La jueza de la dana rechaza responsabilidad penal de Aemet: "No tiene sentido" y señaló como día "álgido" el 29 octubre

La jueza niega responsabilidad penal a la Aemet por la gestión de la dana del 29 de octubre y admite la acción popular contra Emilio Argüeso por su papel en emergencias

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La jueza del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 3 de Catarroja, en el marco de la investigación penal por la gestión de la dana del pasado 29 de octubre, rechaza que se pueda atribuir responsabilidad penal a la Agencia Estatal de Meteorología, y que se tome declaración como investigado a ninguna persona, que ejerciera funciones, directivas o no, de este organismo, ya que considera que "no tiene sentido" y que fue precisamente esta entidad quien señaló como "día ágido" del episodio de lluvias el 29 de octubre.

Así lo indica en un auto en el que admite la personación del Sindicato de Funcionarios Manos Limpias como acusación popular contra el investigado Emilio Argüeso, que fue secretario autonómico de Emergencias, si bien pide a la representación legal de este último que alegue si existe incompatibilidad o no en su defensa dado que la ejerce un letrado que se ha definido públicamente como "abogado de referencia" de esta organización y jefe de sus servicios jurídicos y representa al sindicato en otros procesos penales.

Por tanto, considera que es preciso poner de manifiesto esta personación a la representación de Argüeso, a los efectos de que alegue, en el plazo de dos audiencias, si estima que no existe incompatibilidad en el ejercicio del derecho de defensa respecto de su cliente frente a la acción popular de Manos Limpias.

Esta parte había manifestado la voluntad de ejercitar la acción penal contra Argüeso y los representantes de la Aemet y la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ). En relación con este último organismo, la jueza reitera que la ausencia de información sobre la evolución del caudal del barranco del Poyo "resulta desmentida" por la remisión de correos del SAIH y por la posibilidad de acceso al sistema, ni tampoco se puede, de forma paralela, atribuir responsabilidad penal al presidente de la agencia, Miguel Polo, ni a prácticamente todos los cargos directivos o no de dicho organismo.

"Más allá de la remisión de correos electrónicos entre las 16:13 horas y las 18:43 horas que informaran sobre el caudal ha de atenderse a la información que se proporcionaba por el SAIH", señala, y vuelve a reflejar los caudales comunicados desde las 18.00 a las 19.20 horas. Así, añade que la forma de visualización era, como se señala en el informe de la CHJ, a través la aplicación la SAIHWIN, que se afirma se dispondría por el Centro de Coordinación de Emergencias.

ACIERTO EN PREDICCIONES

Y sobre la Aemet, recuerda la declaración del perito ingeniero hidráulico que compareció el 9 de mayo en el juzgado y que declaró que la agencia "acertó plenamente en sus predicciones".

"Lo anterior constituye un hecho obvio, conocido públicamente, sin un específico conocimiento de la causa, solo por la lectura de los medios de comunicación y por la actuación conocida de diversas entidades e instituciones, que sí que atendieron a las previsiones de la Aemet entre ellas la Universitat Valencia", indica la jueza.

Por tanto, considera que ejercitar la acción penal frente a la Aemet como posible responsable de los 227 fallecimientos, una de ellas embarazada de ocho meses, y una desaparecida, "no tiene sentido, y no procede la declaración como investigado contra ninguna persona, que ejerciera funciones, directivas o no, de dicha agencia".

FORATA La jueza ha dictado un segundo auto en el que deniega la práctica de diligencias de investigación solicitadas por otra acusación particular, pues esas diligencias están relacionadas con la presa de Forata, que no guarda relación con las circunstancias en que se produjo el fallecimiento en Cheste por el que está personada esa representación legal.

La magistrada recuerda las declaraciones prestadas por varios peritos durante la instrucción, que señalan que el agua que se alivió en la presa de Forata no pudo llegar a los municipios situados alrededor del Barranco del Poyo, cuya parte alta discurre por Chiva, Cheste, Godelleta, parte de Buñol y parte de Turís.

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