó Europa Press. Estos datos permitieron descartar posibles explicaciones alternativas y consolidar la conclusión de la intencionalidad del acusado al emplear un método letal sin facultar defensa alguna a la víctima. La resolución judicial asentó estas consideraciones en su motivación, subrayando la existencia de pruebas suficientes que certificaban la plena conciencia y voluntariedad del autor en la práctica del acto mortal.

El caso Alicia Rodríguez se mantiene como uno de los más analizados en la provincia en los últimos años y su desenlace judicial muestra la importancia de los informes técnicos y forenses en la adopción de decisiones sobre responsabilidad y dolosidad en delitos cometidos con vehículos, según recalcó Europa Press a partir de la documentación procesal.