Los propietarios de terrenos baldíos que no estén construidos o cuyas obras estén sin continuar por más de cinco años podrán ser expropiados con el objetivo de edificar viviendas sociales.
Las nuevas atribuciones podrán ser ejercidas por los estados provincial y municipales en caso de ser sancionada la Ley de Acceso Justo al Hábitat, que tiene una media sanción en la Cámara de Diputados bonaerense.
Las atribuciones que otorga el artículo 64 de la ley establece su aplicación sobre aquellos contribuyentes que tributan el impuesto Inmobiliario Urbano.
La norma - impulsada por los diputados kirchneristas Alicia Sánchez (esposa del dirigente Luis D'Elia) y Alberto España, y Marcelo Saín, de Nuevo Encuentro- fue acompañada por el FAP y la Coaliciòn Cìvica, entre otros agrupamientos polìticos con bancas. Todo indica que la ley terminará sancionándose en la próximas sesiones del Senado.
Entre las reglamentaciones que establece el proyecto, prevé una "contribución obligatoria" cuyo valor equivale a entre el 10% y el 33% de las tierras de countries, clubes de campo, cementerios privados, barrios cerrados, o shoppings que sean edificados a partir de la norma. El tributo no tendrá aplicación retroactiva.
Además, la ley establece un gravamen progresivo sobre los lotes sin edificar o con las obras paralizadas. Sin embargo, nunca podrá exceder el 50% de la tasa de Alumbrado, Barrido y Limpieza.