La patronal ve un "hito histórico" el primer Convenio Colectivo Estatal de Empresas Organizadoras de Eventos

El acuerdo establece condiciones laborales y salariales para más de 5.000 trabajadores del sector, con incrementos salariales garantizados y flexibilidad en la jornada laboral para adaptarse a las necesidades del mercado

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La patronal de Agencias de Eventos Españolas Asociadas (Aevea) ha resaltado el "hito histórico" que se ha logrado en el sector de la organización de eventos corporativos e institucionales con la publicación, en el Boletín Oficial del Estado (BOE), del primer Convenio Colectivo Estatal de Empresas Organizadoras de Eventos.

Este convenio, resultado de un año y medio de negociaciones entre Aevea, la Federación de Servicios a la Ciudadanía de Comisiones Obreras (FSC-CCOO) y la Federación Estatal de Servicios, Movilidad y Consumo de UGT (FESMC-UGT), recoge en un solo marco jurídico laboral la regulación de los derechos y condiciones sociolaborales de más de 5.000 personas trabajadoras en toda España.

Asimismo, la medida será de obligatoria aplicación en todo el territorio nacional a la actividad de agencias y/o empresas organizadoras de eventos corporativos e institucionales, y describe los grupos profesionales y sus funciones, además de ordenar y fijar la jornada de trabajo en el sector.

"Se han negociado una tablas salariales adecuadas a la realidad del sector, apostando por la sostenibilidad y las buenas prácticas", se ha afirmado desde Aevea.

AUMENTO SALARIAL DEL 2% CADA AÑO

Sobre los incrementos salariales que percibirán los profesionales del sector durante los años de vigencia del convenio, en el BOE se establece una cuantía del 2% en 2026 sobre el salario base de 2025, y se aplicará la misma medida en 2027 en referencia a 2026.

Hasta la entrada en vigor del nuevo reglamento, que tendrá lugar el 1 de enero de 2025, el salario base se revalorizará, al menos, con la cuantía correspondiente a la variación interanual del IPC de diciembre del año anterior, con un límite de un incremento mínimo anual del 1% y un máximo del 3%.

Debido a la particularidad de la organización de eventos, la patronal ha señalado que el "novedoso" marco jurídico laboral recoge la distribución irregular de la jornada, lo que supondrá la posibilidad de flexibilizar la misma de acuerdo a las necesidades del sector.

En ese sentido, según Aevea, se podrá adaptar la jornada laboral al volumen de trabajo en las empresas, estableciendo límites semanales, mensuales y trimestrales.

Además, la patronal ha indicado que, a través de esta negociación, se han revisado los salarios respecto a los convenios que "venían siendo de aplicación en el sector", y se han incluido mejoras en el ámbito de la conciliación, recogiendo las necesidades del sector "conjugadas con las inquietudes, tendencias y demandas de la sociedad actual".

El presidente de Aevea, César González, ha señalado que este convenio "llega en un momento de recuperación de la actividad y de buenas perspectivas de futuro y supone un avance histórico para la industria de los eventos y sus trabajadores".

El nuevo Convenio Colectivo de Empresas Organizadoras de Eventos tendrá vigencia durante 2025, 2026 y 2027, y, a partir del fin del periodo, el convenio se entenderá prorrogado de año en año, en caso de que no se denunciara por cualquiera de las partes "legitimadas".

En cuanto a las empresas afectadas, dispondrán de un plazo máximo de seis meses para llevar a cabo su adaptación desde la publicación del convenio en el BOE, aunque en lo relativo a la estructura y condiciones salariales, las compañías deberán aplicarlas con efectos retroactivos al 1 de enero de 2025.

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