El Tribunal Oral en lo Criminal II de La Plata condenó ayer a un hombre acusado de haber violado a su ex novia a pesar de que la víctima expresó, en reiteradas oportunidades, la intención de perdonarlo y el pedido de que no fuera a prisión.
El hecho ocurrió en diciembre de 2009 cuando la mujer, María Laura Altamirano, recibió la visita de su ex novio, Fabricio Lionel Alarcón, en su departamento de Villa Elisa. En ese momento iniciaron un diálogo en el cual Alarcón le recriminó el hecho de que ella que hubiese iniciado una relación con otro hombre.
Según el juez Claudio Bernard, el acusado, luego de hacer ese reproche "le colocó a la mujer una trincheta en el cuello, la llevó a la habitación y mediante intimidación con esa arma blanca la obligó a que se quitara la ropa, accediéndola carnalmente vía vaginal".
"Luego de ello, encontrándose ambos en el comedor, tomó la trincheta, se la colocó otra vez en el cuelo y la tiró al piso, retirándose luego del lugar cerca de las 4 del día siguiente".
En la resolución judicial se detalló que la víctima declaró que tuvo miedo y que pensaba que el acusado la iba a matar, porque tenía "brotes de agresividad y en determinado momento me llevó al baño luego a la pieza del departamento, me dijo que me iba a matar, que me sacara la ropa" y que tuvo que hacerlo "porque no tuvo otra opción".
Con respecto al pedido de perdón por parte de la víctima, durante el veredicto, el juez expresó que "a raíz de las presentaciones que realizó Altamirano en la fiscalía en tiempos posteriores, con el designio de que su ex pareja recobre la libertad, debo decir que el cambio presentado por la señora se debe más a una conciencia de culpa que surge a partir de los efectos de la denuncia, y las consecuencias legales de la misma, siendo dicha culpa la que obtura y le impide dimensionar el grado de conflictividad vincular minimizando su accionar violento y de índole sexual de Alarcón".
Además, agregó que ese accionar es enmarcado "en una relación personal intensa y que la deja sin sustento para esgrimir estrategias defensivas al respecto y donde queda subsumida en el imaginario como copartícipe de ésta modalidad vincular de la que surge, de acuerdo a todos los elementos probatorios valorados precedentemente, que es víctima".
En la sentencia, el juez Bernard encuadró el caso como "abuso sexual con acceso carnal agravado por el uso de arma", y descartó el planteo de la defensa, que alegó que Altamirano había dado consentimiento para una relación sexual.
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