La Cámara Federal de Casación Penal rechazó un recurso interpuesto por la defensa de Ralph Matthias Kleinhempel, el ex CEO de la filial argentina de Siemens acusado de pagar coimas en el país durante los 90 para quedarse con el jugoso contrato del denominado "Proyecto DNI".
El recurso alegaba que Kleinhempel ya fue juzgado y absuelto en Alemania, por lo que en virtud del principio no bis in idem no podía ser investigado nuevamente en Argentina. Pero la Sala III del máximo tribunal penal rechazó el argumento por distintas cuestiones, entre ellas, que ahora fue indagado por otro hecho y que en su país evitó el proceso pagando una multa de 2.500 euros. De esta forma, seguirá siendo investigado.
El caso es conocido: en 1998 Siemens sorprendió al ganar la licitación para la confección de los DNI, los pasaportes y los padrones electorales, y la informatización de los pasos fronterizos, en un convenio que inicialmente fue por 600 millones, pero que terminó siendo por 1.200 millones de dólares. El contrato cayó tres años más tarde, luego de que el entonces presidente Fernando de la Rúa lo rescindiera. Finalmente, en 2008, en el marco de un acuerdo con el gobierno de los Estados Unidos, Siemens reconoció el pago de coimas en distintos países, entre ellos, Argentina. La empresa admitió que en el país "invirtió" 106 millones de dólares en sobornos a funcionarios por el "Proyecto DNI" y otros. Y las miradas siempre apuntaron al ex presidente Carlos Menem, su ministro del Interior, Carlos Corach, y el ex interventor de Migraciones Hugo Franco.
Tras ser procesado e indagado por cohecho activo, los abogados de Kleinhempel en Argentina presentaron un recurso de "falta de acción por cosa juzgada", que fue rechazado en primera y segunda instancia. La Cámara de Casación se había negado a revisar el planteo, pero finalmente tuvo que tomar una decisión luego de que se lo ordenara la Corte Suprema. El fallo, al que tuvo acceso Infobae, se conoció el lunes.
En el voto principal de la sentencia de Casación, el juez Eduardo Riggi concluyó que "la causa de persecución penal argentina se originó para comprobar los extremos fácticos de la denuncia de sobornos a funcionarios nacionales, mientras que la causa de persecución alemana radicó en la necesidad de verificar si Ralph Matthias Kleinhempel, en su carácter de ex directivo de Siemens, habría incurrido en alguna conducta que haya perjudicado el patrimonio de dicha empresa a raíz de lo que en Alemania se denomina 'gestión desleal'".
Por otra parte, subrayó que en Alemania "la promoción de la demanda pública fue desistida por la fiscalía, dado que Kleinhempel pagó una multa de 2.500 euros ofrecida oportunamente por la fiscalía". En otras palabras, "el hecho imputado a Kleinhempel en aquel país nunca fue 'juzgado'".
La conclusión, entonces, es doble. Por un lado, en Alemania se lo juzgó por perjudicar a Siemens al emitir facturas ficticias, mientras que en Argentina se lo acusa de participar de un hecho de corrupción. Y por otro, en el país europeo ni siquiera "se lo sometió a un proceso integral donde se examine su responsabilidad en el marco de un juicio de determinación de culpabilidad con el dictado de una sentencia definitiva pasada en autoridad de cosa juzgada".
Los otros miembros de la Sala III, Mariano Borinsky y Liliana Catucci, adhirieron al voto de Riggi, con la salvedad de que la magistrada sumó un argumento: se trató de una "maniobra delictiva compleja que superó la barrera nacional, de efectos destinados a producirse en el país", por lo que "se impone atender el principio de territorialidad". Esa norma figura en el artículo 1 del Código Penal y dispone que dicho cuerpo legal se aplica a los "delitos cuyos efectos deban producirse en el territorio de la Nación Argentina".
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