Guayaquil (Ecuador), 20 dic (EFE).- La Corte Constitucional de Ecuador suspendió este viernes la vigencia de la 'Ley Orgánica para la Mejora Recaudatoria a través del Combate al Lavado de Activos', bautizada popularmente como 'Ley Antipillos', promulgada por el presidente Daniel Noboa, al admitir a trámite una acción de inconstitucionalidad interpuesta por la presidenta de la Asamblea Nacional (Parlamento), la correísta Viviana Veloz.
En un comunicado, la Corte señaló que la demanda de inconstitucionalidad presentada por Veloz "cumple con los requisitos para ser admitida a trámite", sin que esto constituya "un prejuzgamiento sobre la materialidad de la pretensión".
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En ese mismo sentido, suspendió provisionalmente la vigencia de la normativa expedida mediante decreto ley 477 por parte del presidente Noboa, y publicada en el Registro Oficial (boletín oficial de leyes del Estado) el pasado 10 de diciembre, hasta que el organismo constitucional emita un pronunciamiento de fondo en esta causa.
El proyecto de ley había sido presentado por el Gobierno el pasado 7 de noviembre con el objetivo de que fuese tratado por la Asamblea como urgente en materia económica.
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Al anunciar esta iniciativa, el Ejecutivo indicó que el texto planteaba acciones para prevenir, localizar y eliminar el lavado de activos y la introducción de capital ilícito en la economía nacional.
La propuesta legislativa del gobernante ecuatoriano incluía regulaciones de control y reformas institucionales como el fortalecimiento de la Unidad de Análisis Financiero (Uafe).
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El proyecto fue archivado por el Legislativo con los votos del correísmo, el movimiento de centroderecha Construye y el conservador Partido Social Cristiano (PSC), entre otras formaciones.
Veloz interpuso esta demanda por considerar inconstitucional la forma en la que Noboa promulgó la ley después de que el Parlamento decidiera negar y archivar el proyecto, ya que para publicarla debía contar necesariamente con una certificación por parte del Legislativo.
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Los asambleístas rechazaron el proyecto por amplia mayoría porque aseguraron que la normativa generaba más carga impositiva a la ciudadanía.
El Ministerio de Gobierno, por su parte, dijo en ese entonces que la ley era "una herramienta clave diseñada para atacar y asfixiar las economías narcodelictivas y las fuentes de financiamiento del crimen organizado". Y que significaba "un paso decisivo para devolver la paz y la tranquilidad" al país.
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También afirmó que, con la decisión de sacar la ley a través de decreto, actuaba "con determinación y dentro del marco constitucional" en contraposición a la "falta de tratamiento legislativo y al cumplirse con el plazo establecido".
Tras el anuncio de la Corte Constitucional, Veloz dijo en su cuenta de la red social X que la decisión era "un logro para la democracia" y aseguró que el tribunal les había "dado la razón".
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Mientras que el Gobierno lamentó la decisión de los jueces, pues aseguró en un comunicado que ponía "en una peligrosa pausa" un "instrumento clave" en la lucha contra el financiamiento del crimen organizado.
El Ejecutivo dijo que presentarán ante la Corte "todos los argumentos necesarios" para que este caso sea "evaluado con imparcialidad" y en el marco del "respeto a la independencia de funciones".
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También hizo un llamado a los jueces constitucionales para que consideren "la trascendencia" de esta ley y su "impacto en la seguridad de los ciudadanos".
"Hoy enfrentamos una batalla decisiva contra el crimen organizado y no podemos ni pararemos esta lucha contra los pillos y el narcoterrorismo", concluyó el Gobierno. EFE
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