El Supremo revisará mañana la libertad de Ábalos y Koldo tras situarles a un paso de juicio por la trama de mascarillas

El magistrado Leopoldo Puente decidirá este jueves si Ábalos y García ingresan en prisión preventiva, luego de que la Fiscalía y la acusación popular solicitasen medidas más estrictas por indicios de irregularidades en contratos de mascarillas durante la pandemia

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La acusación popular ha destacado el riesgo de fuga que supondría mantener la libertad provisional de José Luis Ábalos y Koldo García, por lo que ha insistido en que su ingreso en prisión es la medida adecuada antes del juicio por presuntas irregularidades en la adjudicación de contratos de mascarillas en la etapa inicial de la pandemia. Tal como informó el medio que reporta el caso, el Tribunal Supremo celebrará una vista este jueves para determinar si mantiene o agrava las medidas cautelares ya impuestas sobre ambos. La decisión recaerá en el magistrado Leopoldo Puente, quien los ha citado de forma individual: Ábalos comparecerá a las 10:00 y García a las 12:30, después de reprogramar la cita original de este último a fin de permitir la presencia de su defensa en la declaración de Víctor de Aldama, prevista el mismo día en la Audiencia Nacional.

De acuerdo con lo publicado, la Fiscalía Anticorrupción y la acusación popular, encabezada por el Partido Popular, solicitaron en sus escritos la celebración de esta nueva vista para revisar las restricciones actuales: retiro de pasaporte, prohibición de abandonar el país y la obligación de comparecer cada quince días ante la justicia. Las acusaciones reclaman firmemente el ingreso en prisión provisional, aludiendo a que existen “indicios racionales de criminalidad” y que la gravedad de las penas solicitadas justificaría la adopción de medidas de protección más estrictas ante una eventual fuga.

En los fundamentos presentados al instructor, la Fiscalía solicita para Ábalos una pena de 24 años de cárcel y para García una condena de 19 años y medio, por supuesta pertenencia a organización criminal, cohecho, tráfico de influencias, malversación de fondos públicos y uso de información privilegiada. Además, se plantea una multa de aproximadamente 3,9 millones de euros sobre ambos. Por su parte, la acusación popular amplía la petición hasta los 30 años de prisión, dado que suma a los delitos propuestos por la Fiscalía los de prevaricación y falsedad en documento oficial.

El medio que sigue la causa detalló que en la solicitud de las acusaciones populares se subraya que solo un encarcelamiento provisional garantizaría la presencia de los acusados en un eventual proceso judicial, ante la posibilidad de que puedan evadirse dado el volumen de la acusación y la severidad de las penas. El magistrado Leopoldo Puente ha justificado la celebración de esta vista con base en el artículo 505 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que permite solicitar la modificación de medidas cautelares en casos que lo requieran. Asimismo, el instructor recordó que únicamente una petición expresa de alguna de las acusaciones permite examinar modificaciones sobre las medidas en vigor, y siempre que se haya escuchado la exposición de todas las partes.

En relación a Víctor de Aldama, señalado como supuesto intermediario en la trama, tanto la Fiscalía como la acusación popular han solicitado para él una condena de siete años de prisión. En su caso, solicitan la aplicación de la atenuante de confesión, debido a su colaboración en la investigación que, según consta en los escritos presentados, fue determinante para avanzar en el esclarecimiento de los hechos que rodean a Ábalos y García. No se ha programado vista para revisar su situación de medidas cautelares, manteniéndose las actuales.

La defensa de Ábalos, a cargo del exfiscal Carlos Bautista, interpuso un recurso para que el Supremo rectifique el procesamiento de su cliente, argumentando que este no recibió comisiones por adjudicaciones de contratos de mascarillas y señalando que la instrucción se basó principalmente en la declaración de Víctor de Aldama, acompañada de tres páginas fotocopiadas de los Presupuestos Generales del Estado con marcas manuales. Expresó además que la investigación sobre los hechos vinculados al denominado ‘caso Koldo’ se cerró sin dar acceso a todo el material incautado solicitado por la defensa, ni a la posibilidad de presentar nuevas diligencias, lo que, según su interpretación, habría vulnerado el derecho de defensa.

Koldo García, por su parte, con defensa dirigida por la abogada Leticia de la Hoz, también recurrió su procesamiento. Alegó no haber intervenido en la adquisición de mascarillas ni haber tenido relación contractual con Soluciones de Gestión, empresa identificada como epicentro de la supuesta red corrupta. La letrada solicitó la nulidad de las actuaciones al considerar que se extendieron a hechos no cubiertos por el suplicatorio autorizado por el pleno del Congreso para investigar a Ábalos y acusó de indefensión la restricción al derecho de proponer nuevas diligencias. En este sentido, solicitó la comparecencia de Jésica Rodríguez, expareja del exministro, contratada en dos empresas públicas, argumentando que su testimonio podría resultar clave para la defensa.

El desarrollo del juicio resulta relevante dado el contexto de emergencia sanitaria en el que se otorgaron los contratos involucrados, situación que las distintas partes del proceso consideran clave para sustentar sus respectivos argumentos, tanto de acusación como de defensa. El medio que reporta los avances indicó que las medidas que se adopten tras esta vista condicionarán la situación judicial de Ábalos y García de cara al juicio, en lo que podría devenir en una de las causas de mayor repercusión política vinculada a contratos públicos durante la pandemia.