
La Confederación General del Trabajo (CGT) ha anunciado este jueves que impugnará ante el Tribunal Supremo el Real Decreto de coeficientes reductores para anticipar la edad de jubilación en actividades penosas, peligrosas, tóxicas o insalubres por suponer "uno de los mayores retrocesos en materia sindical y de jubilación de los últimos años".
Para la organización anarcosindicalista, la norma aprobada el pasado martes por el Gobierno y publicada ayer en el Boletín Oficial del Estado (BOE) "empeora la anterior regulación, ya de por sí muy deficiente".
Así, la CGT denuncia en un comunicado que el nuevo decreto impone la solicitud conjunta de organizaciones empresariales y sindicales para iniciar el procedimiento para la aplicación de coeficientes reductores, "haciendo depender la actividad sindical y la defensa de los derechos e intereses de la clase trabajadora de la voluntad empresarial".
A su juicio, ello vulnera el derecho fundamental de libertad sindical y contraviene una sentencia del Tribunal Supremo en la que se estableció que someter la acción sindical a la voluntad de las empresas "desnaturaliza y vacía de contenido la autonomía sindical", afectando en este caso a un ámbito "especialmente sensible" como es el de la salud de los trabajadores.
La CGT fundamentará además su impugnación ante el Supremo en que la norma limita la solicitud y participación en el procedimiento a los sindicatos más representativos a nivel estatal y autonómico, por lo que sindicatos que sean representativos en determinados sectores no podrán instar ni participar en el procedimiento.
Esto, alega la CGT, también contraviene sentencias del Supremo y del Tribunal Constitucional que declararon la nulidad de la expresión "más representativos" y señalaban que la promoción de los intereses de los trabajadores corresponde, sin distinción, a todos los sindicatos.
Además, la organización anarcosindicalista afirma que la exigencia contemplada en el decreto de que los solicitantes proporcionen la identificación fiscal de los trabajadores potencialmente afectados por la actividad de riesgo, todo ello "bajo la amenaza de archivo del procedimiento si tal información no se aporta en 20 días", hace que el procedimiento sea "totalmente inviable".
Al mismo tiempo, la CGT considera "engañoso" que la norma fije un plazo de seis meses para resolver las solicitudes cuando a la vez establece expresamente el silencio administrativo negativo, de forma que si no se resuelve en esos seis meses, se entenderá desestimada la solicitud.
También critica la CGT que el decreto establezca la creación de un grupo de trabajo "restringido" para el estudio de la dimensión de género y de los niveles de penosidad a partir de determinada edad en la asignación de coeficientes reductores, pues éste sólo estará formado por UGT, CCOO, la patronal, el Ministerio de Seguridad Social y la Inspección de Trabajo, "limitando la participación de los demás sindicatos representativos en un sector o a nivel autonómico".
Algo parecido sucede con la Comisión de Evaluación recogida en la norma, que únicamente estará integrada por el Ministerio de la Seguridad Social, la patronal y CCOO y UGT, "orillando" a los sindicatos representativos en un sector o a nivel autonómico.
"Todos estos impedimentos vienen a deteriorar todavía más el procedimiento anterior, puesto que la Seguridad Social y el Ministerio de Trabajo estaban paralizando los expedientes en sectores tan peligrosos como el amianto, hasta el punto de que CGT ha tenido que interponer cinco recursos contenciosos-administrativos por inactividad de la Administración y un recurso contencioso-administrativo en el expediente de la petroquímica para tumbar el criterio antisindical que imponía la solicitud conjunta entre patronal y sindicatos", alega la CGT.
Así, la organización anarcosindicalista advierte de que la nueva norma pretende "revertir a golpe de decreto" los derechos que ha conseguido defender en los Tribunales durante los últimos años, al tiempo que "legaliza las trabas y la dejación previas de la Seguridad Social y del Ministerio de Trabajo".
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