Tras 12 años de políticas de reparación de la Memoria, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación continúa rechazando demandas de indemnización a familias que debieron exiliarse por la represión durante la última dictadura militar.
Hay decenas de casos en que los damnificados se encuentran, una y otra vez, con la negativa del Poder Ejecutivo. Así lo pone de manifiesto la resolución 1366 que dictó la cartera de Julio Alak el 24 de junio pasado, donde se rechazó en bloque cinco expedientes en los que se exigía una compensación por tener que escapar del país.
El texto, al que tuvo acceso Infobae y lleva la firma de Alak, señala que los demandantes no pueden ser encuadrados en la ley N°24.043, que establece una reparación económica a quienes padecieron de detenciones, persecución y lesiones durante el sangriento régimen castrense.
El acto administrativo sostiene que no existen "elementos contundentes (detención previa, orden de captura, legajo de inteligencia, etc.) que permita inferir sin lugar a dudas la persecución personal y directa sobre los peticionarios". Incluso, se niega que los afectados hayan sufrido detenciones ilegales, pese a que las víctimas aseguran haber sufrido tormentos por parte del aparato represivo.
La resolución considera que los peticionantes tampoco están bajo la figura del "exiliado puro". Se trata de una denominación problemática: el propio escrito reconoce que esa categoría no fue incorporada a ley alguna y que es una cuenta pendiente a resolver por el soberano, es decir, el Congreso de la Nación.
En sus presentaciones judiciales y administrativas, los damnificados realizan un pormenorizado relato de los hechos sobre cuándo y cómo las fuerzas de seguridad los persiguió. En los testimonios está toda la dureza de la época, que incluyen desde privación ilegítima de la libertad en comisarías y penales hasta torturas.
Además, las familias acreditan en los expedientes las circunstancias que padecieron con certificados emitidos por la ACNUR, el organismo global de la ONU que se encarga de velar por los refugiados de razones políticas o persecución.
Sin embargo, los testimonios y la documentación aportada es considerada insuficiente por el Gobierno nacional. Fuentes vinculadas al reclamo afirman que ese rechazo "revictimiza" a las familias que debieron abandonar la Argentina en los setentas por una cuestión de vida o muerte. Sostienen que se funda en una interpretación arbitraria, que reniega de la jurisprudencia vigente y de los tratados internacionales sobre DDHH, como la Convención y el Protocolo sobre el estatuto de los refugiados de Naciones Unidas.
Hay varios fallos de la Corte Suprema de Justicia que beneficia a los exiliados. El más emblemático fue el que se dictó en 2004, cuando el máximo tribunal admitió los reclamos de indemnización de Susana Yofre, madre del ex dirigente montonero Fernando Vaca Narvaja, y de Patricia Vaca Narvaja, actual embajadora argentina en México.
En esa causa, la Corte marcó un antes y un después al concluir que la decisión de Yofre de marcharse del país junto a otros 26 familiares no fue ni libre ni voluntaria y sino "la única y desesperada alternativa que tuvo para salvar su vida ante la amenaza del propio Estado o de organizaciones paralelas".
Hubo más fallos en el mismo sentido, como los de Graciela Geuna (2000) y Héctor Dragoevich (2006), entre otros. En las sentencias se reconoció que correspondía el beneficio por tratarse de un exilio forzado, aún cuando no hubiera muertes en el seno íntimo o riesgo cierto de ser asesinado. La fuga del país era justificable ante la chance de perder la libertad o ser perseguido por las autoridades.
El año pasado, la Corte incorporó en otro fallo la novedad de que los hijos de exiliados nacidos en el extranjero tenían el derecho de percibir una indemnización bajo la ley 24.013.
La postura del Ministerio de Justicia contrasta con las políticas de Memoria, Verdad y Justicia de las que hace bandera el kirchnerismo. En estos 12 años, nunca hubo voluntad política suficiente para sancionar una ley que permita clarificar la cuestión sobre los exiliados entre 1976 y 1983.
En 2005, uno de los proyectos de reparación a exiliados obtuvo media sanción en el Congreso, pero perdió estado parlamentario. Hubo otra iniciativa presentada en 2007 que tampoco prosperó al ser frenada en la Comisión de Presupuesto en Diputados.
Los planteos contra la ley surgían entonces desde el Ministerio de Economía, por la dificultad que significaba calcular las partidas presupuestarias y determinar la totalidad de los exiliados. Si bien el ACNUR tiene alrededor de 4000 refugiados argentinos registrados, organismos de DDHH, como Coepra, sostienen que el número no inscriptos es mayor.
Otro de los reparos a la iniciativa fue la posibilidad de planteos discriminatorios de quienes se quedaron en el país y emprendieron una suerte de "exilio interno".
Sin una norma que fije las condiciones bajo las que se puede exigir una reparación, las familias que debieron partir al exterior tuvieron como única opción recurrir al Poder Judicial. Frente a esa estrategia, el Poder Ejecutivo frecuentemente bloqueó y dilató los pagos a través de apelaciones en Tribunales.
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