Roma, 20 may (EFE).- El Tribunal Constitucional italiano reclamó este martes al Parlamento una ley que regule el suicidio asistido, en medio de una pugna entre el Gobierno y la región de la Toscana (centro), que acaba de legislar al respecto.
Además, expresó su "preocupación" por la falta de acceso universal y equitativo a los cuidados paliativos en Italia, tanto en el ámbito domiciliario como hospitalario.
"A menudo hay largas listas de espera; también se padece una falta de personal adecuadamente formado y una distribución territorial de la oferta demasiado desigual; y la propia atención efectiva por parte del sistema sociosanitario, para estas personas, resulta a veces insuficiente", se subraya en una nota publicada este martes.
La comunicación llega menos de dos semanas después de que el Gobierno italiano, encabezado por la ultraderechista Giorgia Meloni, anunciara que impugnará una ley regional en Toscana que regula el suicidio asistido.
La legislación toscana, que buscaba poner fin al vacío legal y garantizar el proceso de suicidio asistido en un plazo máximo de 54 días, se había convertido en la primera en el país para regular la práctica.
El Tribunal Constitucional reclamó que había abierto la puerta en 2019 a despenalizar algunas formas de eutanasia en caso de que el paciente fuera consciente y sufriera una patología irreversible con "sufrimientos físicos y psicológicos intolerables", entre otros supuestos.
El de hoy es el tercer pronunciamiento de la Corte sobre este tema y también desestima varias cuestiones de legitimidad planteadas por un juez de instrucción de Milán (norte de Italia), quien había solicitado el archivo de dos procedimientos relacionados con la ayuda al suicidio.
La sentencia, publicada este martes, establece que "no es constitucionalmente ilegítimo subordinar la no punibilidad de la ayuda al suicidio al requisito de que el paciente, según la evaluación médica, necesite un tratamiento de soporte vital".
Por lo tanto, no se considera inconstitucional, ni punible, ayudar a un enfermo a morir si, tras una evaluación médica, se determina que requiere un tratamiento de soporte vital.
Además destacó que no es necesario que el paciente inicie un tratamiento con el único fin de poder ser asistido en su muerte.
A falta de una condición como esta, dice el tribunal, "no es discriminatorio limitar a estos pacientes la posibilidad de acceder al suicidio asistido, y que tal limitación no viola el derecho del paciente a la autodeterminación"
Por su parte, la asociación 'Provita e Famiglia' (Provida y Familia) señaló en un comunicado que esta sentencia "reitera la apertura hacia el suicidio asistido" pero a su vez "resalta con fuerza los graves peligros que conlleva para las personas más vulnerables". EFE
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